“¿Lo que decís fue un mal sueño?”: imputado buscó influir en mujer que lo denunció por abuso y fue a prisión

El mensaje fue intimidatorio y buscaba que retirara la denuncia, coincidieron los jueces; el hecho que ocurrió en el departamento de Paysandú.

Jueces reivindicaron la independencia del Poder Judicial en decisiones. Foto: Archivo El País
Poder Judicial.
Foto: Archivo El País.

"El mensaje transmite mucho más que lo que está escrito", explicaron los ministros en la sentencia en la que determinaron que un hombre fuera preso preventivamente tras haber enviado un mensaje intimidatorio a la mujer que lo denunció. La joven reportó su caso ante la policía cuando cumplió 22 años. Dijo que, cuando tenía entre 9 y 13 años, había sido abusada por su padrastro. Pese a que la Justicia le prohibió al hombre que se comunicara con ella, él buscó su número de teléfono y le envió un mensaje.

La comunicación, según recoge la sentencia del Tribunal de Apelaciones a la que accedió El País, decía: "Te felicito tenés una hermosa familia, una bebé hermosa que tiene la suerte y derecho de tener a sus padres, imagino la felicidad que tendrá cuando ve llegar a su padre, también tengo una bebé de 3 años, también se pone feliz cuando llego a casa, doy la vida por cualquiera de mis hijos, te pido perdón por no haber sido un mejor padre para vos, cabe la posibilidad de que lo que decís que pasó haya sido un mal sueño? No me quites la posibilidad de ser mejor padre con esta bebé que amo con el alma. No soportaría vivir separado de ella. Espero sigas bien. Saludos".

Para los ministros, "claramente el imputado trató de inducir directamente a la víctima para que se desdijera de los hechos denunciados y
todo quedara producto de 'un mal sueño' suyo". Y agregaron que, "a su vez, ese mensaje por ser único no pierde su potente fuerza intimidatoria y trasmite mucho más de lo que está escrito".

Así, destacaron dos cuestiones principales. La primera fue que el imputado debió "hacer las averiguaciones del caso" para llegar a tener el número de celular de la víctima. Esto, en ella, aumenta "una sensación de vulnerabilidad, de violación de su espacio íntimo de comunicación, haciéndole saber que podía contactarse con ella cuando él quisiera a pesar de los años".

En segundo lugar, sostuvieron que el imputado, al nombrar a su hija, buscó "apuntar sus baterías hacia lo emocional". Es decir, "en tus manos de madre está la felicidad de una bebé, como la tuya, de criarse junto a su padre, como lo estás haciendo tú ... ¿Cómo lograría mi bebé crecer feliz si ''o que decís que pasó fue un mal sueño'?".

Según se supo, el imputado se contactó con un compañero de generación de la víctima y le hizo "referencia" a la denuncia realizada. Esto, indicaron los ministros, no es un detalle menor porque la escena de estos hechos es una localidad pequeña del interior en el departamento de Paysandú donde todos se conocen.

El caso

Inicialmente, la Justicia sanducera había recogido los argumentos de la defensa del imputado y había dispuesto su arresto domiciliario. La Fiscalía alegó que las intenciones del imputado habían sido "trasladarle a la víctima la responsabilidad" de los hechos y generarle "miedo".

Esos riesgos para ella, indicaron, no pueden ser "cautelados" con un arresto domiciliario en una localidad cuya guardia policial tiene "dos funcionarios por turno". También enfatizaron que el hombre es "reincidente" en "situaciones abusivas de larga data".

La jueza de primera instancia fundamentó que los hechos denunciados habían pasado hacía un "largo período de tiempo" y que el contacto del imputado con la víctima "fue esporádico y casual". Pero esto, dijeron los ministros, no significa que los riesgos para ella no sean "actuales". Por eso revocaron su decisión y lo enviaron a prisión preventiva.

Hicieron énfasis, también, en que el hombre se comunicó con ella pese a tener una orden judicial que le prohibía hacerlo —esto fue negado por el imputado, quien dijo que no estaba en conocimiento de esa limitante. Este "nulo acatamiento" muestra que no solo se puede "prever" que pueda generarle perjuicios a la víctima si no está preso, "sino que ya lo hizo".

"La cautela debe analizarse también desde la óptica de la víctima avizorando la situación especial de riesgo a la violencia en todas sus manifestaciones (psicológica, sexual y espiritual, entre otras)", resumieron.

El hombre estará tras las rejas, al menos, hasta fines de junio. En ese momento se reverá su situación. El fallo del tribunal fue tomado en forma unánime por los ministros Julio Olivera, José María Gómez y Gabriel Ohanian (suplente).

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