Casona de Punta Carretas: Tribunal rechaza recusación a juez; advierten peligro de derrumbe en edificio lindero

El juez Recarey estaba a punto de fallar sobre demoler la residencia o pedir que la empresa realizara nuevos apuntalamientos cuando fue recusado y ello detuvo el proceso; veredas y calles transitadas no fueron valladas

Interior de la casona de Punta Carretas parcialmente demolida.
Interior de la casona de Punta Carretas parcialmente demolida.
Foto: Expediente del Poder Judicial.

El Tribunal de Apelaciones de 4° Turno le dio la razón al juez civil Alejandro Recarey, quien calificó de "poco serio" un informe técnico presentado por la empresa que comenzó a demoler una casona de Punta Carretas que poseía vitrales de interés histórico. Así lo señalaron a El País fuentes del caso.

El fallo del Tribunal de Apelaciones se incluirá en el expediente judicial dentro de un mes. La empresa había presentado una recusación contra Recarey, según las fuentes, lo que detuvo durante semanas cualquier decisión que podría adoptar el juez: ya sea demoler la casa, pedir un mayor apuntalamiento o suspender su derribo en forma permanente.

En el expediente, al que tuvo acceso El País, consta que el juez Recarey ordenó detener la demolición de la casona ante una acción de amparo de la ONG "Patrimonio Activo". Ya se sabe que la casona no es considerada de valor patrimonial pese a que poseía vitrales de Arturo Marchetti, quien construyó los que hoy se encuentran en el Palacio Legislativo.

También se señala que el informe técnico presentado por la empresa consta de una sola carilla donde se describe las obras realizadas en la casona pero no se detalla ni demuestra el grado de avance de la destrucción de la finca y menos que ésta pone en riesgo de derrumbe la casona.

Pero más allá de la casona en sí, en el expediente se detalla que el edificio lindero, que fue adquirido por la empresa como parte de su proyecto, también corre riesgo de caerse. Ese edificio "en ruinas" es "potencialmente más peligroso" que la casona hoy apuntalada por orden del juez Recarey, según consta en el expediente judicial al que accedió El País.

Recarey, en un fallo fechado el 23 de setiembre pasado, dejó asentado que en ningún momento impidió a la empresa a fortalecer los "actuales apuntalamientos de madera" de la residencia con otros "mecanismos más eficaces" ni le negó que limpiara y cuidara el predio "con el fin de eliminar sobrecargas indebidas" que afecten la capacidad de resistencia de la finca.

El magistrado señaló que tampoco prohibió que la empresa terminara la destrucción del edificio lindero, situado frente al Club de Golf y de la Facultad de Ingeniería, sobre la avenida Julio María Sosa, una vía de tránsito muy concurrida que desemboca en la rambla del Parque Rodó.

"Sobre el edificio lindero (a la polémica casona) no pesa ninguna prohibición judicial. Ello despejaría totalmente la posibilidad de mayores agravíos (riesgos) a vecinos y/o transeúntes", advirtió Recarey en un escrito agregado al expediente.

Casona de Punta Carretas.
La casa de estilo está enclavada en punto estratégico: al costado de la cancha del Club de Golf y a poca distancia de la rambla.
Foto: Arquitecto Ghierra.

El magistrado también planteó que su decisión de detener la demolición de la residencia hasta no tener mayores estudios sobre su eventual valor patrimonial, "no le impide a la Intendencia de Montevideo realizar todas las medidas de 'policía edilicia' que estime pertinentes". "Ni aquellas que están destinadas a proteger a vehículos y transeúntes que circulen por las inmediaciones", agregó.

En otra sentencia fechada el 5 de setiembre, el juez Recarey señaló que en la denuncia de la ONG "Patrimonio Activo" hay una probable omisión estatal, ya que, en una audiencia, el director de la Unidad de Patrimonio de la IMM, arquitecto Ernesto Espósito, afirmó que la comuna no pidió a la empresa una prórroga para la demolición de la casona para "no perjudicar intereses creados".

De esta manera, Espósito se refería a los empresarios inmobiliarios propietarios del inmueble en cuestión, según dijo el magistrado en la sentencia.

Uno de los vitrales extraidos de la casona de Punta Carretas.
Uno de los vitrales extraidos de la casona de Punta Carretas.
Foto: Expediente judicial.

"Riesgo de derrumbe"

La empresa, propietaria de la casona y del edificio lindero, envió el 18 de setiembre una carta al juez Recarey señalando que no está dentro de sus "facultades" poder restringir la circulación tanto vehicular como peatonal en la zona. Agregó que tampoco poner señalización sin las autorizaciones por parte de la IMM.

"Se podría realizar un refuerzo de los apuntalamientos actuales siempre y cuando se nos permita entrar en el predio a realizar esas tareas", sostuvo la firma. Y advirtió que, como se señaló en otros informes, estos trabajos "no quitan el riesgo definitivo" de derrumbe de la casa y únicamente "estiran en el tiempo" una medida provisoria no definitiva.

Sostuvo que otra medida que se puede tomar es que "se nos deje continuar" con la demolición del padrón de la esquina —un edificio abandonado desde hace varios años según los vecinos—, dado que es otro permiso de demolición y no es el intimado.

"De esa manera buscaremos reducir riesgos hacia la vía pública. No se va a poder demoler en su totalidad dado que se pensó como una única demolición los dos padrones juntos, y su estabilidad va a seguir de manera temporal dado que continuará dependiendo de puntales, pero se puede realizar algún tipo de demolición parcial para por lo menos disminuir dicho riesgo", agregó la empresa.

El País pudo corroborar que hoy no hay ninguna medida de la IMM de prevención para peatones y autos en la zona considerada peligrosa por el juez Recarey y la empresa.

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