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Murió la joven atropellada por el futbolista Gabriel "Toro" Fernández

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Un documento policial dice que, luego de la coalición, el auto del "Toro" Fernández le llevó 4,3 metros detenerse. Foto: El País

ESTE MARTES

El delito se extinguió luego de un acuerdo entre las partes.

Hace dos semanas Romina Fernández tuvo que volver a ser internada luego de sufrir una infección respiratoria.

El 29 de diciembre de 2018 la joven, que en ese momento tenía 18 años, había sido internada en el CTI del Hospital de las Fuerzas Armadas tras ser atropellada, a las 2.00 de la madrugada, por el entonces futbolista de Peñarol Gabriel “Toro” Fernández. Tras el accidente Romina quedó en estado vegetativo, con ceguera en un ojo y lesiones graves sin posibilidad de mejoría.

En la mañana de ayer la joven murió. Fuentes cercanas al caso indicaron a El País que hace dos semanas Fernández sufrió una infección respiratoria. Esto generó “altas y bajas” en el estado de salud de la joven, pero finalmente su cuerpo no resistió la infección.

El 24 de junio de 2019 la defensa del jugador Gabriel Fernández -representada por el penalista Daniel Burgos- llegó a un acuerdo conciliatorio con la defensa de la familia de Romina, llevada adelante por su colega Juan Fagúndez. En ese momento se acordó que el futbolista pagaría una indemnización de US$ 800.000 a la familia de la joven.

Fuentes judiciales indicaron a El País que los padres de Romina tenían un gasto de entre US$ 3.000 y US$ 5.000 mensuales para la atención de la joven. En un principio, la familia de Romina analizó la posibilidad de reclamar US$ 1.400.000 al futbolista como indemnización para afrontar los gastos médicos que requería su hija. Tras varias idas y vueltas en el Juzgado de Conciliación, el 24 de junio, las partes alcanzaron el acuerdo.

Delito

La muerte de Romina, indicó una fuente judicial a El País, no cambia la situación procesal de Fernández porque su eventual delito se extinguió en el momento en que se llegó al acuerdo. Una de las cláusulas del documento firmado por la familia de Romina y Fernández contemplaba la posibilidad de que la joven falleciera, a raíz de su delicado estado.

“La acción penal con relación a la parte económica y de libertad de (Gabriel) Fernández no cambia porque el delito se extinguió”, explicó Burgos, abogado de Fernández, a El País.

“Nosotros abonamos US$ 800.000 por todo concepto. Cuando hacés una reclamación de daños y perjuicios incluís distintos daños: lucro cesante, el daño emergente -que es lo que te cuesta salir del evento, el daño moral. Se hace un total y eso es lo que conforma la reclamación de daños y perjuicios”, agregó el penalista. En un principio, según la fuente judicial consultada, la defensa de Fernández quería realizar el pago en cuotas mientras Romina estuviera con vida, pero finalmente se acordó que los US$ 800.000 se entregarían en un solo pago independientemente del estado de salud de la joven.

El caso

A las 2 de la mañana del 29 de diciembre de 2018, el futbolista Gabriel Fernández, que en ese entonces jugaba en Peñarol, atropelló a Romina Fernández en la esquina de la avenida Luis Alberto de Herrera y Sancho Panza.

El fiscal del caso, Alejandro Machado y las pericias técnicas señalaron que el delantero aurinegro tuvo la responsabilidad del accidente. La joven había cruzado la avenida Luis Alberto de Herrera en la senda peatonal para regresar a su casa en un taxi. Machado iba a formalizar al delantero. El 1° de julio el jugador aurinegro debía viajar a España, para comenzar a jugar en el Celta de Vigo que pagó US$ 4 millones por el 80% de su pase.

En su acusación el fiscal iba a pedir una pena de penitenciaria para el delantero. Pero la defensa del futbolista y de la familia de la joven llegaron a un acuerdo por lo cual el fiscal tuvo que declinar su acusación.

En ese momento, tuvo lugar una audiencia en la que se le comunicó al juez y se homologó el acuerdo reparatorio.

El caso, explicó la fuente consultada, quedó “absolutamente cerrado” y el delito se extinguió.

Conducía a alta velocidad

En su informe, el perito judicial en Accidentología Vial, Darío Guzmán Parris, señaló que, analizando un video, se puede ver que el auto hace un recorrido de frenado no inferior a 16,6 metros por segundo, por lo que estaría realizando un desplazamiento a una velocidad no inferior a 60 kilómetros por hora, cuando la velocidad máxima permitida en esa zona es de 45 kilómetros por hora.

Fernández, indica el informe, efectuó luego de la colisión “una maniobra evasiva compleja” de frenado y viró a la izquierda, invadiendo la senda de circulación en sentido contrario para luego retornar hacia su senda hasta detenerse. La huella de frenada tenía una longitud de 4,3 metros.

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