Por fallo dividido, Tribunal revocó una sentencia y condenó al exdirector de la Guardia Republicana

El caso tuvo varias idas y vueltas que hicieron que casi no llegara a juicio, pero por decisión de la Corte se siguió adelante; defensa impugnó la sentencia.

Asuncion de autoridades de la Guardia Republicana
Rovert Yroa fue director de la Guardia Republicana y jefe de Policía de Colonia
Foto: Archivo El País

El Tribunal de Apelaciones de 3er Turno,
por tres votos contra uno, revocó el fallo de la jueza Mercedes Reyes, quien había dispuesto el sobreseimiento del exdirector de la Guardia Republicana, Rovert Yroa. En esta votación dividida, los ministros definieron condenarlo —tal como solicitaba la Fiscalía— por el delito de tráfico de armas a una pena de diez meses de prisión, según surge de la sentencia a la que accedió El País. La decisión será revisada por la Suprema Corte de Justicia.

El proceso judicial ha tenido diversas instancias: previo al juicio oral, la defensa había logrado el sobreseimiento del exjerarca argumentando que los hechos imputados no constituían delito al momento de su ejecución. En aquel entonces, el Tribunal de Apelaciones de 2do Turno respaldó esta postura, pero la Fiscalía recurrió ante la Suprema Corte de Justicia, la cual determinó que el juicio debía celebrarse. Posteriormente, la jueza Reyes resolvió la absolución de Yroa.

La Fiscalía apeló nuevamente y el Tribunal de Apelaciones de 3er Turno, integrado por los ministros Julio Olivera, José María Gómez y Luis Charles, falló a su favor. El voto discorde fue emitido por el ministro suplente Gabriel Ohanián. La tesis de la fiscalía, encabezada por Gilberto Rodríguez, sostiene que en 2016 Yroa cometió un delito que se había gestado años atrás. En 2007, el entonces jerarca integraba una comisión asesora del Ministerio del Interior encargada de recomendar la adquisición de armamento; en ese marco, se recomendó la compra de tres rifles de francotirador, cuyo uso y adquisición estaban restringidos exclusivamente al Estado y a coleccionistas.

Aunque el Poder Ejecutivo autorizó la compra de dos unidades, Yroa contactó al importador para adquirir un tercero, el cual pagó de su bolsillo, aunque la factura fue emitida a nombre del ministerio.

Pese a que dicho accionar podría haber configurado un delito de abuso de funciones, este prescribió antes de la denuncia penal. No obstante, la Fiscalía argumenta que, en 2016, al intentar vender el arma, el comprador no pudo inscribirla en el Servicio de Material y Armamento (SMA). Según los fiscales, esto demuestra que Yroa carecía de autorización para transferirla, puesto que el arma no le pertenecía.

Ante este nuevo fallo condenatorio, la defensa del exjerarca ha resuelto presentar un recurso ante la Suprema Corte de Justicia.

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