Jubilado | Montevideo
*|La Caja de Jubilaciones Bancaria debió darse cuenta de que los bancos iban sustituyendo a los empleados por máquinas que realizaban las mismas tareas; ahorrándose, en consecuencia, los sueldos y otras obligaciones.
A raíz de los expresado, la Caja articuló la Ley N° 18.396 del 24/8/08, por la cual aplica descuentos en los haberes de jubilados y pensionistas que, en mi caso, alcanza a un 17%. A este descuento debe agregarse el de la seguridad social (IASS), por el cual corresponde otro 17%, totalizando entre ambos 34%; o sea la tercera parte de mi jubilación.
Queda en evidencia que es la única institución del país que para poder mantenerse le quita a jubilados y pensionistas un porcentaje de sus haberes (algo nunca visto). Yo hice aportes por 42 años.
Visto lo que antecede, llegamos a la siguiente conclusión:
1 - No se deben efectuar más descuentos extraordinarios para el mantenimiento de la Caja; que se quedó sin reservas y con el paso del tiempo se agudizará más.
2 - Como están planteados los hechos, se deberá estudiar la situación al más alto nivel, para que esta Caja pase al BPS y, de ser posible, manteniendo las mismas condiciones que la rigen, sin el cobro de la Ley N° 18.396.