Contribuyente | Montevideo
@|El pasado 29 de diciembre, recibo aviso del BPS de pago correspondiente a los haberes de diciembre/23, que se acreditarían a partir del 3/1/24. Allí constato que hay un error en la retención por el IASS y ese mismo día realizo el reclamo correspondiente. La respuesta que dan es que efectivamente al igual que con otros se cometió un error y que el mismo será subsanado.
En la fecha, al recibir el crédito en cuenta de banco, verifico que ello no fue corregido. Realizo el reclamo nuevamente y la respuesta es que son 6000 que están en la misma situación y que ello, según directivas, sería enmendado dentro de los 10 días hábiles, o sea el 15/1/24.
La pregunta que cualquier aportante al Estado se hace es que si se atrasa un día, por el motivo por más valedero que parezca, lo mínimo que le cobran son intereses. En estos casos, ¿cuál es el por qué de no tener el mismo criterio? O quizás es porque los funcionarios responsables no son sancionados por sus errores y el Estado no asume su responsabilidad.