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¿Qué podría hacer Uruguay para empezar a dejar de ser un país caro?

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Góndola de supermercado en Uruguay. Foto: Fernando Ponzetto
Gente de compras en supermercado Tata sucursal Cordon, en Montevideo, ND 20190121, foto Fernando Ponzetto - Archivo El Pais
Fernando Ponzetto/Archivo El Pais

Informe

Un estudio analiza por qué Uruguay es un país caro y sugiere medidas que se podrían tomar para mejorar la situación.

Uruguay es un país caro, la frase que suele repetirse fue demostrada por un estudio de la consultora CPA Ferrere para el supermercado TaTa (al que accedió El País) divulgado en parte el pasado jueves. Según el análisis, los “precios de un conjunto de artículos de la canasta de consumo permite afirmar que Uruguay es relativamente más caro con respecto a Argentina, Brasil y Chile”.

“A los efectos de realizar una comparación de precios de un mismo producto (o en su defecto de similares características o especificación) entre diferentes países de la región se relevaron precios según la información disponible en las páginas web de algunos supermercados seleccionados para cada país en el mes de julio de 2020”, indicó CPA Ferrere.

El estudio de CPA Ferrere encontró que “si estuvieran vigentes en Uruguay los precios de Argentina, Brasil o Chile para los productos analizados —que representan el 5,5% de la canasta total del Índice de Precios del Consumo (IPC)—, se producirían rebajas por una vez de magnitud relativamente significativa en el IPC”, de 1% a 1,4% (para un indicador que en los 12 meses a mayo fue 6,64%).

Clave 1

Mayores diferencias de precio en productos donde hay concentración de marcas importadas

“El análisis de precios de un conjunto de artículos de la canasta de consumo permite afirmar que Uruguay es relativamente más caro con respecto a países vecinos como Argentina, Brasil y Chile. Particularmente, las mayores diferencias se encuentran en productos donde existe una importante concentración de marcas importadas y casi no se comercializan marcas de industria nacional y/o marcas blancas. Este el caso de artículos de tocador, higiene personal y productos de limpieza”, sostuvo el informe de CPA Ferrere.

Clave 2

Diferencias elevadas de precio en alimentos y bebidas importadas con preferencia sobre las nacionales

Según el estudio, en la comparación de precios de supermercados de Uruguay con otros de Argentina, Brasil y Chile, hay “adicionalmente, similares diferencias (a las detectadas en artículos de tocador, higiene personal y productos de limpieza) en alimentos y bebidas importadas que presentan una mayor preferencia por parte de los consumidores respecto de algunas marcas nacionales como la mayonesa, el café, los enlatados, las galletas, la sal o la cerveza”.

Clave 3

Cuando hay predominio de producción nacional, no hay diferencias significativas de precios

Por último, “cuando se comparan rubros donde en cada país predominan productos de producción nacional, no se visualiza un patrón de diferencia de precios que permita afirmar que Uruguay es significativamente más caro. Este el caso de alimentos no perecederos como la harina, el azúcar, el arroz, los fideos, el aceite de girasol o la salsa de tomate”, dijo el informe.

Entre las explicaciones para que Uruguay sea caro, hay “factores vinculados a la intensidad de la competencia en la distribución (en muchos artículos hay un único distribuidor), prácticas comerciales de trato exclusivo entre productores e importadores y la existencia de normas regulatorias que en los hechos limitan una mayor competencia en los mercados”.

Entonces, ¿qué se podría hacer para “abaratar” a Uruguay? El propio estudio sugiere algunas medidas.

En ese sentido, el trabajo elaborado por Leticia Aguiar, Sebastián Fleitas, Agustín Marchesano, Gabriel Oddone e Ignacio Umpiérrez detectó “dos tipos de iniciativas”. Una es “la modernización y flexibilización de los requisitos de los registros sanitarios” y la otra son “cambios en la política de defensa de la competencia para los mercados de importación de productos que integran la canasta de consumo”.

Uruguay presenta una normativa que desde el punto de vista legal no prohíbe ni impide las importaciones paralelas (aunque en esta clase de productos regulados no es lícito realizar importaciones paralelas si no se es el titular del registro) ni la multiplicidad de registros. No obstante, uno de los mayores desafíos para la obtención del registro sanitario radica en que según la actual regulación, el agente importador debe presentar la información técnica o dossier del producto en cuestión, que es aportada exclusivamente por su fabricante (entre ella, formula del producto y certificado de libre venta en origen). De este modo, cuando el vínculo directo entre productor del resto del mundo y el supermercado en Uruguay no es una alternativa comercial factible, en la práctica la regulación actual en materia de registro sanitario genera potencialmente una barrera a la entrada al mercado para importaciones adicionales del mismo producto y la creación de la competencia intra-marca”, señaló el estudio.

Por ello “un cambio de la política pública que implique una modernización y flexibilización de los requisitos para el registro sanitario de los productos importados podría tener un efecto positivo sobre el bienestar de los consumidores”, agregó.

