Caso de Julio Montero Castillo abre debate sobre pensiones graciables, ¿cuánto le salen al Estado?

Cada vez son menos las que se habilitan, pero el costo anual llega a ser de US$ 1.500.000; deben ser aprobadas por la Asamblea General.

JULIO MONTERO CASTILLO
Montero Castillo. Solicitaron pensión para el exfutbolista.
Foto: Archivo El País.

Las pensiones graciables son un instrumento tan viejo como la propia nación. Se trata de un premio a quienes han destacado con sus servicios en diversas disciplinas. Esta recompensa hoy le cuesta al Estado más de US$ 1,5 millones al año. Y el número de prestaciones que paga el Banco de Previsión Social (BPS) cae año a año.

La pensión solicitada para el exfutbolista Julio Montero Castillo promete reabrir un debate sobre la conveniencia y justificación del apoyo económico, como ya ocurrió cuando se discutió el mismo beneficio para el exjugador Antonio Alzamendi y algunos legisladores consideraron que los clubes que se beneficiaron de su actividad debían hacerse cargo de la situación.

La Constitución de la República redactada en 1830 estableció que una de las competencias de la Asamblea General sería “dar pensiones o recompensas pecuniarias o de otra clase, y decretar honores públicos a los grandes servicios”. Y con esa misma redacción permanece en la actual Constitución.

La pensión graciable es un beneficio que otorga el Poder Legislativo a ciudadanos destacados y a sus familiares directos (hijos o padres) que carezcan de recursos suficientes para mantenerse. Se trata de un reconocimiento que se materializa en una pensión monetaria vitalicia para él o sus familiares directos. Se aprueba mediante voto secreto y requiere de la mayoría absoluta del total de componentes de la Cámara.

Pueden postularse quienes hayan prestado “grandes servicios a la República”, o haberse destacado en el arte, cultura, deportes o actividades científicas, o ser familiares directos de éstos, y encontrarse en situación de “notoria necesidad económica”.

La primera pensión se otorgó el 12 de julio de 1830 y fue concedida a Doña Teresa Cruz de Calatayud. Fue una “gracia extraordinaria” equivalente a la mitad del sueldo que disfrutaba su finado esposo de Oficial de Resguardo.

El proyecto más reciente enviado por el Poder Ejecutivo al Parlamento es para beneficiar al exfutbolista de 82 años Julio Montero Castillo, padre de Paolo, también destacado futbolista que entre 1992 y 2005 brilló jugando en Italia para el Atalanta y la Juventus.

Para Montero Castillo, ganador de la Copa Libertadores e Intercontinental con Nacional en 1971 y campeón sudamericano con Uruguay en 1967, el Ejecutivo solicita una pensión graciable equivalente a $ 27.456 ($ 330.000 al año).

Las pensiones graciables suelen tomar estado público cuando se conceden o se proponen para futbolistas, aunque la mayoría de quienes las perciben son mujeres: representan más del 70%. Esto se debe a que muchas pensiones en el pasado fueron concedidas a viudas, hijas o madres de personas cuyos servicios habían sido reconocidos por el Estado. Por eso, la distribución por sexo del conjunto de prestaciones no refleja necesariamente quién realizó el mérito originalmente invocado en la ley.

Comisión

Así aprueban las pensiones

Desde 2006 existe una Comisión Permanente para el Tratamiento de las Pensiones Graciables en la órbita del Ministerio de Educación y Cultura. Su creación buscó ordenar y tecnificar un proceso que, hasta entonces, era tramitado directamente por cada gobierno.

La comisión está integrada por representantes del Ministerio de Educación y Cultura, que la preside; del Ministerio de Economía y Finanzas; del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; del área estatal competente en deporte, y del BPS. Cualquier persona física o jurídica puede promover una solicitud, pero debe presentar ante el MEC la documentación que pruebe tanto los méritos invocados como la situación económica. La comisión dispone de amplias facultades para estudiar los antecedentes, requerir información y realizar el seguimiento del expediente. La ley le otorga, en principio, 90 días para pronunciarse desde la recepción de la solicitud. Su dictamen se comunica al Poder Ejecutivo, pero no es vinculante. Esto significa que el gobierno puede promover una pensión recomendada por la comisión, descartar una recomendación favorable o avanzar aun cuando el dictamen no lo obligue. Si el Poder Ejecutivo entiende que corresponde concederla, remite un proyecto de ley nominativo al Parlamento. En el caso de Montero Castillo, el gobierno recogió el pronunciamiento favorable y unánime de la comisión. El proyecto debe ser aprobado por ambas cámaras. La votación es secreta y necesita la conformidad de la mayoría absoluta.

Beneficio en caída

Tal vez los casos más notorios fueron los que involucraron a jugadores integrantes de los planteles campeones olímpicos y de mundiales de fútbol (1924, 1928, 1930, 1950), que recibieron en 1967 una pensión de $ 5.000 mensual para cada uno. En 2004 se concedieron pensiones graciables equivalente a cinco salarios mínimos nacionales a diecinueve deportistas uruguayos que obtuvieron medallas olímpicas en las olimpíadas realizadas en Londres (1948), Helsinki (1952), Melbourne (1956), Tokio (1964) y Sidney (2000).

Pero más allá del ruido mediático que puede generar la pensión para Montero Castillo o la solicitada en junio del año pasado al Poder Ejecutivo desde el Parlamento para el artista Carlos Perciavalle, lo cierto es que el total de pensiones graciables que paga el BPS está en caída. En el año 2000 el BPS pagaba mensualmente 399 pensiones. Hoy son poco más de 160 cada mes. Si se toman en cuenta los últimos cinco años, el promedio anual no llega a 180 prestaciones. El total de pensiones ha caído un 60% con respecto a las que servían a comienzos de los años 2000. La disminución se explica porque las bajas por fallecimiento superan las nuevas incorporaciones. El desembolso anual del Estado en 2025 fue de $ 63.288.000, es decir, poco más de US$ 1,5 millones.

El último estudio específico del BPS, elaborado por su Asesoría Económica y Actuarial con información de 2024, determinó que el monto mensual promedio era entonces de $ 31.348. Eso representaba unos $ 376.176 al año por pensión.

El promedio resulta mayor que el mínimo de cuatro BPC porque no todas las prestaciones fueron concedidas en las mismas condiciones ni comenzaron con el mismo importe. Algunas leyes históricas establecieron montos superiores y el régimen de reajuste acumulado también generó diferencias entre los beneficios.

El BPS actúa como administrador y pagador, pero el costo no se financia con los aportes personales y patronales que sostienen el sistema jubilatorio. Las pensiones graciables son de cargo de Rentas Generales. El gobierno central reintegra mensualmente al Banco los importes abonados.

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