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Jueza niega inmunidad a OPS y continúa juicio

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El expediente judicial señala que la OPS fue notificada del juicio en varias oportunidades. Foto: archivo.

RECHAZA PETICIÓN

Debe fallar sobre embargo por US$ 332.000 a organización.

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La jueza civil de 18° Turno, Estela Jubette, no hizo lugar al pedido de nulidad de un juicio en contra de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

La petición fue realizada por el estudio jurídico Rueda Abadi Pereira en representación del organismo internacional, argumentando que esta posee inmunidades similares a una sede diplomática.

La Organización enfrenta desde 2004 un reclamo por daños y perjuicios realizado por un exconsultor, de profesión odontólogo. Una sentencia en primera instancia falló a favor del consultor y decretó un embargo en contra de la OPS por US$ 332.045, más intereses.

El demandante trabajó para la OPS entre 1996 y 1998 en el marco de un contrato de arrendamiento de servicios. Armó un proyecto de salud bucal que fue desarrollado entre la organización y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). A su juicio, se le ofreció el cargo de gerenciador del proyecto y luego se lo desplazó en forma que consideró injusta.

La OPS no se presentó al juicio durante 10 años. Ello obligó al anterior juez de 18° Turno, Alberto Reyes, hoy ministro del Tribunal de Apelaciones y presidente de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU), a nombrar a una abogada de oficio para que el organismo no cayera en indefensión.

La OPS enviaba notas al Ministerio de Relaciones Exteriores sobre el proceso que luego eran anexadas al expediente. En ningún momento el organismo envió un escrito al entonces juez Reyes o a la actual jueza del caso. Recién el 24 de diciembre de 2018, a través del estudio Rueda Abadi Pereira, la OPS presentó un escrito pidiendo tres puntos:

1) Que se la ampare en su inmunidad de jurisdicción (los juzgados de Uruguay no pueden juzgar a un organismo internacional) y de ejecución (sus bienes no pueden ser embargados).

2) Que la jueza Jubette levante en forma inmediata las medidas de ejecución (embargo por US$ 332.045) de una cuenta de la OPS en el Citibank.

3) Que se declare la “nulidad absoluta” de todo lo actuado por inmunidad de la OPS y “falta absoluta” de jurisdicción de los tribunales uruguayos en la etapa de conocimiento del juicio como de ejecución de sentencias.

La jueza Jubette desestimó el planteo de la OPS señalando que esta no posee inmunidad de jurisdicción.

Alegó que ese tema se zanjó en una sentencia pasada. La OPS tenía un plazo legal de 20 días para presentar un recurso de apelación y no puede hacerlo una década más tarde.

En su fallo, Jubette señaló que la OPS conoció la existencia del juicio y por más de 10 años. Y agregó que esta fue notificada en “reiteradas oportunidades” en su domicilio ubicado en el Estado de Virginia, Estados Unidos.

Por ahora, lo que queda por dilucidar en el Juzgado Civil es si el organismo posee inmunidad de ejecución -si sus bienes pueden ser ejecutados tras un litigio- y el levantamiento o no del embargo.

Trancado

Jubette asumió en 2007 al frente del Juzgado Civil de 18° Turno. Uno de los casos que debía analizar era el reclamo contra la Organización Panamericana de la Salud.

En agosto de 2008, el expediente llegó a su despacho. Jubette decidió suspender la audiencia para estudiar a fondo el asunto. Poco después, desestimó la demanda iniciada por el consultor por considerar que la OPS tenía inmunidad de jurisdicción.

El 23 de abril de 2009, el consultor apeló el fallo de Jubette. El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3er Turno confirmó la sentencia de Jubette señalando, en 2010, que la magistrada carecía de jurisdicción para juzgar a la OPS.

El consultor interpuso un recurso de casación y el caso fue a estudio de la Suprema Corte, Dicha Corporación revocó el fallo del Tribunal de Apelaciones y dispuso que el expediente retornara a la jueza Jubette para que se pronunciara sobre la demanda del consultor.

Ante los pronunciamientos de la Corte y del Tribunal, la jueza Jubette decidió amparar la demanda del consultor y condenó a la Organización Panamericana de la Salud a indemnizar al demandante por lucro cesante y daños.

MÁS

Enrique Iglesias fue testigo en el juicio

El demandante, de profesión odontólogo, trabajaba para la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Relató que elaboró un proyecto de salud oral, el que fue presentado en Washington, Estados Unidos. Se trató de una de las primeras iniciativas de la OPS junto con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), dirigido en aquel momento por el uruguayo Enrique Iglesias.

El demandante, que solicitó el anonimato, expresó que le prometieron en la OPS un puesto de relevancia en caso de que saliera el proyecto.

“Pero hicieron un acomodo de cargos en Washington y fui desplazado. Trabajé por promesas (de jerarcas de la OPS) que fueron plasmadas en mails. Por eso gané el juicio en primera instancia”, señaló. Recordó que, luego de no obtener el cargo prometido, el propio Enrique Iglesias le sugirió que iniciara una demanda y se ofreció de testigo, cosa que ocurrió meses más tarde.

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