El Banco de Previsión Social (BPS) informó a los contribuyentes que el 1º de julio de 2026 entrarán en vigencia nuevas categorías laborales para los trabajadores del sector doméstico, una medida creada por consejo de salarios.
Según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), este cambio "permitirá reconocer con mayor precisión las tareas efectivamente desarrolladas por las trabajadoras y los trabajadores de la actividad".
Por su parte, BPS anunció que la categoría general a todos los trabajadores activos a partir de la fecha establecida. Los empleadores que requieran modificarla podrán hacerlo desde ese día, a través de su página web, bajo "Trabajo doméstico: inscribir trabajadores y modificar datos", para seleccionar la categoría que corresponda.
Las nuevas categorías laborales del sector doméstico que comenzarán a regir
Estas son las categorías que comenzarán a aplicarse a partir de julio, luego de un período de adecuación destinado a facilitar su implementación:
- General: comprende las tareas habituales de limpieza, mantenimiento del hogar, lavado, planchado, realización de mandados, atención de espacios comunes o exteriores, cuidado de mascotas y otras actividades asociadas a la organización doméstica. También incluye aquellas situaciones en las que las tareas de cocina o cuidados son complementarias y no constituyen la actividad principal de la jornada laboral.
- Cocina: abarca a quienes realizan de forma principal y habitual la preparación de alimentos para el hogar, incluyendo la elaboración de comidas, la manipulación de ingredientes y la planificación de menús.
- Cuidados: comprende a los trabajadores cuya tarea principal consiste en el cuidado directo y habitual de niños, adolescentes, personas mayores o personas con distintos grados de dependencia.
Salarios mínimos para cada categoría
El acuerdo alcanzado en la undécima ronda de los Consejos de Salarios estableció salarios mínimos de referencia para las nuevas categorías.
Al 30 de junio, el salario mínimo correspondiente a la categoría "Cocina" será de $ 32.875, mientras que para la categoría "Cuidados" ascenderá a $ 33.935.
El MTSS aclaró que la implementación de las nuevas categorías no tendrá efectos retroactivos ni generará reclamaciones por períodos anteriores.
"Además, el convenio fijó los ajustes salariales para el período comprendido entre el 1.º de julio de 2025 y el 30 de junio de 2027, así como los mecanismos de correctivo previstos para la actividad", según el gobierno.