Redacción El País
El próximo viernes 18 de julio de 2025 se conmemora en Uruguay un nuevo aniversario de la Jura de la Constitución, una de las fechas patrias más relevantes del calendario nacional. Se trata de un feriado no laborable que, al caer viernes este año, generará un fin de semana largo para trabajadores y estudiantes.
La Constitución jurada en 1830 fue la primera del país y marcó el nacimiento formal del Estado uruguayo como nación soberana e independiente. Su aprobación institucionalizó a la entonces Provincia Oriental, tras un proceso iniciado con la Convención Preliminar de Paz de 1828, según explicó Benjamín Nahum en "Manual de Historia del Uruguay 1830-1903".
Qué pasó el 18 de julio de 1830
El proceso hacia la Constitución comenzó con la instalación de la Asamblea General Constituyente en San José, el 22 de noviembre de 1828. El texto fue debatido desde mayo de 1829 y aprobado en septiembre. Luego se envió a Buenos Aires y Río de Janeiro, como exigía el pacto de paz, y fue ratificado el 26 de mayo de 1830.
La jura oficial se realizó el 18 de julio de 1830 frente al Cabildo de Montevideo, en un acto cívico-militar que marcó el inicio de la nueva organización del Estado uruguayo. La Constitución estableció la soberanía nacional y definió al Estado como la asociación de todos los ciudadanos comprendidos en su territorio, según ANEP.
Esta Primera Constitución fue un símbolo de orden institucional que garantizó derechos fundamentales como la libertad, el trabajo y la propiedad. Sin embargo, excluyó del voto a jornaleros, peones y analfabetos, debilitando la representación rural, y no contempló la coparticipación de los partidos, lo que llevó a las minorías a recurrir a la revolución.
¿Cómo se conmemora?
Cada 18 de julio suele llevarse a cabo un acto conmemorativo en honor a la Jura de la Constitución. Aunque el formato varía, suele contar con la participación de autoridades del gobierno. En años anteriores, se han realizado desfiles militares en Ciudad Vieja como ceremonias en el Salón de los Pasos Perdidos del Palacio Legislativo.
¿Qué pasa si se trabaja ese día?
El 18 de julio es considerado un feriado no laborable pago, lo que significa que, si una persona no trabaja, cobra su sueldo igual. Pero, de trabajar, debe percibir una remuneración doble, como establece el artículo 18 de la ley N° 12.590.
Para trabajadores jornaleros o rurales, según indica el decreto N° 216/01, el régimen es el mismo: se paga doble jornal. Además, las horas extra se pagan con un recargo del 150 % sobre el valor hora correspondiente a los días laborales, como lo determina el decreto N° 550/989.
Por otra parte, de acuerdo con la legislación vigente, este feriado no se corre de fecha, indica la ley N° 16.805, en su redacción dada por la ley N° 17.414. Este año, al caer viernes, significará un fin de semana largo.
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