El Tribunal de Apelaciones falló el 12 de diciembre, en una audiencia celebrada en Montevideo, en contra de la jueza de 1a Instancia de Durazno, Patricia Hornes, quien había promovido de oficio un habeas corpus en favor de trasladar a un preso.
La determinación de la jueza había sido tomada el 20 de noviembre, luego de afirmar que un preso recluido en la Unidad 18 de Durazno, estaba siendo torturado y recibía malos tratos por parte del director de la unidad, Rodrigo Silva, y también del personal policial.
Previo a la resolución, y en su rol de jueza de Ejecución, Hornes se entrevistó con el preso, quien desde las defensas de Interior y de Silva aseguran que la convenció de que estaba siendo maltratado. También existió una reunión con Silva.
Desde el Ministerio del Interior fue apelada esta resolución por entender que no existían pruebas que demostraran los dichos del preso y su defensa. Además, tanto este organismo como la defensa del director de la Unidad Penitenciaria, entendieron que la jueza no fue imparcial al momento en su sentencia.
Fue planteado también, y finalmente aceptado por el Tribunal, que el recurso de habeas corpus no fue legítimo, debido a que la magistrada actuó como jueza de Ejecución y Vigilancia, y que como tal tenía otras facultades.
La vía del habeas corpus pudo ser utilizada solo si entendía que no era posible resolver la situación de otra manera, lo que el Tribunal -conformado por los ministros Julio Olivera Negrín, Pedro Salazar y José María Gómez- consideró que debió haber ocurrido.
“Al promover el Habeas Corpus la Magistrada queda desprovista de jurisdicción por cuanto la manida promoción tiñe la imparcialidad exigible a todo decisor”, dice la sentencia a la que accedió El País.
Otro de los argumentos que dio la defensa en representación de la cartera, fue que el habeas corpus es una vía que se emplea en casos de urgencia, no considerando este como uno de ellos ya que entre la toma de conocimiento de los hechos y la sentencia final transcurrió cerca de un mes.
Sumado a esto, al momento del habeas corpus, la jueza decidió hacia donde sería trasladado el preso, algo que le compete al Instituto Nacional de Rehabilitación (INR).
El centro elegido por Hornes para el preso fue la Unidad 19 de Florida -en la que está recluido el exsenador Gustavo Penadés.
Por parte de la defensa de Silva se afirmó que el recluso logró su objetivo con el traslado. Presumen que este era irse de la Unidad porque no se adaptó al sistema que allí imperaba, además de estar más cerca de su hija.
La denuncia
Según pudo saber El País, el preso denunció que había sido enviado a una celda a modo de castigo, donde además se le había quitado parte de su ropa.
La defensa de Silva expresó que el recluso incumplió con un artículo del Reglamento de Disciplina y Convivencia habiendo “desafiado a la autoridad del director en frente de otros presos”. Señalaron también que el privado de libertad se negó a realizar las tareas de aseo asignadas.
Además, según informó La Diaria y pudo saber El País, la jueza Hornes descartó argumentos brindados por funcionarios policiales en los que hacían referencia a que se le habían quitado ciertas prendas de ropa para evitar un posible suicidio.
Incidentes registrados en Unidad 18
El mismo día que el Tribunal de Apelaciones falló contra la jueza -el martes 12 de diciembre- se registraron varios conflictos entre reclusos de la Unidad Penitenciaria Nº 18 del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR).
Según la información de fuentes policiales, esa noche se produjo un enfrentamiento entre 19 presos recluidos en el centro penitenciario ubicado en las afueras de la ciudad de Durazno.
Estos hechos desencadenaron múltiples incidentes que se extendieron a lo largo de la noche. Como consecuencia de los conflictos, se registraron tres heridos.
Según informaron medios departamentales, los funcionarios policiales respondieron utilizando munición no letal y lanzando gas lacrimógeno con el objetivo de disuadir los incidentes que no cesaban.
En respuesta a los hechos y como medida de precaución, se decidió trasladar a 12 presos hacia cárceles de Montevideo. Algunos están ahora en Santiago Vázquez -ex Comcar- y otros en Punta de Rieles.
Actualmente, fuentes policiales consultadas por El País aseguraron que la situación “está controlada”.
JUEZ DE EJECUCIÓN Y VIGILANCIA
Dentro del rol de Hornes como jueza de Ejecución y Vigilancia, el ar- tículo 288 del Código del Proceso Penal establece que -entre otros- tiene como cometido “salvaguardar los derechos de los internos que cumplan condena, medidas de seguridad o prisión preventiva”. También debe “controlar la regularidad de las sanciones disciplinarias impuestas a los penados”.