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Los cambios impositivos que comenzaron a regir este año

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Fachada de la DGI. Foto: Gerardo Pérez.
Fachada del edificio sede de la Direccion General de Impositiva, DGI, sobre la Av. Fernandez Crespo, en el barrio Cordon de la ciudad de Montevideo, ND 20200615, foto Gerardo Perez - Archivo El Pais
Gerardo Perez/Archivo El Pais

MODIFICACIONES

Desde el 1° de enero rigen una serie de cambios impositivos en el país pero de leve impacto a nivel social. Las modificaciones más relevantes vienen desde el ámbito internacional.

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Desde el 1 de enero rigen una serie de cambios impositivos en el país, la mayoría de ellos establecidos a partir de la Ley de Rendición de Cuentas. No obstante, los analistas tributarios afirman que no hay previstos cambios relevantes a nivel general para este año que afecten a la población, sino principalmente ajustes tributarios técnicos que afectan solamente y de forma parcial a algunos sectores.

El País realizó un relevamiento de las principales modificaciones. Desde PwC, el socio de la consultora Diego Tognazzolo y la directora Eliana Sartori, señalaron que los últimos dos años de pandemia han mostrado que “hasta la mejor proyección puede quedar trunca, postergada, o incluso tener que renunciar a ella para atender otras necesidades”, y afirmaron que “los planes fiscales en la agenda inicial del gobierno no han sido ajenos a esta realidad”.

En este sentido, desde PwC afirmaron que no vislumbran para este año “nuevos impuestos ni un incremento en los existentes”, en tanto bajo el contexto actual no se identifica “un espacio fiscal que permita tales medidas”, aún si se considera el proceso de recuperación de la actividad económica que Uruguay viene transitando.

“Esperamos que durante este año se realicen una serie de ajustes a la normativa doméstica, básicamente en materia de tributación a la renta de las empresas, para rediseñar ciertos aspectos del sistema tributario que permitan a Uruguay continuar alineado con los estándares en materia de fiscalidad internacional”, señalaron desde dicha consultora.

Por su parte, Juan Manuel Albacete, socio responsable del área jurídico tributaria en Guyer & Regules manifestó que de cara a este año es de esperar que el gobierno “instrumente cambios impositivos a la baja o al menos comience a instrumentarlos para concretarlos en 2023”.

Desde PwC afirmaron que no vislumbran para este año “nuevos impuestos ni un incremento en los existentes”.

Estas modificaciones deberían consistir en la eliminación del IASS, “un impuesto verdaderamente injusto”, indicó y afirmó que esa eliminación “fue una promesa electoral contundente y ya sea por la eliminación directa o por la rebaja debería cumplirse”.

Asimismo, manifestó que “otra disminución importante de impuestos debería producirse en el área de los combustibles” dado que los planes del gobierno “van ese sentido, por lo que sería bueno que rápidamente se mande un mensaje a la población de que los combustibles van a bajar de precio porque se va a disminuir la importante carga fiscal, tema que se viene criticando desde hace años”.

En este sentido, Albacete indicó que si bien el régimen de fijación de precios de combustibles a través del Precio de Paridad de Importación “Uruguay no lo maneja”, sino que “es un cálculo y se nos impone”, respecto a los impuestos esa es “una decisión soberana y estaría muy bien después de década de críticas a la carga impositiva de los combustibles comenzar con su reducción”.

Desde Guyer & Regules manifestaron que de cara a este año es de esperar que el gobierno “instrumente cambios impositivos a la baja o al menos comience a instrumentarlos para concretarlos en 2023”.

Por otro lado, el socio de Guyer & Regules explicó que un cambio que puede tener cierta relevancia es el cumplimiento de pasar a gravar las rentas que tienen las empresas (no las personas) en el exterior y que son rentas de capital, es decir rentas que no son de su actividad comercial propiamente dicha . Sería el caso de la percepción de dividendos, intereses, ganancias de capital o regalías que una empresa obtiene en el exterior.

