BCU avaló cobro de seguro de vida sobre saldos de tarjetas

Clientes. Presentaron dos denuncias y múltiples consultas

 20120507 689x600

Para el Banco Central (BCU), el cobro de un seguro de vida sobre saldo adeudado en las tarjetas de crédito no viola normativa alguna. Recibió dos denuncias y si bien no se detectaron incumplimientos de los bancos, les sugirió comunicar mejor.

Además de las dos denuncias, el BCU recibió "en el entorno de 15 consultas" escritas referidas al tema además de "varias consultas" por teléfono que no fueron registradas dijeron a El País en la Superintendencia de Servicios Financieros, a través del Departamento de Comunicación Institucional del Central. La autoridad monetaria avala el cobro de un seguro de vida sobre el saldo adeudado en la tarjeta, ya que la misma "está contemplada en la normativa vigente (artículo 14 de la Ley 18.212 sobre tasas de interés y usura y artículo 163 de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero que establece topes a los efectos de los cálculos de la tasa de usura)".

Así se pone fin a la polémica creada por el cobro de un seguro de vida sobre saldo adeudado por parte de los emisores de tarjetas de crédito. En una de las cartas que envió uno de las emisores de tarjeta informando sobre el seguro, se indicó que "hemos incorporado un Seguro de Vida en las Tarjetas de Crédito emitidas. A partir del 1° de abril de 2012 entrará en vigencia el nuevo Seguro de Vida sobre Saldos cuyo costo será de 0,3% mensual sobre el saldo adeudado".

Otros bancos ya lo habían incorporado a fines de 2011.

Para la Superintendencia de Servicios Financieros, "la situación se entiende como una modificación en los cargos regida por el artículo 208 la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero". Allí se establece que "se puede cobrar un nuevo cargo" siempre y cuando "se informe previamente al cliente indicando concepto, monto, periodicidad del cobro y carácter obligatorio u optativo del mismo" tal "como el seguro sobre saldos en el caso de las tarjetas de crédito", señaló el BCU. A su vez, en el artículo mencionado "se establece también que si el cliente no está de acuerdo con la modificación, tiene derecho a rescindir sin cargo el contrato, lo que implica que se deberá restituirle proporcionalmente la cuota parte del cargo anual que ya hubiere pagado", afirmó el Central.

En las dos denuncias que recibió "aunque no se hayan detectado incumplimientos se ha recordado a las instituciones que deben dar la posibilidad a sus clientes de contratar su propio seguro cediendo el derecho del cobro a la institución emisora, a efectos de dar cumplimiento a la ley de Relaciones de Consumo", afirmó la Superintendencia de Servicios Financieros. Además, "se les instruyó" a los bancos "a mejorar la comunicación con sus clientes vinculada al tema y al cumplimiento estricto de las obligaciones de informar", agregó.

La Superintendencia de Servicios Financieros afirmó además que "es legítimo que el emisor requiera la contratación de un seguro de vida en el caso de las operaciones financiadas a crédito". Por otro lado, indicó que "es necesario que el usuario esté debidamente informado sobre las condiciones de cobertura y la prima a pagar. Debe existir completa información sobre costos y alcances".

El BCU sugirió a los bancos que prevean "la posibilidad de que el usuario contrate el seguro por su cuenta con otra empresa aseguradora que no sea ofrecida por el emisor".

"El cobro del seguro no constituye en sí una práctica abusiva siempre y cuando se contraten con empresas autorizadas a tal efecto y se informe al cliente de su existencia y costo en forma previa", añadió.

El diputado nacionalista, Daniel Peña había criticado la medida de los bancos. Con unos US$ 3.700 millones que movieron los plásticos el año pasado, el seguro recaudará "varios millones de dólares", por lo que las rebajas de aranceles que decidieron las tarjetas a los comercios, "las terminan pagando los consumidores", afirmó a El País.

Peña y el diputado frenteamplista Gonzalo Mujica promueven un proyecto de ley que regula la actividad de los emisores de tarjetas de crédito. Entre otras cosas, establece que en caso que alguno de los procedimientos del contrato pudiera cambiar, se deberán indicar las condiciones para su modificación y el medio y el plazo que se utilizarán para el aviso previo al cliente. El cobro de seguros de vida, ya ha generado sentencias judiciales en Argentina favorables a los consumidores. "Los clientes del Banco Galicia y Buenos Aires S.A. (...) podrán solicitar la devolución parcial de lo cobrado bajo ese rubro", establece una de ellas.

Medida: Instruyó a los bancos a mejorar la comunicación con sus clientes sobre cambios.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar