El exsenador nacionalista Gustavo Penadéspodría pasar 16 años en prisión. Esa fue la pena solicitada por la Fiscalía, que lo llevará a juicio por 22 delitos. La mayoría de ellos son de índole sexual, pero otros refieren a la “trama” que, según el Ministerio Público, se formó para “salvarlo” y para conocer la identidad de las víctimas.
Todos estos delitos se cometieron, de acuerdo a la tesis fiscal, respecto de 13 víctimas entre los años 90 y el 2021. Según reconstruyó El País, solo se excluyó a una de las víctimas por las que la exfiscal del caso, Alicia Ghione, había imputado a Penadés. Se trata del joven individualizado con la letra “J”. Él había denunciado que a sus 16 años, en 2021, el exlegislador le ofreció llevarlo hasta su casa cuando él salía de un boliche alcoholizado. Contó que se quedó dormido en el auto y cuando se despertó el exlegislador pretendió llevarlo a un motel para tener relaciones sexuales.
Este joven, señalaron fuentes del caso, no quiso seguir con el proceso ni presentarse a las pericias, por lo que se dejó por fuera de la acusación su caso.
¿Qué tantas diferencias hay entre la acusación de la fiscal Isabel Ithurralde y la imputación inicial de Ghione? La primera le quitó dos delitos. Uno es el de retribución de explotación sexual de menores por el caso de la víctima J, que finalmente no será llevado a juicio.
El segundo es un delito de corrupción de menores, que se había imputado respecto de Javier Viana, quien rectificó su declaración y afirmó que era mayor de edad cuando comenzó a tener trato con Penadés, informó El Observador. Pese a ello, él sigue como víctima en la causa debido a que denunció que el exlegislador lo abusó sexualmente.
Los delitos por los que la Fiscalía acusó a Penadés son: diez casos de retribución o promesa de retribución a menores de edad para que ejecuten actos sexuales, cuatro abusos sexuales especialmente agravados, tres abusos sexuales simples, reiterados delitos de atentado violento al pudor, reiterados delitos de violación, violencia privada, asociación para delinquir agravado y cohecho calificado agravado.
Por su parte, al profesor Sebastián Mauvezín lo acusaron por los mismos delitos originales: siete delitos de contribución a la explotación sexual de menores. Ello, respecto de cuatro víctimas: G, D, E, H. Estas son las más recientes en el tiempo. La pena solicitada para Mauvezín fue de seis años de prisión.
Más allá de los pedidos de pena, tanto Penadés como Mauvezín están presos hace dos años. Eso significa que, si eventualmente fueran hallados culpables, se les descontaría el tiempo que ya pasaron en prisión. Ambos imputados están convencidos de que en el juicio podrán demostrar su inocencia. El exdirigente político dio una entrevista semanas atrás al semanario Búsqueda e insistió en ese concepto. Cuando le preguntaron si de las dos decenas de delitos sexuales que se le imputan ninguno había ocurrido, él contestó: “Ninguno. Y entiendo que es difícil de creer”.
A partir del momento en que sus abogados se notifiquen de la presentación de la acusación, tienen 30 días para contestar. En esa contestación pueden —tal y como hizo la Fiscalía— exponer su teoría del caso y proponer testigos para que declaren en juicio.
Esos 30 días podrían extenderse si los defensores interpusieran un recurso de inconstitucionalidad contra algunos de los artículos aplicados. Esto ocurrió en Operación Océano y resultó en la suspensión del plazo para contestar la acusación. Esto quiere decir que mientras la Suprema Corte de Justicia resuelve si corresponde o no aceptar el recurso, los defensores no deben contestar la demanda. Lo hacen una vez que la Corte resuelve, cuestión que puede llevar meses. Esto sucede en casos excepcionales, pero podría solicitarse si la defensa lo considera.
Luego, la jueza del caso, Marcela Vargas citará a una serie de audiencias intermedias llamadas de “control de acusación". En ellas, las partes analizan una a una las evidencias propuestas en la demanda acusatoria y la contestación. Estos son: testigos, peritos, documentos, etc. Lo que se debate en esas audiencias es si cada una de las evidencias es “apta” para ser utilizada en juicio oral.
A partir de ahí, lo que corresponde es que Vargas pase el caso a un juez electo por sorteo (y que nunca haya tenido contacto directo con el expediente), para que ese nuevo juez cite al juicio.
Uno de los debates que ocupará el juicio es si hay delitos que están prescriptos. La mayoría de los delitos sexuales por los que está acusado Penadés prescribían a los 10 años, pero, según ha sostenido la Fiscalía, la prescripción se interrumpe si en ese lapso de tiempo se comete otro delito. Con ese criterio es que pretenden que el exlegislador pague por delitos que —insiste el Ministerio Público— cometió en los años 90.
Hoy se define si Penadés sigue preso o accede a la domiciliaria
Las medidas cautelares se evalúan, en este tipo de casos, usualmente cada seis meses. Este jueves, a 24 horas de que se cumplan esos seis meses, volverá a discutirse.
Tanto Penadés como Mauvezín son inocentes hasta que no haya una condena firme en su contra. Eso, por el momento, está lejos de ocurrir dado que ni siquiera comenzó el juicio.
Y a su vez, la Constitución explica que toda persona tiene derecho a esperar su juicio en libertad, salvo excepciones. Esto es, que su libertad genere un riesgo para la causa o las víctimas. Eso fue lo que se entendió que ocurría en este caso —especialmente por la “trama”— y por eso se dispuso inicialmente la prisión.
Este jueves se reeditará ese debate, pero esta vez la discusión tendrá un diferencial: la acusación ya se presentó. Un argumento que suelen utilizar los fiscales —pero no siempre es contemplado por los jueces— es el hecho de que el riesgo crece una vez que se presenta la acusación. Ello, debido a que el imputado, enfrentado a la petición de una pena alta, puede verse más seducido a fugarse. Una posición similar a esa esgrimió en una de las audiencias anteriores el fiscal adscripto Federico Fascioli, por ejemplo.
Sin embargo, hay defensores que utilizan la misma tesis para fundamentar lo contrario. La Fiscalía ya acusó y la investigación se cerró, por lo que no hay forma en que los imputados pongan en riesgo una indagatoria que ya culminó.
En este caso, además, podrían argumentar que todas las víctimas ya declararon, por lo que no corre peligro su testimonio.