Banco Central interviene a corredora de bolsa Pérez Marexiano por "graves incumplimientos" y "posibles delitos"

La intervención, es "con suspensión de las actividades y sustitución total de sus autoridades estatutarias, así como a Carlos Pérez y Pedro Pérez (los dos accionistas de la firma) de sus atribuciones de personal superior", indicó la resolución.

Banco Central del Uruguay
Fachada del Banco Central del Uruguay.
Foto: Archivo El País

Redacción El País
El directorio del Banco Central (BCU) resolvió "intervenir preventivamente a Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A.", una corredora de bolsa con vínculos históricos en la creación de la Bolsa de Valores de Montevideotras detectar "graves incumplimientos". La intervención del Central, es "con suspensión de las actividades y sustitución total de sus autoridades estatutarias, así como a Carlos Pérez y Pedro Pérez (los dos accionistas de la firma) de sus atribuciones de personal superior", según la resolución del directorio del día miércoles 29 de octubre, divulgada este jueves. Es la segunda intervención con desplazamiento de autoridades que realiza el BCU a una corredora de bolsa este año. La anterior, a Grupo Bursátil Uruguayo (GBU), terminó con la cancelación de la autorización para funcionar de la firma.

El Central designó como interventora de la corredora de bolsa a la contadora Ana Chaves, la misma que fue interventora en GBU. Además, decidió "dar cuenta al Ministerio Público de los hechos constatados ante la eventual consumación de conductas tipificadas como delito".

La resolución del directorio del BCU da cuenta de "posibles actos delictivos" de un exempleado de Pérez Marexiano y que entre otros "graves incumplimientos" de la corredora esta el "haber ocultado información relevante" sobre esa persona al BCU.

El caso se remonta a abril de este año cuando los accionistas de la corredora de bolsa, denunciaron ante la Justicia por estafa y apropiación indebida a Luis Ignacio González Palombo, un exempleado de la firma al que acusaron de captar inversores haciéndose pasar por empleado de la empresa, según había consignado el diario El Observador. Si bien el abogado de Pérez Marexiano, Jorge Barrera fue quien presentó la denuncia contra González Palombo, posteriormente el abogado de un grupo de damnificados por el exempleado, Ignacio Durán, la amplió e incluyó a los directores de la sociedad de bolsa alegando que estaban al tanto de las maniobras ya que atendía a sus clientes desde las oficinas de la empresa, había señalado también El Observador.

El pasado 17 de octubre la Justicia prorrogó por otros 180 días las medidas cautelares contra González Palombo, a quien se le impuso la prohibición de salir del país. La estafa alcanzaría a unos US$ 13 millones.

La resolución del directorio del BCU, indicó que "en las actuaciones de supervisión -que realizó la Superintendencia de Servicios Financieros- realizadas en el año 2024 se consultó a la corredora de bolsa si Luis Ignacio González era empleado de la firma, respondiendo que había sido empleado de la firma hasta el año 2015 y que actualmente sólo era cliente".

"En el marco de actuaciones de supervisión que se venían realizando en Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A., con fecha 8 de abril de 2025 se toma conocimiento de posibles actos delictivos desarrollados en nombre del corredor de bolsa a través de una operativa realizada por Luis Ignacio González, por lo que se solicitó a la entidad que presentara un informe detallando lo ocurrido", agregó.

"En respuesta a la solicitud, la corredora de bolsa detalla que: en el año 2018 Luis Ignacio González contrató sus servicios a efectos de que su cartera de clientes pudiera realizar operaciones en bolsa; proporcionando a tales efectos una lista de clientes a quienes abrir cuenta en Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A., identificando a cada cliente con un número; todas las instrucciones sobre operaciones referidas a estas cuentas eran realizadas por Luis Ignacio González, quien no era empleado y agrega que el corredor de bolsa no participaba en las decisiones sobre esas cuentas dado que esos eran los términos bajo los que se relacionaban comercialmente con el denunciado", explicó el Central.

