Directiva de Caja de Profesionales ratifica imponer timbre a cada consulta médica y se enfrenta al Ejecutivo

La propuesta, que comenzará a regir en agosto, había sido votada por la directiva en mayo. Implicará el cobro de $ 170 por cada intervención de un profesional en la historia clínica de un paciente

Caja de Profesionales Universitarios
Caja de Profesionales.
Estefania Leal/Archivo El Pais

Pese a las advertencias formuladas por el Poder Ejecutivo, en particular por el director nacional de Seguridad Social, Leonardo Di Doménico, el directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de los Profesionales Universitarios (CJPPU) ratificó la resolución adoptada en la sesión del 28 de mayo.

Al amparo del artículo 71 de la Ley 17.738, la paraestatal resolvió confirmar la imposición de un nuevo timbre de $170 para los usuarios de los servicios de salud, con el objetivo de obtener recursos adicionales frente a una situación económico-financiera deficitaria que arrastra desde hace al menos una década y que incluso requirió de un salvataje con asistencia del Estado votado en el Parlamento hace poco menos de un año.

A fines de mayo, el directorio que asumió en febrero resolvió comenzar a cobrar timbres a “a los informes emitidos por profesionales vinculados a consultas médicas y demás prestaciones sociales”.

La intención es que cada vez que un profesional médico escriba algo en la historia clínica de un paciente se cobre un timbre profesional de $ 170 por ello. La medida, que según relató un integrante del directorio a El País comenzará a regir a partir del 1° de agosto, fue ratificada este jueves por el directorio por 5 votos contra dos.

En mayo, también había sido votada por los dos representantes del Poder Ejecutivo Pablo Aguirregaray y José Antonio Iglesias en la primera reunión de directorio de la que participaban, pero ahora, tras conocerse la postura del gobierno, los dos delegados no apoyaron continuar con la medida.

En conversación con El País, el vicepresidente de la (CJPPU), Fernando Rodríguez Sanguinetti, afirmó que se “va a seguir adelante” con lo resuelto, mientras que se ofrece de acá al 1.° de agosto seguir negociando con el Poder Ejecutivo “para ver como se aplica la resolución” y si se puede encontrar otra solución.

Entre las principales molestias de los directivos de la paraestatal con el gobierno se considera que muchas de sus recomendaciones —o solicitudes— no fueron contempladas ni en el trabajo ni en el informe final elaborado por la comisión de expertos creada para proponer medidas que permitan mitigar la compleja situación financiera de la Caja, que registra déficits de varios millones de dólares por mes.

Entre ellas, se encontraba el planteo de incorporar como aportantes a los nuevos profesionales que comiencen a desempeñarse en relación de dependencia, un rediseño de la estructura de los timbres (bajarlos pero hacerlos más amplios) y que las unipersonales de profesionales aporten a la Caja en lugar de al Banco de Previsión Social (BPS).

"No lo vamos a derogar hasta que no nos pongamos de acuerdo en una fórmula que genere ingresos para la Caja que no nos quisieron dar", resumió Rodríguez Sanguinetti a El País.

En tanto, en lo previo a que se diera la sesión y con la intención de que se revirtiera la resolución, Di Doménico había dicho a El País que de ninguna manera el Poder Ejecutivo iba a permitir que la medida prospere y que se consideraba la resolución “irregular desde el punto de vista formal e inconveniente por su contenido y proyección social”.

Así se lo había hecho saber el jerarca al presidente de la CJPPU, Andrés Pérez, el pasado martes. “El directorio de la Caja de Profesionales no tiene facultades orgánicas para establecer o imponer este paratributo, ni tampoco el importe establecido que es una barbaridad”, comentó Di Doménico, en referencia a los $ 170 que se pretenden cobrar a partir de agosto por cada acto médico en la que medie la intervención de un profesional en la historia clínica del paciente.

En esta línea, detalló que la medida como fue propuesta comprende también “atenciones profesionales en emergencia y en internación”.

