ALBERTO FERNÁNDEZ
Como el caso de Fernández se rige por el viejo Código de Proceso Penal, el empresario irá a prisión y permanecerá allí hasta que se de la sentencia.
Alberto Fernández, empresario y dueño de la pesquera Fripur, estaba citado para hoy viernes por el juez penal Nelson Dos Santos. Sin embargo, no se hizo presente. De todas maneras, el magistrado dispuso el procesamiento con prisión de Fernández y su detención. Dos Santos dijo a El País que la resolución se tomó "dentro del proceso".
Sobre las 13:45 la Policía informó a Dos Santos que había concurrido a la casa de Fernández para detenerlo, pero que no lo había encontrado allí. Dos Santos les informó que tenían que cumplir con la resolución, por lo que ahora la Policía busca al empresario.
En tanto, en la noche del viernes, fuentes del entorno del empresario indicaron a El País que Fernández se entregaría el lunes. Los mismos informantes indicaron que los abogados del empresario quisieron llevarlo hoy de tarde, pero que el "juzgado ya estaba cerrado".
Como el caso de Fernández se rige por el viejo Código de Proceso Penal, el empresario irá a prisión y permanecerá allí hasta que se de la sentencia.
En la sentencia, a la que accedió El País, se especifica que se le imputó la autoría de dos delitos de u201cdisposición de cosas prendadas en violación al Art. 10 de la ley N° 17228u201d. Además, dice que fue "especialmente agravado por la importancia del monto del perjuicio causado" y que ambos fueron "en régimen de reiteración".
En el fallo también dice que, en su calidad de vicepresidente del directorio de Fripur S.A., participó de manera activa en la gestión de la empresa. Por lo tanto, u201ctenía bajo su control la totalidad de la mercadería giro de la misma y obviamente aquella que fue comprometida en garantía de préstamos obtenidos del BROU así como del pago de contribuciones de seguridad social con el BPS y enajenada en contravención a la forma establecida en el Art. 10 de la ley N° 17228u201d.
Ese expediente se inició en 2016 a partir de una denuncia penal del Banco República (BROU).
Alberto Sanes, su abogado, justificó la ausencia en un documento enviado al juez. "La convocatoria fue ordenada en el día de ayer 'de mandato verbal' y fue enviada a mi correo electrónico judicial recién a las 13:14 horas, es decir, luego de que hubiere cerrado el juzgado", indicó y explicó que además le coincidía con otra audiencia previamente fijada.
"Por otro lado llama poderosamente la atención la premura con la que se realizó la citación de autos, formulándose en un horario inhábil, para el día siguiente y en el primer minuto hábil del mismo, cuestión ésta que se ha repetido desde que intempestivamente la señora Fiscal arremetió con su acto de imputación al indagado, como ya se ha denunciado", agregó Sanes entre los 15 puntos que presentó para explicar la ausencia de su defendido.
También remarcó que "no existen razones de fondo ni de forma que ameriten el proceder de la Sede".
Asimismo, agregó: "Nuestro defendido se trata de una persona de avanzada edad y que, como se sabe, con serios y críticos problemas de salud (...) A su vez, como es sabido, tiene las fronteras cerradas y su centro de intereses vitales en nuestro país. Piénsese que es imposible que se pudieran cometer los propios delitos que se le imputan, aunque así se quisiera".
"La Sede deberá velar por el respeto a las garantías procesales y, sobre todo, por el debido respeto al derecho a la defensa", añadió.
En la sentencia se explica que u201ca juicio de la Sedeu201d no se justificó en u201clegal forma a la incomparecencia a la audiencia convocadau201d ya que no se alegó u201ccausa de fuerza mayor o similaru201d. Además, dice que u201cno puede tildarse sin más de sorpresiva la convocatoria a audiencia realizada en la víspera si se analiza el discurrir de estas actuaciones en los últimos sesenta díasu201d.