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¿Un empleado certificado por covid tiene que teletrabajar?

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Teletrabajo

NORMATIVA

El ministro de Trabajo fue consultado por una de las incógnitas que se genera al respecto de la modalidad del teletrabajo. Además, la palabra de dos abogados laboralistas.

La modalidad del teletrabajo es la opción elegida por muchas empresas en los momentos más intensos de la pandemia. De esta forma se permite que el empleado pueda quedarse en su casa y, al mismo tiempo, continuar con sus tareas.

Sin embargo, al ser una modalidad híbrida, genera algunas incógnitas. Por ejemplo: ¿qué pasa si certifican a un funcionario por covid-19? En ese caso, ¿sigue trabajando o debe suspender sus actividades?

La respuesta a esta pregunta la dio el ministro de Trabajo, Pablo Mieres, quien fue consultado al respecto en el programa "Arriba Gente" (Canal 10) este jueves. 

"Si (la persona) está certificada por enfermedad, no debe trabajar, porque además el pago de sus ingresos los está abordando el Banco de Previsión Social (BPS)", dijo.

La web del Ministerio de Trabajo establece que "el BPS puede cubrir al trabajador hasta un año por motivo de enfermedad, con otro año de prórroga como máximo, o dos años alternados dentro de los últimos cuatro años, por la misma dolencia".

De la misma forma había informado a El País la abogada y socia del estudio Castellán Mariana Casella. "Cuando ingreso al sistema de certificación, el BPS me paga un subsidio en compensación de que dejo de cobrar el sueldo y se suspende el contrato de trabajo. Entonces, no corresponde que realice la tarea", comentó.

Por su parte, el abogado especializado en relaciones laborales Nelson Larrañaga indicó que "es incompatible el estar certificado por enfermedad y trabajar".

El inspector general del trabajo del ministerio, Tomás Teijeiro, había explicado a El País que, una vez que la cartera toma conocimiento de que un empleador quiere hacer realizar sus tareas a un trabajador que cuenta con una certificación médica, se inicia un proceso administrativo.

El MTSS, según indicó, puede tomar conocimiento de una situación así a través de las inspecciones de oficio o por una denuncia, que se puede realizar en forma anónima o nominada.

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