“Es un disparate. Cada vez que un profesional que opera en la salud actúa, que no necesariamente tiene que ser un médico, se registra. Y por cada registro que puede ser de dos palabras: $170. El Ministerio de Salud Pública hizo una estimación de acuerdo a los registros estadísticos y estaríamos hablando en un año piso una recaudación de US$ 60 millones. En uno techo, US$ 100 millones. Implicaría duplicar los aportes de la sociedad, es una barbaridad”, apuntó el ingeniero agrónomo que fue convocado para el próximo lunes por la directiva.

En esta línea, el jerarca de la cartera aclaró que el gobierno va a intervenir directamente para que no prospere la medida.

“No hay que perder de perspectiva que se trata de un instituto paraestatal. Por lo tanto, todo aquello que tenga que ver con seguridad social e implique una nueva instrumentación o estructura contributiva tiene que contar con la intervención del Poder Ejecutivo. Incluso entiendo que el MSP tiene potestad en este caso. Todos los precios que hacen al consumo de servicios de salud son regulados y fundamentales en la economía (del rubro). Esto alteraría groseramente la política de precios e incluso, te digo más, condenaría a mutualistas a su caída directamente. El Poder Ejecutivo en su plena facultad va a buscar el mecanismo legal más idóneo para revertir los efectos de la resolución”, concluyó.

Por su parte, la CJPPU defendió en un comunicado que la resolución "no se trata de una interpreptación ni de una creación administrativa de un tributo, sino que dispone aplicar una norma preexistenete cuya vigenca nunca fue derogada ni declarada inconstitucional".

"Nos referimos concretamente al timbre profesional previsto en el inciso A del artículo 71 de la Ley N° 17.738, vinculado particularmente a actuaciones profesionales plasmadas en historias clínicas, y a que la Caja no está extendiendo el tributo a un supuesto no previsto, sino aplicándolo en los casos no exceptuados por la normativa vigente", añadieron.

La alerta de la Junasa

La decisión, en primera instancia, provocó la reacción de la Junta Nacional de Salud (Junasa), que envió a la institución una carta fechada el 17 de junio para manifestar su rechazo a la medida.

En la misiva, a la que accedió El País, se hizo hincapié en que la resolución establece “en los hechos la incorporación de un nuevo costo asociado a la atención sanitaria, con impacto directo sobre los usuarios y sobre el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS)” y “resulta incompatible con los principios de universalidad, equidad y accesibilidad”.

“La medida implica un incremento de los costos de acceso a la atención médica, configurando un aumento indirecto de las tasas moderadoras y, por tanto, de las barreras económicas de acceso a los servicios de salud. Resulta particularmente sensible para usuarios con patologías crónicas, personas mayores y sectores de menores ingresos, quienes requieren una utilización más frecuente de consultas y controles médicos. La medida se orienta en sentido contrario a las políticas sanitarias que viene desarrollando el Ministerio de Salud Pública para reducir las barreras de acceso y facilitar la utilización de los servicios de salud”, advirtió la Junasa.

Se alertó, a su vez, sobre la posibilidad de impacto “relevante” en la sostenibilidad “económico-financiera” de algunas instituciones prestadoras de salud.

“En un contexto de alta sensibilidad respecto a los costos asumidos por los usuarios, incrementos adicionales en el acceso a consultas y prestaciones podrían incentivar procesos de migración desde prestadores privados hacían el subsector público, afectando los ingresos de las instituciones y generando mayores presiones asistenciales sobre ASSE”, alertó el organismo.

En respuesta, la CJPPU defendió su accionar al exigir el cumplimiento “de una obligación tributaria preexistente” y afirmar que es función legal de la institución cumplir con la fiscalización.

“Las consideraciones de política sanitaria no tienen entidad para enervar la aplicación de una norma tributaria vigente. Los argumentos relativos al impacto en el gasto de bolsillo, la equidad del sistema o las barreras de acceso constituyen consideraciones de mérito y oportunidad de política pública, pero no argumentos de legalidad”, argumentaron desde el directorio.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar