Fiscalía reúne evidencias para acusar a padres de bebé de ocho meses que estuvo intoxicada con cocaína

La semana pasada se les extendió la aplicación de medidas cautelares mientras esperan que la Fiscalía recabe la prueba que falta para acusarlos formalmente

Juicio por caso Yamandu Orsi
Patrullero en un operativo policial.
Foto: Estefania Leal.

La Fiscalía de Violencia Doméstica comunicó la semana pasada a la Justicia que aún restan obtener algunas evidencias para poder acusar formalmente a los padres de una bebé que resultó intoxicada con cocaína cuando tenía ocho meses de edad. El hombre de 43 años y la mujer de 27 fueron imputados penalmente en abril de este año por delitos de omisión a los deberes inherentes a la patria potestad y lesiones graves culposas.

Ambos están sujetos a medidas de mínima intensidad —el deber de fijar domicilio y prohibición de salir del país— puesto que se entiende que la investigación no corre peligro si ellos se encuentran en libertad. Estas se vencían en julio y fueron prorrogadas por la Justicia a pedido de la Fiscalía. Fueron fijadas hasta fines de octubre, momento en que, sostuvieron los fiscales, esperan poder presentar la demanda acusatoria.

La niña está al cuidado de su abuela por disposición del juzgado de Familia Especializado que interviene en el caso. En la audiencia de formalización, el fiscal indicó que no pediría la restricción de comunicación con la bebé puesto que no quería "proponer medidas con el mismo alcance" que las dispuestas por el juzgado mencionado.

El caso en el juzgado de Familia Especializado comenzó a fines de abril de 2025, pero los padres fueron imputados penalmente en el mismo mes de 2026. En ese momento, la Fiscalía de Violencia Doméstica de 1er Turno, a cargo de Schubert Velázquez, afirmó que era usual que la pareja consumiera cocaína en el hogar familiar en presencia de su hija.

El sábado 13 de abril de 2025 durmieron a la bebé en un dormitorio y ellos empezaron a consumir en un ambiente contiguo, aseveraron los fiscales. En determinado momento de la madrugada, la madre se dio cuenta que la niña no estaba respirando, por lo que la llevó al baño, le mojó la cara y llamó a la emergencia. La médica que la atendió le indicó cómo tenía que hacer para aplicarle maniobras de RCP, y así logró que recuperara la respiración. Luego llamó a la Policía.

La niña fue asistida y los padres fueron llevados a declarar a una dependencia policial. "Casi le dio un paro cardíaco", sostuvo una de las fiscales que intervino en la audiencia. Tras realizarle varios exámenes, los médicos detectaron que la bebé tenía cocaína en el organismo.

Aunque los estudios no permitieron determinar si la droga fue administrada intencionalmente o por error, sí permitieron aseverar que la niña estuvo expuesta a la sustancia y tuvo una "intoxicación leve".

A su vez, la Fiscalía accedió a parte de su historia médica y descartaron que la ingesta haya sido a través de la leche materna, puesto que para ese momento la bebé tomaba fórmula. Además, para el momento en que ocurrieron los hechos, la menor tenía ocho meses y no se desplazaba por sí misma.

El fiscal Velázquez detalló en la audiencia de abril que los policías que asistieron al lugar "dieron cuenta de que en un (mueble del estilo) isla se encontraban líneas de cocaína y al lado el complemento" que tomaba la menor. "Los dos estaban consumiendo cocaína en una situación donde estaban exponiendo el alimento de la bebé a la sustancia que los dos consumían", insistió el fiscal en ese entonces.

"La única forma que esa droga pudiera llegar desde ese lugar, desde esa isla en una habitación distinta donde estaba durmiendo la bebé, era por la acción de los padres, las únicas personas presentes en el lugar. Ambos padres estaban consumiendo y ambos padres alimentaban a la bebé", agregó.

La defensora pública de la mujer apeló la decisión del juez Alejandro Asteggiante de imputar a su representada por el delito de lesiones leves culposas (no discutió el de los deberes inherentes a la patria potestad). Señaló que a su juicio no debía aceptarse porque no estaba clara quién hizo qué (quién manipuló la sustancia, quién preparó el alimento y quién estaba a cargo de la niña), consideró que al ser la imputación por lesiones culposas no corresponde la condición de coautor y que no hay suficientes pruebas, entre otras cosas.

En mayo, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno confirmó lo resuelto por Asteggiante. Por unanimidad, los ministros entendieron que los elementos aportados por la Fiscalía superaban "con creces" el estándar necesario para esta etapa.

Los delitos

Los padres de la niña están imputados por delitos de omisión de los deberes inherentes a la patria potestad y lesiones graves culposas. El primero lo comete quien intencionalmente omitiere el cumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a su rol (patria potestad u otros) "poniendo en peligro la salud física, psíquica o emocional de las personas a su cargo". Está castigado con una pena de tres a doce meses de prisión.

Las lesiones graves se castigan con una pena mínima de 20 meses y una máxima de seis años, pero en este caso fueron imputadas como culposas. Esto significa que se habrían cometido sin intención de dañar, pero por imprudencia, negligencia o impericia. El hecho de que las lesiones sean culpables (artículo 321 del Código Penal) implican que serán castigadas con la pena de las intencionales "disminuida de un tercio a la mitad".

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