También la corredora dijo al BCU, que "el 31 de marzo recibieron en sus oficinas a Luis Ignacio González y a Tamara Taube, quien manifestó tener una relación comercial con él y declararon que enviaban a los clientes estados de cuentas que no correspondían con la realidad de las operaciones ni a su verdadera rentabilidad". Taube se dedicaba principalmente a captar clientes en México ya que, si bien es uruguaya, vive en aquel país junto a su marido, había consignado El Observador. La ejecutiva no ha vuelto a Uruguay.

"Como resultado de investigaciones internas realizadas por Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A. se descubrieron otras operaciones, por ejemplo, la entrega de comprobantes de giros apócrifos por parte de Luis Ignacio González a sus clientes" y también "se presentaron varias personas en la oficina de la empresa o vía correo electrónico atribuyendo ser clientes de la empresa con números de cuenta y estados de cuenta falsos", indicó el BCU.

El pasado 11 de abril, la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU realiza "actuaciones en la entidad labrando un acta a los accionistas/directores de la entidad (es decir, Carlos Pérez y Pedro Pérez) en la que declararon que: Luis Ignacio González no atendía a los clientes en las oficinas del corredor, concurriendo sólo como cliente o a dar alguna instrucción al operador; era él quien impartía las órdenes de operaciones para las cuentas de esos clientes y se le pagaba una comisión por las operaciones de sus clientes, desde la cuenta propia de Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A.;

Además, "los accionistas/directores de Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A. no tenían contacto con los clientes ya que éstos se contactaban directamente con Luis Ignacio González y no enviaban los estados de cuenta a los clientes porque González decía que no querían recibirlos", añadió.

"No existía ningún contrato firmado entre la corredora de bolsa y Luis Ignacio González por los servicios de referenciamiento y asesoramiento que brindaba a estos clientes", expresó el BCU y recordó que los accionistas sabían "que el mismo no era una persona registrada ni regulada por autoridad supervisora alguna a efectos de ofrecer servicios de asesoramiento a clientes".

"Los clientes afectados tienen contrato firmado con Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A. y mandato de libre administración" indicó el Central y dijo que "en relación a los saldos negativos en efectivo de algunos de estos clientes, (los accionistas) señalan que cuando lo detectaban se le avisaba a Luis Ignacio González para que los clientes fondearan sus cuentas o se vendiera posición para regularizar los saldos negativos".

Ignacio González Palombo.jpeg
Luis Ignacio González Palombo.
Foto: Archivo El País.

Los "graves incumplimientos" que detectó el BCU en Compañía de Valores Pérez Marexiano

Según la resolución del BCU, la corredora de bolsa "no informó a la Superintendencia de Servicios Financieros de forma inmediata los hechos de los cuales tomó conocimiento". Cuando Durán amplió la denuncia contra la empresa, Barrera había justificado -en declaraciones a Montevideo Portal- que fue su cliente, "Pérez Marexiano, el que hace la primera denuncia formal contra González Palombo”.

No es el único incumplimiento que encontró el Central. "Para la mayoría de los clientes no existe un contrato que regule la actividad comercial existente entre el cliente y el corredor de bolsa; y si bien hay un poder de libre administración otorgado por los clientes a Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A. no existe ninguna referencia a poderes otorgados por los clientes a González para operar sus cuentas", afirmó el regulador.

Pero siguen los problemas, ya que "González, quien no figura en la planilla de trabajo de la entidad ni con quien existe un contrato de servicios firmado, era quien manejaba las cuentas, determinando qué inversiones realizar y para qué clientes, a través de instrucciones directas al personal de la entidad, sin que existan formularios de perfil inversor u otro documento donde conste la aceptación del cliente de su perfil de inversión y la estrategia de inversión".

Además, "en la cuenta a nombre del propio intermediario, pero propiedad de terceros (cuenta ómnibus) existen clientes con saldos negativos en efectivo" y "la misma persona que realizaba la transferencia de valores entre custodios y registraciones contables en el sistema informático era quien realizaba la conciliación de las cuentas", cuestionó el Central.

