fallo de tribunal

Condenan a la IMM a pagar a viuda, hijas y nietos tras perder los restos de un hombre

La comuna primero dijo que no podía sancionar a nadie porque no sabían quién era el culpable; el hecho se dio en medio de un conflicto de Adeom.

Intendencia de Montevideo.

Ocurrió en 2018. Los funcionarios del Cementerio del Norte llamaron a la hija de un militar retirado, que había fallecido cinco años atrás y sepultado en ese lugar, para avisarle que debían cremar el cuerpo, por lo que les dieron fecha para el 15 de agosto de 2018 a las 12:30 horas del mediodía.

La familia llegó puntual y vio cómo los empleados municipales sacaron el cajón. Les preguntaron si querían reconocer el cuerpo y ellos dijeron que no, que bastaba con haber visto la chapa identificatoria que tenía el féretro, con el número de documento de su padre grabado. Dos horas más tarde, los funcionarios informaron a la familia que habían perdido el ataúd con los restos del exmilitar. El problema se suscitó en el marco de un conflicto con Adeom.

Los familiares iniciaron una demanda civil y la intendencia pidió a los sepultureros que tuvieran más cuidado. La comuna capitalina, también, descartó sanciones al no poder detectar responsables.

El 27 de mayo de 2022, el juez de lo Contencioso Administrativo de 4° Turno, Alejandro Martínez de Las Heras, falló a favor de la familia -representada por los abogados Pedro Larrosa y Carmen Vázquez. El magistrado argumentó que el extravío de los restos del militar retirado se debió a “la falta de debida diligencia en el accionar de la IMM”, no solo por lo que hicieron sus funcionarios, sino también porque existían antecedentes similares (por lo menos dos casos) y la propia intendencia había advertido la necesidad de establecer un nuevo protocolo de actuación.

Martínez de las Heras condenó a la Intendencia de Montevideo a pagar una indemnización por daño moral de US$ 30.000 más intereses legales a los familiares del fallecido. El caso fue apelado por la comuna montevideana.

El viernes 3, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2° Turno confirmó la condena a la IMM, aunque modificó los montos de la indemnización que la comuna deberá pagar a los familiares del militar retirado.

“Es indudable, que el incumplimiento de la demandada por la falta de servicio, provocó dolor, aflicción en los integrantes de la parte actora (familia del exmilitar), al no haberle entregado el cuerpo ni las cenizas de su familiar (...)”, dice la sentencia del Tribunal de Apelaciones. Y condenó a la IMM a pagar a la esposa y dos hijas del fallecido US$ 6.000 para cada una; otros US$ 3.000 para tres nietos y US$ 1.500 para el bisnieto.

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