“Verdaderamente no creemos que esta decisión , que debe tomarse por presión de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) , vaya a implicar un cambio significativo tributario en Uruguay. Veremos cómo el gobierno lo materializa entre las varias opciones que está manejando”, indicó.

OCDE

Novedades con foco en el ámbito internacional

En atención a los compromisos asumidos con la Unión Europea, se esperan ajustes a los impuestos sobre las rentas pasivas (dividendos, regalías e intereses, entre otros) de entidades que no tengan “sustancia” (sin presencia económica significativa) en Uruguay.

El cambio implicaría –y así lo ha señalado el Ministerio de Economía y Finanzas–, pasar a gravar las rentas pasivas dando una exoneración a las que se obtengan con sustancia, o directamente gravar exclusivamente las rentas pasivas generadas sin sustancia. Se prevé que estas modificaciones se efectúen este año pero con vigencia a partir del 2023, explicaron desde PwC.

Por su parte, en el marco de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), Uruguay acompañó junto a otros 135 países un acuerdo multilateral, centrado en dos pilares. El primero prevé asignar (y que se grave) una porción de la renta de las multinacionales de mayor porte en los países donde se consumen los productos o servicios, aunque no tengan una presencia física. Siendo Uruguay un mercado pequeño, el pilar uno podría no tener gran impacto. No obstante, como parte del acuerdo los países se comprometieron a retirar los impuestos a los servicios digitales, es esperable que Uruguay deba eliminar el impuesto a la renta a ciertos servicios digitales. El segundo pilar exige que se pague un impuesto (efectivo) mínimo sobre la renta global de 15%, y en caso de no llegar a ese mínimo, esto redundaría en un pago adicional de impuesto (a la renta) en el país de residencia de la casa matriz.

“Si bien Uruguay no está obligado a implementar este impuesto mínimo, no adoptar estos cambios no parecería ser el camino a seguir”, dijeron desde PwC. Según lo manifestado por las autoridades, Uruguay se encuentra en una etapa de diagnóstico del impacto local de este impuesto global, en especial en los regímenes de incentivos fiscales.

Desde KPMG, Jorge Bentancur explicó a El País que la última Ley de Rendición de Cuentas incluyó algunas novedades tributarias que comenzaron a regir a partir del 1° de enero de este año.

Entre ellas, el informe automático de saldos y rentas de origen financiero a la administración tributaria que establece que si alguna de las entidades obligadas a reportar anualmente a la Dirección General Impositiva (DGI), información de las cuentas financieras de sus clientes, celebra actos o realiza acuerdos que tengan por efecto evitar cualquiera de las obligaciones referentes a dicho suministro de información, entonces esos acuerdos no serán tenidos en cuenta.

Por otra parte, Bentancur indicó que otro cambio es la aportación gradual para monotributistas que previó que esos contribuyentes podrán ampararse al régimen de aportación gradual que, para las pequeñas empresas estableció la Ley de Urgente Consideración (LUC), siempre que cumplan simultáneamente con las siguientes condiciones: que realicen actividades empresariales, combinando capital y trabajo; y que dejen de tributar el monotributo y pasen a tributar el IVA mínimo ya sea por opción o de forma preceptiva.

rendición de cuentas

Otros cambios previstos para el año

Desde KPMG, Bentancur resaltó otros cambios tributarios este año. Entre ellos, indicó que el artículo 323 de la Ley de Rendición de Cuentas modificó el régimen de donaciones especiales del IRAE que habilita a los contribuyentes a computar dichas donaciones como pago a cuenta del impuesto y como gasto del ejercicio. La nueva norma cambió los porcentajes de la donación que en cada caso se pueden computar y también las formalidades que se deben cumplir para usufructuar el régimen. Además, mencionó otra modificación que refiere a la imposición de IMESI a las emisiones de dióxido de carbono (CO2).Por otro lado, la norma también estableció la facultad del Poder Ejecutivo de modificar el monto del IMESI exclusivamente en lo que refiere a las naftas.

Otra modificación de la Rendición de Cuentas exonera de IVA a los seguros y reaseguros que cubran los riesgos de incendio y climáticos a los galpones para la producción de aves y cerdos, y las colmenas.

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