Banco Central del Uruguay
Fachada del edificio sede del Banco Central del Uruguay, BCU, en Diagonal Fabini 777, Ciudad Vieja, Montevideo, ND 20230927, foto Gianni Schiaffarino - Archivo El Pais
Gianni Schiaffarino/Archivo El Pais

Y continúan los incumplimientos de Pérez Marexiano: "las órdenes eran remitidas por Luis Ignacio González directamente al operador de mesa a través de llamadas telefónicas o WhatsApp no existiendo grabación de llamadas, ni tercerización de WhatsApp autorizada o informada a la Superintendencia de Servicios Financieros por lo que no existe un registro formal que asegure la integridad de la información", criticó el BCU.

"El intermediario no tiene implementado un procedimiento para asegurarse que se le envía el estado de cuenta a todos los clientes con una frecuencia mínima anual" y "en la revisión de correos electrónicos realizada, se constató que, en octubre de 2024, un cliente manifestó que el saldo en su estado de cuenta era muy diferente al que le habían informado González y Tamara Taube; así como que se consultaba a González por información de los clientes bajo su manejo, aspectos como identificación de beneficiario final o país de residencia", añadió.

El Central expresó también que "un informe independiente sobre la idoneidad y el funcionamiento de las políticas y procedimientos adoptados por la institución para prevenirse de ser utilizado para el lavado de activos y financiamiento del terrorismo concluye que la entidad cumple parcialmente en todos los aspectos significativos con la ejecución de su sistema integral para prevenir el lavado de activos; y en entre los hallazgos se encuentra que los manuales de la entidad establecen que el contacto personal con el cliente debe ser directo con los socios de la entidad, aspecto que claramente no se ha cumplido".

Por último, "de una muestra de cinco clientes afectados se detectaron debilidades en los procedimientos de debida diligencia (falta declaración jurada fiscal, debilidades en la justificación de origen de fondos, errores u omisiones en el informe circunstanciado)", agregó la resolución.

A esto se sumó que "luego de varias actuaciones de supervisión y frente a las inconsistencias detectadas, el día 16 de octubre de 2025 se realizan nuevas actuaciones en la entidad en la que se verificó que: la cuenta a nombre del intermediario pero propiedad de terceros (cuenta ómnibus), presenta un saldo negativo originado en retiros realizados de forma habitual sin tener los fondos suficientes para ello y por lo tanto utilizando fondos de otros clientes a esos efectos" y que "los accionistas brindaron información errónea en tanto informaron a la Superintendencia de Servicios Financieros al 25 de abril de 2025 un saldo positivo en lugar de informar el saldo real negativo antes referido, la diferencia, según declaran, se origina en la contabilización de forma posterior de retiros efectuados en fecha anterior al 25 de abril de 2025".

Corredora de bolsa "ocultó información relevante" y ayudó a facilitar maniobra

Estos hallazgos, entre otros, "implican el incumplimiento de los artículos 255.4 y 255.6 de la Recopilación de Normas de Mercado de Valores que establecen requisitos de integridad para los registros que deben mantener los intermediarios", también "un incumplimiento del artículo 299 de la Recopilación de Normas de Mercado de Valores, el cual establece que los intermediarios de valores deberán informar a la Superintendencia de Servicios Financieros todo hecho relevante o situación especial que pudiera afectar el desarrollo de su actividad o la situación de los fondos y valores administrados, tanto propios como de clientes, inmediatamente a que ocurra o llegue a su conocimiento no pudiendo exceder del día hábil siguiente", aseguró el BCU.

También se dio "el incumplimiento del artículo 212 de la citada recopilación donde se establece que los intermediarios de valores deberán poner a disposición de sus clientes estados de cuenta detallando las transacciones realizadas, comisiones y saldo en efectivo y valores de sus clientes", se especificó en la resolución.

