La Justicia decretó el concurso necesario de Rampla Juniors Fútbol Club y ordenó el embargo de la institución, que en diciembre pasado perdió la categoría y descendió de la Segunda División Profesional a la Divisional C. Además, fue convocada la Junta de Acreedores para setiembre próximo.
El club picapiedra atraviesa una situación institucional y financiera delicada desde la conformación de la Sociedad Anónima Deportiva (SAD), e incluso con antecedentes previos a ese proceso. El fallo judicial no solo formaliza el concurso, sino que también establece una serie de medidas cautelares y administrativas sobre la entidad y sus responsables.
La resolución establece: "Atento a lo que resulta de autos, decrétase el CONCURSO NECESARIO de RAMPLA JUNIORS FÚTBOL CLUB, al amparo de lo dispuesto por la Ley N° 18.387. Designase SÍNDICO a AUPE, que administrará y dispondrá de los bienes, suspendiéndose la legitimación de la deudora para disponer y obligar a la masa del concurso (artículo 45 inciso 1º de la Ley N° 18.387), quien deberá aceptar el cargo en el término de 5 días hábiles, cometiéndose".
Asimismo, añade: "Decrétase la moratoria provisional (artículos 56 y ss. de la citada Ley). Convócase a JUNTA DE ACREEDORES para el día 22 de setiembre de 2026 a las 14 horas. Ofíciese al Registro Nacional de Actos Personales, Sección Interdicciones a los efectos de la inscripción inmediata de la Sentencia, SIN COSTO, en virtud de no existir recursos disponibles para cubrir las tasas registrales y al Diario Oficial para la publicación de un extracto de la misma, de inmediato, SIN COSTO, por no existir recursos suficientes para su realización, todo en el plazo de 24 horas (artículos 20 y 21 de la Ley N° 18.387), cometiéndose a la Oficina Actuaria".
En otro tramo, la resolución dispone: "Dispónese la intervención de las comunicaciones de la deudora relacionadas con la actividad profesional del giro y decrétase la prohibición de cambiar de domicilio y/o salir del país, sin la previa autorización del Tribunal de los directores de la sociedad, oficiándose a la autoridad competente (artículo 23 numerales 1 y 2 de la Ley N° 18.387), una vez proporcionados los datos correspondientes. Atento a los numerosos embargos que resultan de la información registral allegada".
El texto continúa: "Ejecutoriada, ofíciese requiriéndose el envío de los procesos pendientes contra la deudora, comunicándose a la ORDA, autorizándose a la Sindicatura a informarse sobre los expedientes reservados; y comuníquese al ITF (Departamento de Asesoramiento de Procesos Concursales y Pericias Contables). Previamente, modifíquese la carátula, comunicándose con las formalidades de estilo".
Finalmente, reitera: "ofíciese al Registro Nacional de ACIOS Personales, Sección Interdicciones a los efectos de la inscripción inmediata de la Sentencia, SIN COSTO, en virtud de no existir recursos disponibles para cubrir las tasas registrales y al Diario Oficial para la publicación de un extracto de la misma, de inmediato, SIN COSTO, por no existir recursos suficientes para su realización, todo en el plazo de 24 horas (artículos 20 y 21 de la Ley N° 18.387), cometiéndose a la Oficina Actuaria. Dispónese la intervención de las comunicaciones de la deudora relacionadas con la actividad profesional del giro y decrétase la prohibición de cambiar de domicilio y/o salir del país, sin la previa autorización del Tribunal de los directores de la sociedad, oficiándose a la autoridad competente (artículo 23 numerales 1 y 2 de la Ley N° 18.387), una vez proporcionados los datos correspondientes. Atento a los numerosos embargos que resultan de la información registral allegada, decrétase embargo genérico preventivo sobre bienes y derechos de los administradores y directores, comunicándose, SIN COSTO, por no existir recursos disponibles (artículo 24 de la Ley N° 18.387); debiendo proporcionarse los datos respectivos".
De esta forma, el histórico club del Cerro ingresa formalmente en un proceso concursal que marcará su futuro institucional y deportivo, en uno de los momentos más complejos de su historia reciente.
En resumen: la Justicia entendió que Rampla está en una situación de insolvencia y ahora el manejo económico pasa a estar controlado judicialmente, con los acreedores sentados en la mesa. El futuro del club dependerá de si logra o no un acuerdo para reorganizar sus deudas.