¿Quién ganó la Intendencia de Salto?

Este domingo 11 de mayo se celebraron las elecciones departamentales y municipales 2025 en todo Uruguay. Los salteños votaron para definir a su próximo intendente y otros cargos.

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Persona que ingresa su voto en una urna. Foto: Estefanía Leal.
Persona que ingresa su voto en una urna.
Foto: Estefanía Leal/Archivo El País

Redacción El País
Las elecciones departamentales y municipales 2025 se llevaron a cabo este domingo 11 de mayo en todo el Uruguay, y es una instancia en la que los electores fueron a las urnas para definir a sus intendentes, alcaldes, ediles y concejales en municipios, intendencias y juntas departamentales de todo el país. En el caso del departamento de Salto, los candidatos a la intendencia se dividieron entre Coalición Republicana y Frente Amplio.

Carlos Albisu es el nuevo intendente de Salto, según la primera proyección de la Usina de Percepción Ciudadana, de La Diaria. El anuncio se hizo pasadas las 20:30 horas.

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Elecciones en Salto

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Escrutinio primario.

Actualizado:

Por el lado de Coalición Republicana, los candidatos para intendente eran el blanco Carlos Albisu y el colorado Marcelo Malaquina.

En tanto, los candidatos del Frente Amplio para liderar la Intendencia de Salto eran Álvaro Lima, Ramón Fonticiella y Gustavo Chiriff.

Las mesas de votación abrieron a las 8:00 horas de este 11 de mayo y se podía votar hasta las 19:30 horas.

En estas elecciones, el voto era obligatorio. Los electores de las departamentales eran todas las personas inscriptas en el Registro Cívico Nacional y habilitadas para el voto, habiendo cumplido 18 años de edad a la fecha de las elecciones. Sin embargo, el plazo para sacar la credencial cívica vencía el 15 de abril de 2024.

No votar sin justificar la ausencia conllevará el pago de una multa, según está determinado por la Ley N° 16.017. Quienes no voten, tendrán dos caminos: o pagar una multa por no votar o justificar su ausencia en la votación.

Cómo justificar no haber votado en las elecciones departamentales y municipales 2025

Quienes no acudan a votar tendrán plazo entre el 13 de mayo al 12 de junio de 2025 para justificar su ausencia. A partir del 13 de mayo la Corte Electoral publicará el formulario correspondiente para dar inicio a este trámite.

Se entiende como "causas fundadas para no cumplir con la obligación de votar" el hecho de "padecer una enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida la concurrencia a la Comisión Receptora". En este caso, la Corte Electoral tomará como prueba válida la presentación de un certificado médico, que deberá ir acompañado de un timbre profesional en caso de expedirse por una institución privada.

También puede justificarse la ausencia si la persona está fuera del país el día de las elecciones. Estas podrán justificarlo "por cualquier medio de prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país", que pueden ser el "certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte con sellos de salida e ingreso al Uruguay o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza".

Urnas en la Corte Electoral
Urnas en la Corte Electoral.
Estefania Leal/Archivo El Pais

Solo en este último caso la persona tendrá un plazo de 30 días a partir de su reingreso a Uruguay para presentar la justificación.

Los uruguayos que residan en el exterior, por otra parte, tendrán un plazo "dentro de los veinte días anteriores y dentro de los veinte posteriores a la elección" para presentar su justificación en la oficina consular uruguaya más próxima a su residencia.

Aquellos que hayan estado imposibilitados a concurrir a la Comisión Receptora de Votos durante el día de las elecciones por razones de fuerza mayor, deberán "presentar prueba documental de la circunstancia alegada".

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