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Indagatoria "no avanzó" en el caso del contenedor con 4.5 toneladas de cocaína

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4500 kilos de cocaína incautada en un contenedor que provenía de Uruguay en el puerto de Hamburgo
4500 kilos de cocaína incautada en un contenedor que provenía de Uruguay en el puerto de Hamburgo.
Foto: Policía alemana

INCAUTACIÓN EN HAMBURGO

Tribunal dice que ni siquiera se envió exhorto a Alemania.

Por primera vez un tribunal de Apelaciones se expidió sobre una investigación en curso. Por unanimidad, los ministros señalaron que es “casi nulo” el avance de la investigación sobre el caso del contenedor de soja uruguaya con 4.500 kilos de cocaína decomisada en Hamburgo, Alemania, en julio de 2019.

El fallo, fechado el viernes 21 y al que tuvo acceso El País, advierte que ni siquiera la Fiscalía de la Nación envió a Alemania un exhorto solicitando información sobre el caso del contenedor decomisado. El caso tuvo gran repercusión internacional. Puso al puerto de Montevideo en el tapete, ya que la Aduana de Hamburgo informó que había realizado una incautación récord de cocaína proveniente de Uruguay.

De los cinco exhortos a mandar al extranjero, la Fiscalía de la Nación envió solo dos: a España y Bulgaria. Los tres restantes “todavía no pudieron diligenciarse” al estar cumpliendo con trámites internos en Fiscalía (Departamento de Cooperación Internacional) como tareas de traducción, dice el Tribunal.

El fallo confirmó la prisión domiciliaria del empresario Martín Mutio resuelta por la jueza especializada en Crimen Organizado, Beatriz Larrieu. Y fue apelado por la fiscal especializada en Estupefacientes, Mónica Ferrero, quien se encuentra con licencia médica desde el 14 de diciembre de 2019 tras sufrir lesiones en un arrebato ocurrido en el barrio Larrañaga.

En sus argumentos presentados ante el Tribunal de Apelaciones, la Fiscalía de Estupefacientes dijo que enfrenta problemas burocráticos y sostiene que ha diligenciado la prueba en el menor tiempo posible.

Pero, explicó, los exhortos a los que alude la defensa de Mutio “insumen un tiempo que escapa a la responsabilidad de la Fiscalía, que siempre actuó de acuerdo a la Ley y con seriedad”.

El Tribunal discrepó con la Fiscalía de Estupefacientes sobre que haya actuado con rapidez en este caso. “El argumento esgrimido por la Fiscalía en cuanto ha actuado con celeridad no es de recibo. Debe tenerse presente que durante la Feria Judicial (enero de 2020) la Fiscalía solo actuó en casos de urgencia en el turno que cumplió del 2 de enero al 15”, expresó el fallo.

Y advirtió que no corresponde hacer pesar sobre Mutio “contingencias burocráticas internas” del órgano director de la investigación -la Fiscalía de la Nación- pretendiendo que el empresario aguarde por su resultado, en prisión preventiva. Y que lo haga, dice el fallo, cuando justamente el exhorto a Alemania es uno de los que no se han librado.

En otro tramo de la sentencia, el Tribunal volvió a cuestionar la investigación fiscal. “Respecto a evidencias sobre la organización” que podría integrar Mutio, la Fiscalía no ha verificado “aportes de relevancia, a pesar del tiempo ya transcurrido desde que se inició la investigación”, indicó el fallo. Y agregó que, al no haberse podido identificar a los restantes integrantes de ese grupo delictivo, tampoco puede agravarse la situación procesal de Mutio.

Destacó el accionar del empresario de presentarse ante las autoridades del Puerto el día en que se encontró el contenedor, lo que deja en evidencia que tal peligro de fuga puede ser conjurado con la colocación de una tobillera electrónica complementaria con la medida de prisión domiciliaria.

En otro tramo del fallo, el Tribunal insistió sobre la falta de elementos probatorios recogidos en la investigación.

Teniendo presente lo que el Ministerio Público expone en audiencia ante la Sede Judicial, dijo, “el transcurso del tiempo de investigación aparece como inversamente proporcional al avance -casi nulo- de la misma, sin que se visualice, ni por asomo, la acusación fiscal”.

Los abogados de Mutio presentaron el viernes 14 un recurso de nulidad del juicio por entender que la Fiscalía les ocultó un documento de la aduana de Hamburgo que exoneraría de responsabilidad a su defendido y no les fue entregado.

Dificultad para investigar delitos complejos

Desde que comenzó a aplicarse el nuevo Código del Proceso Penal (CPP) el 30 de noviembre de 2017, muy pocos casos de delitos de crimen organizado fueron aclarados. Las últimas investigaciones sobre tráfico de cocaína a Europa, trata de blancas y pornografía infantil apenas avanzaron por culpa de un código benevolente, según dijeron fiscales consultados por El País.

En todos esos casos, fue identificada la primera línea de las bandas criminales, pero ningún “pez gordo”.

Según los fiscales, uno de los principales problemas que tiene el nuevo sistema es que las declaraciones de los testigos no sirven como pruebas en el juicio oral. Y, como señala el Tribunal de Apelaciones, los exhortos a otros países demoran muchos meses en ser remitidos y recibidos.

Según dijo una fuente, en los delitos transnacionales es muy difícil de obtener pruebas. Así ocurrió, por ejemplo, con el caso del “pornoyoga”. Al año de comenzada la investigación, la Justicia ordenó la clausura del expediente pese a que se esperaban exhortos desde el exterior. El caso hoy se encuentra a estudio del Tribunal de Apelaciones y esos exhortos todavía no llegaron.

Es decir, el expediente, al igual que otros vinculados a megatráfico de cocaína, corre riesgo de ser cerrado y quedar impune. En una probable reforma del código se podría acompasar los juicios con los plazos de los exhortos y que la jueza del caso y los tribunales de apelaciones tengan acceso a las carpetas investigativas de fiscalías.

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