Tribunal de Apelaciones confirmó imputaciones a Besozzi y la cúpula de la Intendencia de Soriano

En la semana previa a las elecciones departamentales, habían conseguido que la jueza del caso, Ximena Menchaca, flexibilizara sus medidas cautelares.

Compartir esta noticia
Guillermo Besozzi, intendente electo de Soriano
Guillermo Besozzi, intendente electo de Soriano
Foto: Mateo Vázquez.

Redacción El País.
El Tribunal de Apelaciones de 4to Turno confirmó la imputación del intendente electo de Soriano, Guillermo Besozzi, por siete delitos de corrupción pública. Lo hizo por dos votos contra uno.

También confirmó las imputaciones a los otros integrantes de la cúpula de la intendencia que fueron formalizados, informó El Observador y confirmó El País con fuentes del caso.

La decisión de confirmar la imputación fue tomada por los ministros Adriana de los Santos y Luis Charles. Ellos descartaron tanto el pedido de nulidad de la defensa como sus críticas al pedido de formalización fiscal. Los principales argumentos de los defensores de Besozzi —Juan Fagúndez, Pedro Vera y Nelson Rosa— para pedir la nulidad de la causa fue que no se respetaron las garantías de su cliente. "Estuvo en indefensión", dijeron.

Esto, debido a que la fiscal Stella Alciaturi investigó su caso por aproximadamente dos años y nunca los citó a declarar. Luego de eso, se los detuvo y se los imputó el mismo día. Durante esas horas, los abogados tuvieron que procesar toda la información para defenderlos en la audiencia de formalización.

De los Santos y Charles remarcaron, en primer lugar, que la ley no impone plazos a la Fiscalía para realizar una investigación (siempre antes de que esa investigación se formalice, momento en que empiezan a correr otros plazos). Si bien, explicaron, hay una desigualdad entre la Fiscalía y la defensa, esta es general y natural. La Fiscalía investiga con el aparato del Estado y los abogados no tienen esa posibilidad.

Además, criticaron que los defensores de Besozzi se hayan quejado de que solo tuvieron algunas horas para analizar la información de la carpeta. La Constitución prevé que una persona puede estar detenida sin ser imputada por 48 horas, pero ellos pidieron que se los formalice el mismo día para que no tuvieran que pasar una noche encarcelados, sostuvo el Tribunal.

"Decir ahora que el plazo no fue suficiente cuando por lo menos pudo haber sido ampliado en 24 horas, indubitablemente priva de todo efecto convictivo al argumento", indicaron los ministros.

Por otra parte, la crítica de que Besozzi no fue citado a declarar a Fiscalía antes de su formalización "resulta una argumento más efectista que efectivo", consideraron. Especialmente porque, surge de los teléfonos, sabían que había una investigación en curso y, teniendo el derecho a presentarse en Fiscalía a pedir que se los informe al respecto, no lo hicieron. "Su 'no hacer' no puede ser endilgado a una afectación de las garantías procesales", dijeron De los Santos y Charles.

"En suma, en una fase caracterizada por desequilibrios entre las partes, los que provienen como se reseñó anteriormente de los medios investigativos que disponen unos y otros, no se afectaron derechos y/o garantías de imputados que conlleven a la nulidad pretendida", concluyeron.

A su vez, recordaron que el estándar para imputar a una persona es que el relato fiscal cumpla "con la pautas de verosimilitud y probabilidad razonable respecto a que la conducta de los imputados se adecua típicamente a las figuras ilícitas reclamadas", lo que en este caso ocurrió.

En la semana previa a las elecciones departamentales, habían conseguido que la jueza del caso, Ximena Menchaca, flexibilizara sus medidas cautelares. Pasaron de cumplir arresto domiciliario a estar en un régimen de libertad vigilada. Una de las condiciones impuestas a Besozzi es que tiene prohibido ingresar a la Intendencia de Soriano o sus dependencias.

La resolución de Menchaca fue apelada por la nueva fiscal del caso, Charline Ferreyra.

La ministra que quiso anular el caso contra Besozzi

La ministra Gabriela Merialdo, por su parte, discrepó con la mayoría y argumentó que la formalización de Besozzi y la cúpula dirigencial de la intendencia debió ser anulada porque hubo "un quebrantamiento de normas procesales esenciales y garantías constitucionales e internacionales".

En primer lugar, apuntó a la forma de actuar de la primera fiscal del caso, Stella Alciaturi. "Es carga de la Fiscalía en la solicitud de formalización identificar de manera precisa y circunstanciada los hechos, los imputados, su participación, la calificación jurídica provisional y los elementos objetivos que fundan la sospecha. Tal carga fue incumplida", consideró y agregó: "La lectura de 110 páginas de una relación de hechos desordenada, con mención confusa y yuxtapuesta de personas, hechos y pruebas, sin que el Juez ni la defensa tuvieran posibilidad de comprender cabalmente la imputación, no satisface el estándar legal ni convencional".

Por otra parte, consideró que el haberlos detenido e imputado sin haberlos citado previamente a declarar, demuestran que utilizó un "modelo inquisitivo encubierto, proscripto por la Constitución y por los tratados internacionales suscritos por la República".

Por último, opinó que "la entrega de 17 carpetas y 11 subcarpetas con escasas horas previas a la audiencia constituye una denegación de hecho de ese derecho".

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar