La Fiscalía relocalizó a más de 400 víctimas, testigos y familiares en siete años por el Plan de Protección

"Es de las mejores fórmulas que tenemos porque realmente lo utilizamos cuando evidenciamos que es necesario", aseguró la directora de la Unidad de Víctimas y Testigos, Manuela Reguera.

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Hubo más de 400 personas reubicadas por Fiscalía.
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A veces lo usan quienes vieron algo que no deberían haber visto. En otras oportunidades, quienes sufrieron algo que desearían nunca haber pasado. Y en muchos casos, a ese dolor, se suma el miedo de saber que lo vivido les condiciona el futuro e incluso puede costarles la vida. Más aún si lo cuentan. Pero la única forma de que los responsables paguen por lo que hicieron es que quienes los vieron, declaren. Para poder lograr hacer justicia sin poner en peligro a más personas, el Estado subsidia relocalizaciones detestigos y víctimas. Entre 2018 y 2024 han reubicado a 477 personas, surge de un pedido de acceso a la información pública realizado por El País a la Fiscalía General de la Nación.

Se trata de 93 núcleos familiares reubicados en siete años y se logra gracias a un Programa Especial de Protección para Víctimas y Testigos que garantiza que el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial otorgue un subsidio de alquiler y los beneficados puedan colaborar con el proceso penal minimizando los riesgos. Se utiliza en casos vinculados a narcotráfico, crimen organizado, homicidios o rapiñas complejas. Al momento, hay 78 familias que forman parte del programa, dijo la directora de la unidad, Manuela Reguera a El País.

El periodo con más casos fue 2018, surge de los datos aportados por el Ministerio Público, cuando se relocalizó a 38 familias. Ese año hubo un conflicto intenso en la zona del barrio Los Palomares, cuando imperaba la banda delictiva Los Chingas, a quienes les atribuían la apropiación de viviendas que eran de los vecinos. Además, se trató del año récord de homicidios en la historia de Uruguay. Se registraron más de 400.

Luego de ese año, el número fue decayendo. Se reubicó a 16 familias en el año 2019, nueve en 2020 y el mismo número en 2021. En el año 2022 se realojó a cinco núcleos familiares y en 2023 se llegó al piso histórico, puesto que hubo solo cuatro realojos. El año pasado la cifra volvió a subir: hubo 12 casos. En promedio, cada uno de los núcleos comprende a cinco personas.

"El mecanismo funciona muy bien y está muy aceitado. Es rápido, es eficaz, es eficiente. Es de las mejores fórmulas que tenemos porque realmente lo utilizamos cuando evidenciamos que es necesario", valoró Reguera.

Hasta el momento, no se ha tenido que trasladar a nadie fuera del país. Sí, muchas veces, son reubicados en otros departamentos. Pero a veces ni siquiera es necesario eso. Con menos esfuerzo personal y económico se los protege del peligro. A veces solo basta con sacarlos del barrio.

Eso explicaba el actual ministro del Interior, Carlos Negro, cuando era fiscal de Homicidios. "En las últimas etapas de la protección estaría lo que puede llegar a ser una protección que va más allá de la identidad y que es un realojo o sacar a la persona del entorno. Nosotros tenemos bandas, sobre todo, territoriales, que operan básicamente en esos barrios y que difícilmente salga hacia otras zonas a cometer delitos o tener represalias", detalló en una entrevista en Lado B (TV Ciudad) en el año 2022.

La mayoría de las relocalizaciones se hicieron a partir de delitos cometidos en Montevideo y Canelones. El cupo máximo del programa es 100 núcleos familiares y actualmente hay ocupados 78.

Si bien el ingreso al programa siempre es voluntario y quienes lo aceptan son conscientes del riesgo que corren si no lo aceptan, el hacerlo implica sufrir el desarraigo —muchas veces dejan casas donde vivieron todas sus vidas— y llevar a sus familias con ellos, incluso niños pequeños. "La relocalización es integral, por lo que, si hay que cambiar a los niños de escuela o CAIF, se hacen las gestiones para que se les dé un cupo" sin importar el momento del año, explicó Reguera.

