SCJ condenó al MSP a dar información de fallecidos vacunados contra el covid-19

Suprema Corte de Justicia. Foto: Darwin Borrelli
Edificio de la Suprema Corte de Justicia, Palacio Piria, en Plaza Cagancha, Montevideo, ND 20170728, foto Darwin Borrelli - Archivo El Pais
Darwin Borrelli/Archivo El Pais

JUDICIALES

En mayo de 2021 una persona requirió a la cartera datos que no le dieron en su totalidad, por lo que inició una acción para que el Poder Judicial ordene que los suministre.

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El juez de lo Contencioso Administrativo Gabriel Ohanián condenó el 16 de agosto de 2021 al Ministerio de Salud Pública(MSP) a brindar información a un funcionario municipal que demandó a la cartera tras la negativa ante su solicitud. El trabajador quería datos sobre la cantidad de personas fallecidas en Uruguay por cualquier causa desde el 1° de marzo hasta el 26 de abril de 2021, con especificación de cuántas de esas personas habían recibido, a la fecha de su muerte, vacunas contra el covid-19 (con indicación de fecha, cantidades y nombre del laboratorio).

El 13 de mayo de 2021 el funcionario municipal requirió al MSP toda esa información, pero se le proporcionó en forma incompleta. Esto motivó el inicio de una acción a efectos de que el Poder Judicial ordene a la referida Secretaría de Estado a que le suministre lo faltante.

Además de estos datos, el demandante solicitaba que Salud Pública le proporcionara un detalle de la cantidad de uruguayos con resultados de test PCR o test de antígenos positivo en el mismo lapso, con especificación de cuántas de esas personas habían recibido vacunas a la fecha de realización del test y cuál de las vacunas.

Sin embargo, el ministerio apeló a la sentencia y el 6 de setiembre del año pasado la Justicia falló: “Revócase la sentencia apelada y, en su lugar, declárase que el MSP ha dado cumplimiento a la solicitud de información pública sustanciada, suministrando los datos disponibles en su esfera de influencia”.

La cartera se amparó, entre otras cosas, en los límites del acceso a la información pública establecidos en el artículo 14 de la ley 18.381. Allí se indica que los sujetos no están obligados a crear o producir información que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido.

Luego de que se conociera la revocación, el funcionario finalmente decidió utilizar un recurso de casación, es decir, solicitarle a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) la anulación de la sentencia dictada en segunda instancia. La Corte le dio la razón al funcionario, por unanimidad de sus miembros naturales, y el fallo es definitivo. No existe la posibilidad de que ocurra otra apelación.

Los argumentos.

La defensa del funcionario municipal señaló que la ley 18.381 se aplicó mal dado que no se le solicita a la Secretaría de Estado el “crear” o “producir” información nueva o inexistente, sino que lo que debe hacer el organismo es recopilar datos que están dispersos en diversas áreas. Y enfatizó que no es cierto que el MSP hubiera mostrado predisposición a brindar la información solicitada.

En este sentido, mencionó que el 23 de mayo de 2021, el Grupo Asesor Científico Honorario (GACH) divulgó un informe titulado “Reducción de mortalidad por vacunas en infectados Covid-19 en Uruguay: análisis preliminar del periodo 1/1/2021-23/04/2021”. En este documento se dejó constancia de que para su elaboración les fue suministrada una “planilla de datos” que cruzaba distintas fuentes procedentes de sistemas, entre ellos el registro de vacunas y el registro de certificados de defunción electrónica. Por lo que queda claro que el MSP cuenta con la información, según lo expuesto por el funcionario.

El juez se pronunció en el mismo sentido: “El MSP tiene la información respecto de todos los vacunados y fallecidos, aunque compilada en distintas bases de datos, cuyo cruzamiento permitiría suministrarle al actor los datos que reclama”.

En tanto, el demandante señaló que de no obtener la información significa, “lisa y llanamente, tolerar en forma indefinida una ‘opacidad inentendible‘ y un grave incumplimiento de la autoridad sanitaria nacional”.

En el desarrollo del juicio, la cartera entregó un informe preliminar de defunciones durante 2021 a cargo del Departamento de Estadísticas Vitales, con detalle de las causas de muertes en el país en el período enero-junio. Aunque, para el juez Ohanián, esos datos cumplen en parte con una de las solicitudes, advierte que no se responden las preguntas acerca de cuántas de las personas fallecidas habían recibido vacunas contra el covid-19 y si eran Pfizer o Sinovac.

Por su parte, un jerarca del MSP dijo que los datos de los fallecidos se cierran en marzo del año siguiente y recién en junio, una vez depurados, se publican. Y agregó que ello supondría aguardar hasta este mes, junio de 2022, para observar la incidencia del virus en la mortalidad.

En la sentencia, Ohanián expresa que “es consciente” de que el personal del MSP se encuentra abocado a enfrentar “un hecho calamitoso” sin antecedentes en el mundo moderno, pero también es “su obligación” disponer que se cumpla con la ley de acceso a la información.

En 2019 el MSP pagó más de US$ 20 millones en juicios

El Ministerio de Salud Pública (MSP) gastó más de US$ 20 millones en juicios del 2019 por recursos de amparo de pacientes que reclaman acceder a un medicamento oncológico o artículo médico quirúrgico que son considerados de alto costo. En 2018, el gasto por los mismos conceptos fue de aproximadamente US$ 10 millones. Año a año aumenta la cantidad de juicios al Estado por medicamentos de estas características. Según datos del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho, pasaron de 117 demandas en 2017 a 221 en 2018 y al menos 294 en 2019.

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