Columna de APPCU: Monoambientes

Es conocida la polémica sobre el tema del título, instalada por el senador Gustavo González y su proyecto de ley donde estaría derogando este tipo de edificaciones.

Aníbal Durán; Anibal Duran; APPCU.
Aníbal Durán.

Es conocida la polémica sobre el tema del título, instalada por el senador Gustavo González y su proyecto de ley, en el cual tácitamente estaría derogando los monoambientes.

El citado senador en el proyecto mencionado, sustituye la ley de 1968 en la redacción dada por la ley 19996 de 2021 (Rendición de cuentas), y limita la superficie habitable de una vivienda a 35 metros cuadrados y además la citada superficie debe contar con un dormitorio.

La exposición de motivos del proyecto, es de un gran voluntarismo del senador, arrogándose la opinión de que es indecoroso vivir en 25 metros cuadrados (como existe hasta ahora), sin perjuicio de citar organismos internacionales que estarían a favor de dicha postura, pero que en ninguno se habla de metrajes.

La libertad de que se goza en este país no puede ser maniatada por un texto legal, que imponga las condiciones de una vivienda.

Como el espacio es tirano, sucintamente van algunas apreciaciones, vertidas no en orden de su importancia, el lector juzgará.

La tipología monoambientes es residual, es decir no es un fin en sí mismo. Los promotores privados priorizan las unidades de un dormitorio, luego de dos dormitorios y como tercera posibilidad estarían los monoambientes, que no superan el 9% de los proyectos presentados en la ANV. Que además esta categoría fue contemplada en el decreto 355 del 2011 que reglamentó la ley de vivienda de interés social de dicho año. Y en dicha norma jurídica, artículo 5to inc b, gobierno del Presidente Mujica, se expresa que podrán declararse promovidas las viviendas que cuenten con áreas habitables iguales o superiores a 25 metros cuadrados e iguales o inferiores a 40 metros cuadrados, para aquellas unidades de un ambiente. He sentido, no recuerdo el interlocutor, que se decía que esta disposición había sido un “invento” del anterior gobierno... Falacia.

Asimismo, es la puerta de entrada para la primera vivienda de jóvenes (muchachada que se viene del interior a estudiar) o por mencionar una casuística que abarca más que estos ejemplos, pareja que termina su vínculo, sin hijos sobre todo, y un integrante se muda a dicha vivienda.

Lo mencionado lo determina el mercado y éste es el que trasunta: un dormitorio es lo más demandado (más del 50%), dos dormitorios casi el 35% y luego vienen los monoambientes, sin perjuicio de alguna vivienda de tres dormitorios, ocasionalmente.

APPCU

Otra falacia que apunto aquí: se dice que el estado exonera a los promotores privados de ciertos tributos. Es así; pero lo que no sentí decir es que ese manido gasto tributario (lo que estado exonera), se ve compensado con creces no solamente porque siguen tributando los profesionales ligados a una obra en construcción, los proveedores de insumos, las empresas constructoras, las inmobiliarias, fleteros, etc..., sino que además se revolucionó por ejemplo, Montevideo, invirtiendo y construyendo donde no se hacía en el entorno de más de 30 años, dinamizando la economía del país, dejando una nueva ciudad, donde ya existe infraestructura, aportando demanda de mano de obra (los números del BPS son elocuentes) , concluyendo que además del aspecto ornamental de la ciudad y de trabajo, el Estado recauda más de lo que exonera. Y claro está aumenta el aporte unificado de la construcción que aportan los promotores y recauda el Banco de Previsión Social.

Y además y lo recalca la consultora Moebius y su sistema Inmovin de inteligencia del mercado de vivienda, el 65% de los monoambientes fue adquirido por inversores no residentes, sustancialmente argentinos. Estas tipologías y otras se arriendan y de esa forma, permiten que el precio de los alquileres en estos últimos años, hayan permanecido estables o cuando no, han descendido.

Los hogares unipersonales según el censo del 23, representan el 30% en nuestro país.

Erradicar esta tipología hará que precisamente los eventuales inquilinos no puedan vivir en zonas céntricas, se desplacen a barrios más alejados, sin perjuicio que se alejen de la formalidad. La oferta se limita y aumentarían los precios, con la consecuencia ya mencionada.

La demanda persistirá..., pese al afán de terminar con esta categoría.

Resta recordar que en un edificio donde existan monoambientes, solamente el 25% puede ser declarado promovido.

La verdad objetiva no es una contingencia que dependa de nuestro gusto o voluntad.

La verdad objetiva por el hecho de serlo, tiene títulos saneados para el unánime acatamiento. Entendemos que lo expuesto refiere a una verdad con esos ribetes.

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