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Exoneración para renovar la flota de transporte

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Foto: Archivo El País

MODIFICAN EXIGENCIA

el Poder Ejecutivo ratificó la exoneración del IVA a las empresas nacionales dedicadas al turismo.

A través de un decreto, el Poder Ejecutivo ratificó la exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las empresas nacionales dedicadas al turismo que importen ómnibus y microbuses nuevos y modificó la exigencia de que esa sea la única actividad de la compañía.

La condición que estableció la norma original de 1997 fue que “la actividad de prestación de servicios de transporte de pasajeros debe ser la única que realiza la empresa para poder acceder al beneficio”. En aquel momento se declaró de interés turístico “la renovación de la flota de transporte de pasajeros destinados a la prestación de servicios turísticos”.

Ahora un decreto señaló que vista “la necesidad de propiciar mejores condiciones de competencia para los servicios vinculados a la actividad turística”, se considera que la exigencia previamente establecida “resulta inadecuada a los fines perseguidos”.

Esto porque “existen empresas nacionales de turismo que prestan servicios de transporte colectivo de pasajeros sin que esta sea su única actividad”.

Por eso, se procedió a modificar el decreto original permitiendo el acceso al beneficio de cualquier empresa local de turismo “cuya actividad consista en la prestación de servicios de transporte colectivo de pasajeros”.

Durante el año pasado se vendieron 108 ómnibus en el mercado local -uno menos que en 2017- y 181 minibuses -37,6% menos-. La marca más comercializada fue Mercedes Benz.

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