El caso judicial que involucra al periodista Esteban Queimada sumó en los últimos días una novedad: la Justicia resolvió levantar parcialmente las medidas cautelares que le habían sido impuestas tras su formalización, en el marco de la denuncia presentada por Yessy López por difamación y presunto delito de odio racial.
La causa se originó a partir de comentarios de Queimada durante la campaña electoral, en los que ironizó sobre expresiones con las que la propia López se había definido públicamente, como "negra", "candombera" y "tatuadora". La investigación está a cargo de la fiscal de flagrancia Lucía Nogueira, quien dispuso la formalización del comunicador a fines del año pasado.
Según explicó el abogado defensor Adrián Barceló, al momento de la formalización se aplicaron “las medidas cautelares comunes”, entre ellas la fijación de domicilio, la prohibición de salir del país y la obligación de presentarse cada dos semanas en una comisaría. Estas disposiciones regían por un plazo de 180 días.
Sin embargo, al acercarse su vencimiento y más allá de que la Fiscalía solicitó la prórroga de todas las medidas, la jueza del caso resolvió no hacer lugar a la extensión de la obligación de firmar en la seccional cada 15 días. Barceló calificó esta medida era “irrisoria” y destacó que el tribunal entendió que carecía de proporcionalidad, no había ningún riesgo para la víctima ni la investigación, además de implicar una “estigmatización” para el imputado.
De este modo, Queimada mantiene actualmente únicamente las medidas básicas: no puede salir del país y debe constituir domicilio para asegurar su localización durante el proceso.
En cuanto al fondo del caso, la defensa sostiene que no existe delito. Barceló afirmó que los dichos del periodista están amparados en la libertad de expresión y en el contexto de la crítica editorial de un comunicador que opina. “Se está persiguiendo a un comunicador por repetir palabras que una persona dijo sobre sí misma”, argumentó, y consideró que llegado el caso, la vía penal no es la adecuada para este tipo de controversias.
En esa línea, señaló que, de existir un perjuicio, la denunciante podría haber recurrido a la Justicia civil mediante una acción por daños y perjuicios. Además, remarcó el principio de “última ratio” del derecho penal, que establece que debe utilizarse solo cuando no existen otras vías menos lesivas.
La defensa también cuestionó la pertinencia de algunas diligencias realizadas en la investigación y la prioridad asignada al caso dentro del sistema judicial. “Se están destinando recursos a un proceso que no reviste gravedad penal, mientras otros delitos más relevantes, como rapiñas, hurtos, estafas... que requieren atención y quedan postergados”, sostuvo.
Respecto al futuro del proceso, Barceló fue enfático: no habrá acuerdo abreviado. La estrategia es continuar hasta las últimas consecuencias, ya que cualquier entendimiento implicaría, según explicó, reconocer un delito que la defensa niega de forma categórica.