Jueza absolvió a Robert Yroa, ex director de la Guardia Republicana acusado por tráfico de armas

"Las dudas sobre el alcance de la norma deben resolverse a favor del imputado", aseguró la magistrada; Fiscalía pedía 18 meses de prisión.

Asuncion de autoridades de la Guardia Republicana
Rovert Yroa fue director de la Guardia Republicana y jefe de Policía de Colonia.
Foto: Archivo El País

Redacción El País
El ex director de la Guardia Republicana y ex jefe de Policía de Colonia, Robert Yroa, fue absuelto por la jueza Mercedes Reyes en la causa que lo tenía imputado por tráfico de armasy por la que el fiscal de Delitos Económicos y Complejos Gilberto Rodríguez pedía 18 meses de prisión.

En 2007, Yroa formaba parte de una comisión que asesoraba al Ministerio del Interior respecto de qué armas adquirir. En ese contexto, se resolvió recomendar la compra de tres rifles especiales para uso de francotirador. Por ser armas tan poderosas y especiales, podían únicamente ser compradas por el Estado y por coleccionistas. En el primer caso, debían adquirirse en el formato de compra secreta, lo que significaba que se necesitaba el aval y la firma del presidente de la República.

Pese al asesoramiento de la comisión, el Poder Ejecutivo consideró que solo había rubro para comprar dos armas. En ese momento, sostuvo la Fiscalía, Yroa se contactó con el importador y le pidió que agregara un tercer rifle marca Steyr Mannlincher calibre 25. Pagó su precio, unos 1.700 euros, y se le fue entregado. Pero según el Ministerio Público, la factura fue hecha a nombre del Ministerio del Interior y el arma, en los registros, nunca dejó de pertenecer al Estado.

Esto configuraba a juicio de la Fiscalía un delito de abuso de funciones, pero cuando la denuncia fue presentada por Interior en el año 2020, ya estaba prescripto hacía tres años. Sin embargo, indicó el fiscal Rodríguez, en 2016 cometió otro delito, que es por el que lo llevó a juicio: tráfico interno de armas. De acuerdo a su teoría, en el caso de Yroa no tenía autorización y, además, contravino las normas legales.

Esto debido a que en el año mencionado le pretendió vender el rifle, que a juicio del fiscal era del Ministerio del Interior, a un coleccionista. Cuando el comprador fue a inscribirla al Servicio de Material y Armamento (SMA) no pudo hacerlo. Esto, insistió la Fiscalía, demuestra que Yroa no tenía la autorización para transferirla, porque no era suya.

La defensa del exdirector, llevada adelante por Juan Fagúndez y Pablo Vera, sostuvo durante el juicio que el delito que se le imputó a su cliente, al momento de ocurridos los hechos, no era delito. Aunque la ley en cuestión fue publicada en 2014, tomó sentido con su reglamentación que fue dada por el decreto 377/2016, que recién fue promulgado en diciembre de 2016 (cuatro meses después de la cesión del arma).

La compra del arma no fue controvertida por Fiscalía ni los abogados de Yroa, sino que se discutió si, en ese proceso, se cometió un delito. Este debate se extiende desde la investigación preliminar, a tal punto que el Tribunal de Apelaciones determinó que el juicio no debía hacerse porque al momento de los hechos, lo que hizo Yroa no era un crimen, pero la Suprema Corte de Justicia revirtió la decisión.

"El ingreso del arma no se puede investigar ni juzgar en esta instancia", aseguró la jueza Reyes en la audiencia realizada este martes, a la que tuvo acceso El País. Con respecto a los trámites posteriores, respaldó la teoría de la defensa sobre que no estaba vigente la reglamentación, por lo que no se puede determinar una posesión irregular.

Además, agregó que el arma fue entregada antes de la última prórroga emitida por el Ministerio de Defensa para su regularización. "Las dudas sobre el alcance de la norma deben resolverse en favor del imputado", concluyó.

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