La necesaria imparcialidad

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pedro bordaberry
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Acallados los ecos del referéndum sobre la Ley de Urgente Consideración cabe detenerse en un episodio que no debe pasar desapercibido.

Unos días antes de la votación la Institución de Derechos Humanos (Inddhh) del Poder Legislativo tuvo una participación que no debió tener.

Cuando arreciaba la ofensiva de los partidarios de la opción del Si contra la actuación de la Policía y las normas de la LUC relacionadas con ello, la referida Institución realizó una denuncia por abusos policiales.

Como si ello fuera poco uno de sus directores relacionó esas denuncias con la Ley de Urgente Consideración. Sus palabras fueron que el marco legal de la LUC hizo más propicio el abuso policial y uso de la fuerza.

El aspecto temporal es un elemento fundamental al interpretar los hechos. La denuncia de la Inddhh se realizó en la etapa final de la campaña y fue crítica con la ley que se sometió a la opinión de la ciudadanía. No fue varios meses antes. Tampoco después. Fue en el momento culmine, cuando los ciudadanos nos aprestábamos a votar por Sí o por No.

Hizo bien la Vicepresidente de la República al expresar qué había que ver qué aspectos se deben mejorar en la Institución.

No permitir que sea usada para fines políticos parece ser uno de estos.

Como Senador me tocó integrar, dos veces, la Comisión del Parlamento destinada a analizar las designaciones de los miembros de la Inddhh. En ambas ocasiones me sentí frustrado.

El sistema impone una serie de entrevistas a los candidatos y luego una primera votación en la Asamblea General. La misma debe obtener dos tercios de votos. De no lograrse ese guarismo, hay una segunda instancia en que se decide por mayoría simple.

Luego de seguir los procedimientos correspondientes pregunté si el criterio que se seguiría para la elección sería técnico o político. Se nos contestó que era el primero pero que habían algunos nombres que sí o sí estarían dentro de las designaciones.

“Curiosa definición de criterio técnico” recuerdo haber expresado en Sala.

Por ello en ambas ocasiones votamos sólo a quienes entendimos eran designados con criterio técnico y no a los que, a nuestro juicio, eran objeto de nombramiento político (afines o propuestos por el Partido que estaba en el gobierno, el Frente Amplio). Estos últimos fueron y siguen siendo mayoría hoy dentro del Consejo Directivo.

Hicimos la advertencia de que no era bueno que una Institución de ese tipo tuviera integrantes designados con criterio político en su mayoría. Eso, en definitiva, teñía de sospechas de parcialidad a la Institución.

Lo que sucedió durante la campaña del referéndum vino, lamentablemente, a confirmar lo equivocado de los nombramientos. La Inddhh se metió de lleno tomando partido por una de las opciones lo que no debió hacer. Menos aún haciendo denuncias al boleo.

"La vida es redonda" dicen en Durazno. Con una diferencia: no debe repetirse lo que se hizo mal.

Pronto habrá que nombrar a nuevas autoridades. Ahora las mayorías en el Parlamento cambiaron. Lo lógico es continuar con el criterio que se ha seguido hasta ahora: se realizarán llamados, entrevistas y se someterá la cuestión a la Asamblea General. Si no se llega a los dos tercios en primera instancia habrá una segunda votación que se resolverá por mayoría simple.

“La vida es redonda” dicen en Durazno.

Con una diferencia. Con espíritu republicano no debe repetirse lo que se hizo mal sino intentar tener cinco especialistas, imparciales e independientes en la Institución. Luego de ello reformarse la ley y establecer que las designaciones deberán contar con dos tercios de votos si o si.

Como sucede en la Corte Electoral y el Tribunal de Cuentas donde el Presidente de cada uno de estos organismos es independiente y goza de la confianza de todos los partidos.

La participación tan activa de algunos de los actuales integrantes de la Institución en el referéndum, el hecho que hayan planteado el tema a pocos días de la votación son una señal de posible falta de imparcialidad que debiera ser considerada.

De paso, y ya que se va a analizar la ley de creación de la Inddhh sería bueno también revisar la integración de la Comisión de Refugiados creada por la ley 18.076 que tiene un fuerte componente político (cinco integrantes designados por el Poder Ejecutivo y otros designados por la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento, la Udelar y Ongs).

El componente político nunca es bueno, por motivos obvios, para decidir o asesorar si una persona tiene derecho a ampararse en una ley. Quién debería pronunciarse es el Poder Judicial y sin la opinión de una Comisión con fuerte integración política.

Las dudas se agrandan al conocerse que la actual Comisión asesoró en contra de otorgar el refugio a un ciudadano argentino perseguido por su celo en proteger los derechos del Estado. Máxime cuando hace un par de años se opinó lo contrario en el caso de ciudadanos paraguayos acusados de secuestro, un delito mucho más grave.

Una revisión de toda esta legislación que garantice imparcialidad e independencia se impone.

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