A propósito de la presencia de Yamandú Orsi en un evento en Buenos Aires, organizado por López Mena, surgieron de allí distintas manifestaciones en pro y en contra del candidato, como suele suceder en este tipo de situaciones. La oposición se pone piedeletrista y observa los puntos y comas de la opinión del adversario.
Hay distintos temas que se objetaron, otros que no, pero voy al cerno de la cosa que me preocupó no en forma concluyente pero sembró alguna duda. Un ciudadano de la vecina orilla, empresario, preguntó por la ocupación como extensión del derecho de huelga, situación que se ve preocupa al empresariado argentino, porque bien recuerdo que en el gobierno de Vázquez Rosas, ese tema era moneda corriente.
Siempre, y nuestra prosa así lo atestigua, manifestamos que la ocupación no es extensión del derecho de huelga y que había que rectificarlo.
Eso sucedió en el gobierno del Dr. Lacalle Pou, aspecto que celebramos. El Pit-Cnt seguía con su cantinela en contra y algunos sectores del Frente Amplio, también. ¿Quién habrá inventado esa monserga carente de sentido, que la ocupación es extensión del derecho de huelga? Y se repite como un sonsonete y se sigue manifestando por el Pit-Cnt que continúa vociferando que ocupará cuando sea menester.
El artículo 57 de la Constitución de la República se refiere a que la huelga es un derecho gremial, pero téngase en cuenta que la misma al igual que otros derechos constitucionales tiene límites: el derecho a la vida, libertad, igualdad, el derecho a la propiedad, a la asociación, libertad de trabajo, seguridad jurídica, a la libre empresa, todos (o casi todos) avasallados por la ocupación que prevé el ahora derogado decreto 165 de 1996.
Decía el recordado profesor Pla Rodríguez: “No hay ningún derecho por respetable que sea, que no tenga límites”. La huelga no es sinónimo de un vale todo: necesita ser preavisada, tiene que ser proporcional a lo que la motiva, deben haber instancias de negociación previa, etcétera.
En infinidad de veces hemos escrito que huelga es abstención de ir a trabajar y ocupación es precisamente todo lo contrario, es acción; mal puede interpretarse como extensión del derecho de huelga. Es una marcada antinomia: abstenerse de ir con la acción de ocupar. El artículo 392 de la Ley de Urgente Consideración (LUC), refiere a que el Estado garantiza el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas a acceder a trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente.
Ya la ocupación por el mero hecho de serlo, dista de ser pacífica. Se está irrumpiendo en propiedad privada. Pero además ¿pueden imaginarse con una obra ocupada, por ejemplo, que convivan en la misma los obreros que ocupan, con los no huelguistas y encima con los patronos de la empresa? Absolutamente inviable que se produzca dicha convivencia. Digamos como son las cosas. El Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), no contraviene las ocupaciones pero en la medida que entren a trabajar los no huelguistas y los patronos de la empresa. Un desaguisado.
Pero como bien dice el erudito abogado Nelson Larrañaga, la opinión del Comité de Libertad Sindical no tiene respaldo en los convenios de la OIT. Uruguay está obligado a respetar convenios ratificados y no meras opiniones de un Comité, que exponen una opinión técnica no vinculante.
No olvidemos que la ocupación vulnera derechos humanos fundamentales como el derecho a la libertad, al trabajo, libre empresa, fue dicho.
Y además según el nuevo decreto, el Ministerio de Trabajo ante convocatoria de la dependencia pública o privada (ahora se equiparan, antes se ocupaban solo los establecimientos privados), puede convocar a una instancia de conciliación en plazo perentorio, sin perjuicio de intimar el uso de la fuerza pública.
Entendemos que el candidato Yamandú Orsi no puede dudar un ápice en afirmar lo que está legislado, por más presión sindical que aparentemente estaría recibiendo. Tenemos que ofrecer necesariamente certezas y no caer en la actitud dubitativa que se tuvo con el plebiscito sobre la Seguridad Social, donde fracciones del Frente Amplio lo apoyan y otras, no. Aunque entiendo se debe ser mucho más concluyente en la materia y no dejar lugar a malos entendidos, como recogió el semanario Búsqueda días pasados, manifestando que un porcentaje de ciudadanos creía que tanto Orsi como Cosse y el presidente Mujica, apoyarían la iniciativa sindical.
Volviendo al punto, entendemos que no caben dos interpretaciones y que la legislación vigente en el tema ocupación es un tema que quedó laudado, muy lejos de la constitucional y legítima huelga.