Redacción El País
La Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) concluyó en un informe que en el caso del suicidio de Milagros Chamorro, que se quitó la vida en una emergencia del Casmu el 25 de octubre de 2024, hubo “un conjunto de omisiones e incumplimientos en las prestaciones de salud brindadas” por la mutualista y por el fiscalizador, es decir, el Ministerio de Salud Pública (MSP).
En el año 2022, Chamorro había denunciado penalmente haber sido víctima de violencia sexual durante su adolescencia y, a partir de ese hecho, inició un proceso de atención en salud mental, en el cual presentó episodios recurrentes de intentos de autoeliminación.
“Los episodios de violencia sexual denunciados refieren a una violación grupal (ocurrida el17 de setiembre del 2010), en la que se habrían utilizado medios digitales para registrarla y difundir el hecho”, consignó el organismo.
La Inddhh constató, entonces, que “hubo una vulneración del derecho a la vida y a la salud de la joven —de 29 años al momento de suicidarse— Milagros Chamorro”.
“La situación de violencia sexual denunciada le causó graves sufrimientos a la víctima y habría tenido relación con su decisión de quitarse la vida, por lo que no se garantizó el acceso a las condiciones para una vida digna y se incumplió con el derecho a la salud y al deber de la debida diligencia para prevenir y reparar situaciones de violencia de género”, señala el informe que fue consignado por La Diaria y al que accedió El País.
En esta dirección, el organismo recuerda que la joven presentaba “un padecimiento de salud mental de larga data, había recibido asistencia previa por intentos de autoeliminación y atravesado instancias vinculadas a la denuncia de una agresión sexual sufrida en su adolescencia —incluyendo pericias forenses la posterior comunicación del archivo del caso—, encontrándose al momento bajo seguimiento clínico”.
En un pasaje del documento los directores de la Inddhh (Juan Miguel Petit, Jimena Fernández y Mariana Mota) citan el informe elaborado por la Comisión Nacional de Contralor de la Atención en Salud Mental que había concluido: “El suicidio puso de manifiesto errores asistenciales tales como: subvaloración del riesgo, ausencia de supervisión adecuada, carencia de interconsultas psiquiátricas oportunas, registros incompletos y protocolos poco claros o no aplicados. En ninguna de las tres oportunidades en que Chamorro consultó a su prestador entre el 23 y el 25 de octubre del 2024 fue valorada por un médico psiquiatra. En el mismo se determina claramente que el suicidio puso de manifiesto debilidades críticas en la atención recibida en la emergencia de su prestador de salud”.
“El MSP tiene la obligación de actuar de forma inmediata y efectiva ante situaciones como en el presente caso. La demora en la respuesta, la ausencia de información sobre las acciones desarrolladas en el 2022 revela graves deficiencias en la fiscalización que redundan en dificultades asistenciales y riesgo vital para las personas usuarias. Estas omisiones podrían implicar un incumplimiento de las obligaciones asistenciales definidas por el MSP y evidencia debilidades estructurales en la capacidad del sistema de salud para brindar una respuesta oportuna y eficaz, prevenir muertes evitables y garantizar la debida sanción ante el incumplimiento del Plan Integral de Atención a la Salud (PIAS)”, prosigue.
El documento, que fue elaborado a raíz de una denuncia presentada por la familia de Chamorro en febrero de este año, fue dirigido a la ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg y a la fiscal de Corte, Mónica Ferrero.
En consideración a los hechos denunciados, la Inddhh recomendó al Ministerio de Salud Pública (MSP) que garantice “la investigación de oficio —en proceso— para determinar la responsabilidad del prestador de salud”.
A su vez, se plantea que se desarrollen mecanismos que fortalezcan las competencias inspectivas y de contralor de la cartera, “así como las capacidades de sanción sobre los prestadores de salud, tanto públicos como privados, ante graves omisiones asistenciales”.
También se exhorta al MSP, entre otras recomendaciones, a que genere campañas de difusión permanente de las prestaciones de salud mental y violencia basada en género.
Con respecto al rol de Fiscalía, la Inddhh recomienda al Ministerio Público la adopción de canales de comunicación adecuados (presencial o telefónico con apoyo psicosocial) ante el archivo de denuncias de causas de “alto impacto emocional para las víctimas y sus familias”.
Después del suicidio de la joven, diferentes colectivos feministas y sociales se movilizaron con concentraciones en Maldonado y en Montevideo.
En febrero de este año, la Fiscalía de Maldonado reabrió la investigación tras el pedido de la defensa de la familia de Chamorro. El caso había sido archivado en dos oportunidades por el Ministerio Público en el pasado.
Línea para asistencia a víctimas de violencia de género
Teléfono: 0800 4141 - Celular: *4141
Horarios de atención: Lunes a Viernes de 8 a 24 horas
Sábados y Domingos de 8 a 20 horas.
El servicio es gratuito, confidencial y anónimo y la llamada no queda registrada en la factura. En función de la situación y la demanda planteada se deriva a la persona a servicios y recursos públicos o privados especializados.
Ante situaciones de urgencia o riesgo de vida es importante llamar al 911. Recuerde que si reside en el interior deberá marcar el 4 + la característica del departamento + 911.
Línea Vida de prevención del suicidio
Teléfono: 0800 0767 - Celular: *0767
Línea de apoyo emocional: 0800 1920
Funcionan durante las 24 horas, todos los días del año, sin importar a qué prestador de salud esté afiliada la persona que consulta.
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