El Tribunal de Impugnación del Centro Judicial Capital de Tucumán ratificó el sobreseimiento del arquero uruguayo Sebastián Sosa y otros tres exjugadores de Vélez Sarsfield, acusados de abuso sexual en 2024.
Este miércoles, la Justicia argentina cerró otro capítulo del caso que sacudió al fútbol ese año, cuando una joven denunció haber sido abusada sexualmente por los cuatro futbolistas en la habitación de un hotel. Tras la acusación, comenzó una extensa investigación que finalizó un año y nueve meses después con la absolución el penúltimo día de 2025, justo antes del cierre del año judicial en Argentina.
Sin embargo, en mayo la causa de reabrió, aunque la sentencia fue la misma. Así lo informó Jorge Barrera, uno de los abogados de Sosa, en su cuenta de X.
"El Tribunal de Impugnación de Tucumán ratificó el sobreseimiento de Sebastián Sosa, dictado el 30 de diciembre de 2025 por atipicidad del hecho. Se confirma la postura que desarrollamos junto al Dr Ernesto Baaclini desde el inicio de las actuaciones", escribió el letrado y acompañó la publicación con una foto suya junto al arquero, además de una imagen de su compañero de defensa.
El Tribunal de Impugnacion de Tucumán ratificó el sobreseimiento de Sebastian Sosa dictado el 30 de diciembre de 2025 por atipicidad del hecho . Se confirma la postura que desarrollamos junto al Dr Ernesto Baaclini desde el inicio de las actuaciones . pic.twitter.com/oFEuSMgPwu
— Jorge Barrera (@JorgeCBarrera) June 10, 2026
De esta manera, los cuatro futbolistas, que pasaron 920 días con arresto domiciliario, mantienen su condición de inocentes ante la Justicia.
Según informó la prensa argentina, la resolución fue firmada por la jueza Patricia del Valle Carugatti, quien cerró la investigación a más de dos años del episodio y rechazó pedidos para que se reabra la causa, avalando el fallo original firmado el 30 de diciembre de 2025 por el juez Augusto José Paz Almonacid.
Infobae confirmó que accedió al documento de la sentencia y transmitió que el tribunal "consideró probado que existió un encuentro sexual, pero también que hubo consentimiento de la denunciante al momento de los hechos, según la interpretación de pruebas digitales, testimonios y pericias psicológicas".