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MPP propone aislamiento social obligatorio, renta mínima básica y suspender despidos

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Banderas del MPP. Foto: AFP

ANTEPROYECTOS DE LEY 

Los ocho anteproyectos del MPP contienen algunos de los reclamos que presentó el Frente Amplio a la ciudadanía y al gobierno días atrás.

El sector Movimiento de Participación Popular (MPP) presentó en las últimas horas una serie de anteproyectos de ley para atender la situación de varios de los sectores más perjudicados por la pandemia del coronavirus. Hasta ahora, se presentaron estos proyectos a la bancada opositora y no han ingresado a Cámara todavía.

Los ocho anteproyectos del MPP contienen algunos de los reclamos que presentó el Frente Amplio a la ciudadanía y al gobierno, cuando se reunieron las principales figuras de la oposición con el presidente Luis Lacalle Pou el pasado 31 de marzo.

Por un lado, plantean otorgar por 120 días, a partir de la aprobación de la ley, una renta mínima básica "equivalente a un salario mínimo nacional", para los trabajadores cuentapropistas, que contabilizan en unos 400.000, quienes generan sus ingresos "día a día" y ante esta situación especial corren "el serio riesgo de caer en la pobreza y en el peor de los casos, en la indigencia", si no se habilita esa ayuda económica. En tanto, consideran que "aquellas familias que perciban ingresos inferiores a un salario mínimo nacional" tienen el "derecho al cobro de la diferencia".

En tanto, proponen otro proyecto de ley que "pretende aliviar la dramática situación que viven quienes arriendan inmuebles y vieron afectado sus ingresos económicos, tanto total como parcialmente". Para ello habilita a los "arrendatarios y subarrendatarios" para "pagar en hasta tres cuotas el alquiler inmobiliario y demás gastos correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo del año 2020".

Se plantea que las cuotas sean "mensuales, iguales y consecutivas y deberán ser satisfechas indivisiblemente", plantea el texto, que precisa que en caso de optar por este beneficio "deberá comunicarlo al arrendador, por cualquier medio fehaciente, dentro del plazo de treinta días corridos siguientes a la fecha de vigencia de la presente ley", sino "caducará" dicho derecho.

En tanto, considera que los alquileres correspondientes a los meses donde se haya desarrollado la emergencia sanitaria "que no fueren abonados en la fecha acordada o prevista, no generarán recargos, intereses, multas o penalidades de tipo alguno".

El texto también contempla que los huéspedes de las pensiones "no podrán ser expulsados de las mismas, ni sus pertenencias retiradas, hasta tanto no cese la emergencia sanitaria" vigente.

Otro de los proyectos establece "suspender por el término de ciento veinte días, los despidos de trabajadores y trabajadoras, declarándose nulos los actos realizados en contrario y habilitándose la acción de reinstalación y el cobro de los correspondientes jornales caídos".

"A su vez, se suspende por el mismo término el derecho de los trabajadores de considerarse indirectamente despedidos, declarándose también nulos los actos realizados en contrario", agrega el texto.

Además, se faculta a las empresas a "adelantar el goce y pago de hasta el cincuenta por ciento de la licencia ordinaria y el correspondiente salario vacacional del ejercicio 2020".

El cuarto proyecto presentado por el MPP consiste en disponer como "obligatorio el aislamiento social para todos los habitantes y residentes del país y quienes se encuentren en él en forma transitoria, que hayan sido diagnosticados con COVID 19 o tengan los síntomas del mismo, a fin de proteger la salud pública e integridad de toda la población".

El proyecto precisa que esta medida "implica que las personas deberán permanecer en sus domicilios y residencias, no pudiendo desplazarse por ningún espacio del territorio nacional, vías, rutas, espacios públicos, a fin de prevenir el contagio y propagación del virus".

En tanto, introducen el plazo de aislamiento de "por lo menos durante catorce días".

Además, para "proteger al personal de la salud y racionalizar los recursos humanos disponibles en el sistema de salud", plantean la "elaboración, evaluación y/o actualización periódica de un protocolo de actuación para todas las instituciones de la salud", entre otras "medidas urgentes".

También plantean que el Poder Ejecutivo "exija" a todos los prestadores de salud "la mas amplia disponibilidad y accesibilidad de tests diagnósticos", de COVID-19.

En tanto, consideran que los trabajadores deben contar en su espacio de trabajo con "todos los elementos de protección personal contra el COVID 19, aprobados o recomendados por el Ministerio de Salud Pública".

Por otro lado, respecto al seguro de desempleo proponen, a través de otro proyecto de ley, la extensión del seguro de paro "a ciento ochenta días para los trabajadores con remuneración mensual". Para el caso de los jornaleros "el seguro de desempleo se extenderá a setenta y dos jornales". En tanto, esta medida se extendería "hasta el día 31 de diciembre de 2020", y luego cesarán los efectos de esta ley.

El MPP también plantea otro proyecto de ley para el caso de los deudores de préstamos con garantía hipotecaria para la adquisición de vivienda, quienes "acrediten que hubiesen perdido sus empleos o que hubiesen sufrido una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída sustancial de sus ventas (si fuesen empresarios), todo ello a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19".

Para estos casos, se plantea que puedan realizar "el pago de las cuotas generadas entre los meses de marzo y septiembre del año 2020 (así como las correspondientes prestaciones accesorias), en un régimen de facilidades de pago de hasta doce cuotas, sin ningún tipo de recargo, interés, multa o penalidad". En tanto, precisa que estas cuotas serán "mensuales, iguales y consecutivas y deberán ser satisfechas indivisiblemente".

Otro proyecto de ley del MPP plantea "exonerar" del pago de la tarifa de UTE, OSE y Antel a "los núcleos familiares cuyos integrantes no perciben ingresos de manera formal o fueren usuarios del MIDES".

Además, plantean otro texto en el que se suspende los plazos de prescripción y caducidad para el reclamo de créditos laborales, "durante el término de ciento ochenta días días a contar desde día 13 de marzo del 2020".

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