Se han registrado casos, además, en los que los usuarios se niegan a ser reubicados o, luego de serlo, quieren volver a sus lugares de origen. Si ocurre algo así, el protocolo indica que deben firmar un consentimiento informado para dejarlo asentado.

A su vez, la persona que sí acepta formar parte del programa debe comprometerse a cumplir una serie de condiciones. Entre ellas, está la prohibición de divulgar su condición de testigo protegido, de utilizar redes sociales o el celular, el deber de colaborar con la Justicia, no cometer delitos y someterse a exámenes y/o evaluaciones de salud o psicológicas que permitan evaluar su capacidad de adaptación a las medidas. Si bien la normativa habilita el cambio de identidad en el caso que sea necesario, esto aún nunca se ha aplicado en Uruguay, confirmó la directora de la unidad.

El objetivo del programa es que los usuarios permanezcan en él por uno o dos años y luego obtengan una solución definitiva. Como la mayoría de las personas relocalizadas son propietarias de las viviendas que se vieron forzados a dejar, en ese lapso deben intentar venderla e intentar comprar otra en otro lugar. Para eso, es necesario que tuvieran el dinero para hacerlo, lo que ocurre en escasas ocasiones.

En otros casos, las familias son censadas por programas de la Intendencia de Montevideo o el Plan Juntos, producto de la forma precaria en la que viven. Una vez que se les otorga una solución definitiva, dejan el programa de protección. Por último, otra posibilidad es que la propia Unidad de Víctimas y Testigo consulte al Ministerio de Vivienda si existe algún otro programa o alternativa para el que la familia sea elegible.

¿Quién puede ingresar al programa especial de protección?

Pueden ser reubicados en el marco de este programa víctimas o testigos que sean propuestos por el equipo fiscal a cargo de la investigación y pasen una serie de filtros. Una vez que el fiscal del caso solicita la medida, se convoca a un Comité de Evaluación de Riesgo del que participa la Fiscalía —el fiscal y la Unidad de Víctimas y Testigos— y el Ministerio del Interior.

Entonces intercambian opiniones, se analizan "aspectos psicosociales de la persona", y se confecciona una escala de valoración de riesgo que fue validada por la Facultad de Psicología. Una de las cuestiones claves para definir una solución es saber qué posibilidades reales tiene la familia de sostener la relocalización, incluso económicamente. "Si la persona tiene consumo problemático, no tiene trabajo, no tiene medios reales de sostener una medida así, entonces no lo podemos relocalizar", explicó Reguera y detalló que en esos casos se buscan otras medidas de protección. "No quiere decir que en esos casos no pensemos en medidas, quiere decir que pensamos otras", aclaró.

Si en la escala de valoración del riesgo el resultado es "alto" y la persona cumple con las condiciones, allí se activa el convenio con el Ministerio de Vivienda y el núcleo familiar completo es reubicado. Para que eso ocurra, debe estar en riesgo la integridad física de la persona o su familia y/o debe ser "factible" que pueda haber represalias por su declaración. Esto puede pasar cuando existen "redes de crimen organizado que operan en la zona y es muy difícil que no reconozcan al testigo", ejemplificó la directora de la unidad.

Una vez que ocurre la relocalización, la Unidad de Víctimas y Testigos continúa haciendo un acompañamiento "cercano" y ayudando en la coordinación con otras instituciones del Estado.

RESERVA DE IDENTIDAD

Testigos intimidados

La relocalización de víctimas y testigos es la medida más extrema que puede tomarse para disminuir el riesgo que corren por colaborar con la Justicia. Pero no es el único. En la mayoría de los casos de homicidios y drogas se utiliza la figura del testigo intimidado, por el que se dispone la reserva de la identidad de quien declara.

Estos testigos brindan su testimonio en una sala aparte, con su voz distorsionada y no dan ningún dato identificatorio. Solo la Fiscalía conoce quiénes son y proporciona a la Justicia su nombre y número de cédula en un sobre sellado. Su testimonio, indica el Código del Proceso Penal, debe ser analizado con un "criterio especialmente riguroso".

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