Redacción El País
El mensaje del Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) fue claro hace algunas semanas: Uruguay deberá instrumentar cambios en la legislación actual sobre secreto bancario. Así lo señaló la jefa de Secretaría del Foro, Zayda Manatta en entrevista con El País: "la forma que Uruguay ha encontrado para tener acceso a la información bancaria tiene hitos que han resultado en no lograr intercambiar la información. Y esto es lo que hay que arreglar".
Incluso Manatta explicó que "cuando uno dice que tiene que acabar con el secreto bancario, no quiere decir que la información va a ser pública. No, es solamente el acceso a la información por parte de la administración tributaria y la información va a estar protegida por el secreto fiscal".
¿Cuál es el problema en ese sentido? Uruguay al igual que más de 150 jurisdicciones a nivel mundial se comprometió a intercambiar información financiera con otros fiscos con los que tenga acuerdo cuando estos se lo requieran. Eso supone la transparencia de los registros bancarios y contables, así como la propiedad de las entidades y las estructuras jurídicas.
En 2020 en la denominada revisión entre pares (otros países son los "auditores" de la normativa de transparencia fiscal y cómo se implementa en la práctica), a Uruguay se le recomendó introducir modificaciones en dos aspectos, ya que cumplía "parcialmente" con el estándar.
Uno es que Uruguay no tiene excepciones a la obligación de notificar a los contribuyentes cuando un fisco del exterior pide información sobre ellos a la Dirección General Impositiva (DGI). El estándar del Foro Global establece que tiene que haber una excepción es el caso en que notificar al contribuyente puede comprometer la investigación que está en curso y la otra es cuando por problemas de prescripción, se tiene que dar la información más rápido.
El segundo aspecto es que cada vez que por el pedido de información del fisco extranjero hay que levantar el secreto bancario, un juez debe autorizarlo previamente. En algunos casos, el país no pudo entregar la información requerida porque la Justicia se opuso o porque pasó mucho tiempo.
¿Qué responde Uruguay a estos planteos?
En diálogo con El País el subdirector general de Rentas, Guillermo Nieves señaló que hubo tres casos de pedido de acceso a la información por parte de un fisco extranjero sobre titulares de tarjetas de crédito utilizadas en el exterior y "no se pudo acceder a la información (solicitada) porque no se identificaba al titular" de la tarjeta de crédito, ya que el fisco extranjero solo tenía el número de la misma. La Justicia necesita tener el nombre del contribuyente para acceder a levantar el secreto bancario y en estos casos era justamente la información que quería obtener el fisco extranjero. "Tuvimos que responder que no podíamos acceder" a esos datos, expresó.
Otro aspecto tiene que ver con los tiempos para acceder la información bancaria. El estándar del Foro Global pide que se de respuesta al requerimiento de datos en un máximo de 90 días, pero en la práctica "esa información lleva más tiempo" obtenerla por los lapsos que lleva tener la autorización judicial, dijo Nieves. "Incluso ha habido plazos de un año" para obtener la información cuando no se conoce el domicilio del contribuyente sobre el que se piden los datos o es un domicilio del exterior.
Respecto a las excepciones a la notificación previa al contribuyente cuando un fisco extranjero solicita información a la DGI. "Cuando el sujeto fiscalizado es un contribuyente del exterior, hay que dar excepciones (a esa notificación previa), según el estándar" del Foro Global, dijo Nieves.
Estos aspectos requieren modificaciones en la legislación uruguaya, ya que desde que el país recibió las recomendaciones del Foro Global de la OCDE en 2020 no las hizo.
"La revisión entre pares está corriendo (para Uruguay) y se espera que el reporte esté, a más tardar, en noviembre", señaló el subdirector de Rentas.
El que decidirá si realiza esas modificaciones legislativas o no, es el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), agregó.
El País consultó al MEF sobre este aspecto y la respuesta fue que no va haber declaraciones sobre ninguna medida hasta no enviar el proyecto de ley de Presupuesto (para el que el plazo vence a fin de agosto).
En la entrevista con El País, Manatta dijo que "hay que moverse porque las recomendaciones están para ser tratadas. Esto podría llevar a Uruguay a tener que presentar, por ejemplo, una hoja de ruta con acciones en el próximo año o tener una nueva evaluación (y una nueva evaluación va a cubrir todo) o tener una baja de calificación".
"Con este nuevo proceso hay que moverse. Las jurisdicciones van a tener que actuar sobre las recomendaciones que se hicieron", había remarcado Manatta.
La pelota está en la cancha del ministro de Economía y Finanzas, Gabriel Oddone y su equipo.
El camino de Uruguay en el Foro Global
El camino de Uruguay en cuanto al intercambio de información tributaria, bancaria, societaria con otros países ha sido sinuoso, en un mundo que cambió varias veces sus “reglas” para evitar la evasión de tributos, erosión de la base impositiva, traslado de ganancias y ocultamiento de fondos, tras la crisis financiera global de 2008-2009.
El árbitro que aplicó esas reglas fue en el inicio la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) -el “club” de países más desarrollados- y posteriormente el Foro Global de Transparencia Fiscal (que actúa en el ámbito de la OCDE) del que Uruguay forma parte.
El camino empedrado que recorrió Uruguay, llevó a que en abril de 2009 figurara por un par de días en una “lista negra” de jurisdicciones no cooperantes con el intercambio de información tributaria. Luego pasó a una “lista gris” de países comprometidos con el intercambio de datos pero que no lo habían implementado sustancialmente. El país firmó varios acuerdos de intercambio de información tributaria, pero sufrió un nuevo revés e octubre, cuando en el proceso de revisión entre pares (otros países lo analizan) del Foro Global, Uruguay no superó la llamada Fase I.
La situación empeoró cuando el 4 de noviembre de 2011, tras una reunión del G-20 (grupo de 20 países más desarrollados), el entonces presidente francés Nicolás Sarkozy incluyó a Uruguay en una lista de “paraísos (o guaridas) fiscales” y los amenazó con sanciones.
Para salvar la Fase I, el gobierno debió hacer históricos cambios legislativos, como la flexibilización del secreto bancario, la firma de acuerdos de intercambio con Argentina y Brasil y la creación de un registro de titulares de acciones al portador. En octubre de 2012, un informe complementario, dio por aprobada la Fase I.
Casi tres años después, el 16 de marzo de 2015, el país aprobó la revisión entre pares de la Fase II como “mayormente cumplidor”, la que mantuvo en 2020.
-
El Aeropuerto Internacional de Carrasco tendrá vuelos a 13 destinos durante agosto: ¿cuáles son?
La brecha de precios entre Uruguay y Argentina se agranda y el vecino se "abarata" en el último mes
Las viviendas que sale a vender la ANV en Montevideo para familias y los requisitos para anotarse al llamado