"Desde el año 2018 se estableció un vínculo comercial con una persona (González Palombo), que referenciaba clientes al corredor de bolsa y daba órdenes respecto de las inversiones de esos clientes, sin que existiera un contrato formal con la corredora de bolsa o un poder de libre administración firmado por los clientes que lo habilitara a ello y además la corredora de bolsa no controló adecuadamente las operaciones realizadas para estos clientes, por lo que se entiende que hubo incumplimiento de los artículos 62, 62.2 y 250 de la Recopilación de Normas de Mercado de Valores", agregó.

El BCU también expresó que varios de los incumplimientos ayudaron a facilitar la "realización de la maniobra llevada a cabo por Luis Ignacio González, lo que se considera una agravante en virtud de lo establecido en el artículo 355 literal h de la Recopilación de Normas de Mercado de Valores".

Adicionalmente, el Central detectó que "se usaron dineros o valores de unos clientes para cumplir operaciones de la corredora de bolsa, sus accionistas o de otros clientes lo que constituye una causal grave de sanción de acuerdo con lo establecido en el artículo 119 numeral 6 de la Ley N° 18.627 de 2 diciembre de 2009".

"También se considera agravante el hecho de haber ocultado información relevante respecto de Luis Ignacio González cuando le fuera solicitado por la Superintendencia de Servicios Financieros en el año 2024, lo que configura un entorpecimiento de la fiscalización según lo estipulado por el artículo 364 de la Recopilación de Normas de Mercado de Valores y una causal grave de sanción de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 119 numeral 9 de la Ley N° 18.627 de 2 diciembre de 2009", cuestionó el BCU.

Por todo esto, el directorio del Central consideró que "Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A. y sus accionistas no cumplen con los estándares de conducta, aptitud y rectitud comercial y profesional requeridos por el artículo 100 de la ley 18.627 de 2 diciembre de 2009 que establece que los intermediarios de valores deberán cumplir con una organización interna y de conducta, estándares de aptitud, rectitud comercial y profesional, deberes de información y exigencias prudenciales y otros requisitos que establezca la Superintendencia de Servicios Financieros".

"Dado los graves incumplimientos reseñados precedentemente resulta oportuna y procedente la adopción de una medida de intervención preventiva y de suspensión de actividades, con el objeto de salvaguardar los intereses de los clientes", indicó el BCU.

A su vez instruyó a la corredora "a hacer entrega inmediata a la Superintendencia de Servicios Financieros de la siguiente información: detalle de los saldos de efectivo y valores de las cuentas de cada uno de sus clientes y de los saldos de todas las cuentas en bancos, brokers, intermediarios de valores, y toda otra entidad financiera con la cual mantenga contratos vigentes, indicando especialmente aquellas en las cuales mantenga efectivo y valores propios o de terceros".

La historia de Compañía de Valores Pérez Marexiano

Según señala la firma en su página web, la historia de la corredora de bolsa Pérez Marexiano se remonta al siglo XIX, ya que la "familia está relacionada con la Bolsa de Valores de Montevideo (BVM) desde sus inicios, donde don Mario R. Pérez actuó como uno de sus fundadores en el año 1867".

Además, "durante el período 1973-1976 Pedro Pérez Marexiano fue nombrado presidente de la BVM y de la Cámara de Comercio", añade.

"Desde 1867 nuestra familia se ha mantenido ininterrumpida siendo representada a la fecha por el señor Pedro Pérez Stewart desde 1979 y el contador Carlos Pérez Lafone desde 1987, siendo ésta la cuarta generación directa. Acompañando la evolución del mercado y el dinamismo de la propia actividad es que en el año 2003 se crea Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A. renovando el compromiso de 140 años de trayectoria", afirma la empresa en su web.

Según los registros públicos del BCU, Pérez Lafone tiene el 52% de las acciones de la Compañía de Valores Pérez Marexiano y Pérez Stewart tiene el 48% restante. Ambos figuran como presidentes. La oficina de la corredora de bolsa está ubicada en Divina Comedia 1575, oficina 002.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar