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Friopan: abogado de los imputados dice que "la ocupación no puede ser un caso penal"

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El abogado Luis Brambillasca, defensor de los ocupantes de Friopan. Foto: Francisco Flores
Nota a Luis Brambillasca, abogado uruguayo socio director en Brambillasca y Sanchez Asociados, en su despacho en Montevideo, ND 20210708, foto Francisco Flores - Archivo El Pais
Francisco Flores/Archivo El Pais

LA VISIÓN DE LA DEFENSA DE LOS OCUPANTES

Para Luis Brambillasca, el eventual perjuicio debería ser analizado en la órbita de la Justicia Civil. “No está configurado ningún hecho que amerite una imputación penal", dijo.

Luis Brambillasca, abogado defensor de ocho trabajadores imputados en el caso Friopan, afirmó que “no debería existir” un expediente penal sobre eventuales daños a mercaderías durante la ocupación de la planta y agregó que el eventual perjuicio sí debería ser analizado en la órbita de la Justicia Civil.

“No está configurado ningún hecho que amerite una imputación penal. La fiscal Silvia Pérez ya tuvo este caso durante dos años. Ella concluyó que no había méritos para imputar a ninguno de los sindicalistas o ex sindicalistas por algún delito que denunció la empresa: violencia privada, hurto, daño. Lo que hizo acertadamente, para nuestro punto de vista, fue archivar la causa”, dijo Brambillasca.

La ocupación de la fábrica de Friopan comenzó el 24 de mayo y finalizó el 28 de mayo de 2019. La empresa denunció pérdidas millonarias y un video, que mostraba kilos de masa derramada por los trabajadores sindicalizados, se hizo viral.

Tras el archivo resuelto por la fiscal Pérez, los abogados de la empresa Friopan, Andrés Ojeda y Fernando Posada, solicitaron al juez Huberto Álvarez el reexamen del expediente. El 10 de febrero de 2021, Álvarez hizo lugar al pedido yreabrió el caso.

El expediente pasó a estudio del fiscal Carlos Negro, quien estuvo de acuerdo con Pérez en que no habían existido delitos de amenazas, hurtos, violencia privada ni roturas de máquinas durante la ocupación. No obstante, Negro consideró que nueve trabajadores sindicalizados sí incurrieron en delitos de daños especialmente agravados por destrozos en la mercadería en elaboración.

“Sorpresivamente, en menos de un mes de investigación, el fiscal Negro considera sin ningún tipo de prueba que hubo daño en la mercadería haciendo aseveraciones que desde nuestro punto de vista técnico no son correctas”, cuestionó Brambillasca.

Friopan
Daños registrados por la empresa durante la ocupación de Friopan. Foto: El País.

Para el abogado defensor, el fiscal Negro solicitó los procesamientos de ocho imputados “elegidos al azar” y “sin ninguna argumentación” jurídica.

Brambillasca argumentó que la responsabilidad penal no es colectiva sino individual. “No se puede pedir procesamientos al barrer”, advirtió en alusión a la resolución fiscal.

Consultado sobre que el fiscal Negro se basó en el acta de la escribana de la empresa que advirtió la existencia de un daño en la mercadería, el defensor de los trabajadores procesados señaló que en ese tipo de documento notarial no se pueden hacer juicios de valor.

“Eso lo dije en la audiencia de formalización de la investigación de los ocho imputados. Inclusive cité artículos del Reglamento Notarial. En el acta de la escribana de la empresa se hicieron juicios de valor como que había pérdidas o faltaban cosas de la fábrica. En realidad, eso no fue lo que pasó”, replicó el penalista.

Brambillasca insistió en que, por ejemplo, la escribana de la empresa “no puede” cuantificar las pérdidas. “Los escribanos solo tienen que constatar cosas que pasan en un lugar. En este caso el fiscal Negro tuvo en cuenta esa acta para imputar por un delito de daño especialmente agravado que no existió”, dijo.

Para el profesional, tampoco se probó que hubo omisión de los trabajadores que estaban ejerciendo el derecho de huelga en Friopan al dejar la masa en las máquinas, porque “sí quedó probado” que los freezers donde se guarda la mercadería de la fábrica estaban llenos. Y agregó: “Quedó como un hecho que los trabajadores dejaron comida tirada y a todo el mundo le llama la atención eso”, expresó.

El abogado sostuvo que esa filmación se realizó en una masa que laudó en una tolva donde tiran todas las sobras, que venden a un chanchero para que les dé a sus animales. “No es masa que consuman las personas. Se la venden a un hombre que las da a sus chanchos”, agregó.

Uno de los imputados declaró en la Fiscalía que no se habían tomado suficientes recaudos para mantener la mercadería en producción y por eso “se armó un relajo”.

Brambillasca replicó señalando que eso no es cierto. “Los recaudos se tomaron. Por eso la mercadería estaba en los freezers. Todo lo que se estaba produciendo no se podía guardar”, aseguró.

Cuestionó a Friopan por hacer “un circo penal” y “escrachar” a ocho trabajadores que no encuentran empleo en ningún lugar. Y dijo que los trabajadores movilizados ofrecieron a la empresa pagar los daños de la ocupación a través del gremio de empleados molineros.

Inclusive, dijo Brambillasca, la empresa Friopan citó a los ocupantes a una audiencia de conciliación en un Juzgado Civil por daños y perjuicios. “Es en esa sede donde tiene que estar este asunto”, concluyó.

Apelación: el daño “debe ser con intención”
Friopan

En su apelación a los procesamientos decretados por la Justicia, el abogado defensor de los ocupantes, Luis Brambillasca, dijo que no existió daño en el derecho de huelga y menos aún con la tipificación de especialmente agravado.

Agregó que el Código Penal exige que el daño, para ser especialmente agravado durante una movilización, debe incluir violencia o amenazas. “Y en este caso los fiscales Carlos Negro y Silvia Pérez coincidieron en que no hubo amenazas ni violencia privada contra ninguna persona durante la ocupación”, dijo Brambillasca.

El penalista citó en la apelación al extinto catedrático Miguel Langón, argumentando que el daño debe ser denunciado por la empresa y se configura solo si hubo un dolo directo, esto es, una voluntad de dañar la propiedad ajena.

Brambillasca recordó que el motivo de la ocupación fue una situación “tensa” entre la empresa y los empleados. “Los trabajadores estaban reclamando agua potable para tomar. Y además había situaciones sanitarias tétricas” en la planta, dijo. Agregó que la compra de una máquina que generaría despidos y una reestructura fueron otros factores que provocaron la medida sindical.

Aclaración por nota anterior

El fiscal Carlos Negro preguntó a un ocupante sobre las medidas tomadas para preservar las mercaderías en producción. El trabajador respondió: “No. No. Se cerró todo. Y era obvio que se pudre”. El fiscal le repreguntó: “¿Qué es lo obvio que se pudre?”. El trabajador respondió: “Si la masa tiene levadura, crece”. El País publicó que el ocupante había dicho que hubo una orden para que la masa se pudriera. A los lectores y a los involucrados pedimos disculpas por el error de transcripción.

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