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Suprema Corte deberá expedirse sobre caso Amodio

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"Sabía que tarde o temprano iba a quedar en libertad", dijo Amodio. Foto. M. Bonjour

La fiscal Stella Llorente recusó el fallo de libertad del Tribunal.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) deberá decidir si Héctor Amodio Pérez incurrió en reiteradas violaciones a los derechos humanos al delatar a sus compañeros del MLN-T como lo sostuvieron la jueza penal Julia Staricco y la fiscal Stella Llorente en primera instancia o si el dirigente tupamaro estaba excluido de los alcances de la Ley de Caducidad y por ende no cometió delito alguno como lo señaló un reciente fallo del Tribunal de Apelaciones de 4° Turno.

La fiscal Llorente presentó el recurso de casación contra el fallo del tribunal el viernes 16.

La Corte deberá decidir si las detenciones de tupamaros durante la democracia —presidencia de Juan María Bordaberry entre 1972 y 1973— fueron legales o no. El presidente de la SCJ, Ricardo Pérez Manrique señaló: "Las detenciones de las Fuerzas Armadas en 1972 eran legítimas".

Los abogados de Amodio Pérez, Andrés Ojeda y Fernando Posada dijeron ayer a El País que no conocían los argumentos jurídicos esgrimidos por la representante del Ministerio Público en el recurso. "Estamos convencidos que la Corte debe mantener la resolución del Tribunal de Apelaciones sobre que Amodio no cometió delito alguno", dijo Ojeda a El País.

Delator.

Amodio arribó a Uruguay después de 40 años de exilio español a principios de agosto de 2015. Tenía previsto estar solamente 24 horas para presentar el libro Palabra de Amodio. Sin embargo, una causa judicial de 2011, iniciada por 26 ex presas políticas, lo llevó a la cárcel.

En su pedido de procesamiento, Llorente entendió que, en la lucha contra los Tupamaros, se dieron arrestos, detenciones o traslados contra la voluntad de las personas, privaciones de su libertad efectuada por agentes gubernamentales y por un particular —Amodio Pérez— que actuó colaborando con dichos agentes en las detenciones de varias personas, sustrayéndolas a la protección de la ley. Es decir, que estos hechos se enmarcan en las violaciones de los derechos humanos perpetrados por la dictadura militar y otros agentes civiles que actuaron junto a ello y califican como crímenes de lesa humanidad.

El viernes 9, el Tribunal de Apelaciones de 4° Turno entendió que Amodio Pérez estaba excluido de los alcances de la Ley de Caducidad, había sido amnistiado de delitos políticos, jamás estuvo amparado por el Estado y las detenciones de tupamaros "marcados" por él fueron legales.

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"Sabía que tarde o temprano iba a quedar en libertad", dijo Amodio. Foto. M. Bonjour

RECURSO DE CASACIÓNEDUARDO BARRENECHE

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