Un problema es que Uruguay está alineado a la normativa Mercosur, pero aún así “en Uruguay podrían exceptuarse de registro aquellos alimentos de origen Mercosur” como hace Argentina y “podría adoptar excepciones similares a las contempladas en la normativa brasilera. De esta forma, se podría solicitar el registro sanitario con la presentación del dossier de aquellos considerados ‘nuevos alimentos e ingredientes’”, sostuvo.

Otra opción es la que “se basa principalmente en controles ex-post. De aplicar este enfoque, Uruguay podría no exigir como requisito para importar y comercializar un producto la presentación del dossier o ficha técnica del mismo, sino que deberían realizarse controles inspectivos una vez el producto se comercializa en el mercado” como hacen “Estados Unidos o España”, indicó el trabajo.

“Otro posible campo de acción refiere a la flexibilización de la normativa uruguaya de registro sanitario en cuanto al requisito de presentación del dossier del producto. Esta flexibilización de los requerimientos comenzaría una vez que el producto esté aprobado por la autoridad sanitaria nacional a pedido del primer importador y que se cumplan con los controles correspondientes (seguridad, bromatológicos, alimentarios, de calidad entre otros). A partir de entonces, los importadores adicionales del mismo bien podrían realizar el proceso de registro sin tener que suministrar como requisito su dossier o ficha técnica”, explicó el informe.

Los uruguayos pagan precios más caros que en países vecinos por diversas razones microeconómicas, según un estudio. Foto: Leonardo Mainé
Los uruguayos pagan precios más caros que en países vecinos por diversas razones microeconómicas, según un estudio. Foto: Leonardo Mainé

¿En qué influye la competencia para que Uruguay sea un país caro?

Los otros cambios que se necesitan para que Uruguay deje de ser caro refieren a aspectos de competencia. “En los mercados de consumo masivo, como por ejemplo artículos de tocador e higiene personal, se observa la existencia de una única empresa importadora en aquellas marcas con elevada preferencia de los consumidores, aun cuando no existen impedimentos desde el punto de vista legal para la existencia de múltiples distribuidores. La existencia de prácticas de distribución exclusiva para ciertos productos importados puede ser objeto del accionar de la defensa de la competencia si perjudica el bienestar de los consumidores limitando en la práctica una mayor competencia intra-marca, lo cual podría favorecer niveles de precios más altos y la discriminación de precios en dichos mercados”, aseguró el estudio.

En ese sentido, CPA Ferrere identificó que en siete productos analizados (pasta de dientes, enjuague bucal, shampoo, jabón de tocador, desodorante, mayonesa y café) la principal empresa que comercializa sus productos presenta una o un conjunto de marcas con un poder de mercado superior al 30%. Este porcentaje lo establece la normativa europea como un umbral por encima del cual podría perjudicarse la competencia cuando se producen acuerdos comerciales de tipo vertical”.

Además “se visualiza que en dichos rubros la competencia intra-marca estaría limitada al existir distribuidores únicos para un conjunto de marcas y especificaciones”, añadió.

En ese sentido, “se plantea la conveniencia de que la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia investigue los efectos de potenciales acuerdos de distribución exclusiva que limitan la competencia intra-marca para analizar sus efectos sobre el bienestar de los consumidores, teniendo en cuenta que se trata de bienes de consumo masivo y con servicios de post-venta poco complejos”, concluyó.

El antecedente de investigación de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia
Analizó algunos productos importados
Inflación: precios registraron un leve aumento de 0,36%. Foto: Reuters

El estudio de CPA Ferrere recordó que “la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia ya realizó en 2015 una investigación sobre formación de precios de algunos productos importados de consumo masivo (pasta de dientes, enjuague bucal, jabón de tocador, detergente líquido para ropa, mayonesa y analgésicos)”, en que “concluyó que, si bien dichos mercados presentan elevados grados de concentración, en ninguno se encontró evidencia que permita afirmar la existencia de acuerdos de precios de tipo colusorio entre empresas que operan en un mismo mercado.”

Allí la “comisión realiza algunas consideraciones como: la existencia de mercados cuasi monopólicos u oligopólicos, la mayor disponibilidad a pagar por parte de los consumidores por determinadas marcas, independientemente de que en la mayor parte de las presentaciones del producto sea más cara, lo cual reafirma la importancia de mejorar la competencia intra-marca, la existencia de marcas con elevadas cuotas de mercado que presentan gran diversificación de especificaciones, lo que les permite atender un mayor número de segmentos, entre otras”, explicó.

“Sin embargo, ni en el informe de la Comisión ni en la resolución, se analizaron los efectos sobre la competencia de prácticas de importación o distribución exclusiva. Sería conveniente que la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia investigue los efectos de los potenciales acuerdos de distribución exclusiva para analizar sus efectos sobre el bienestar de los consumidores”, sugirió CPA Ferrere.

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