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Por Eduardo Barreneche
El 3 de febrero de 2022 la Fiscalía logró la formalización de la investigación para tres personas por el caso de violación de una joven en el Cordón. Se les tipificó un delito de abuso sexual especialmente agravado y uno de ellos enfrentó, además, una indagatoria por divulgación de imágenes de contenido íntimo sin la autorización de la joven. Los tres imputados recibieron una medida cautelar considerada liviana: prisión domiciliaria nocturna.
El lunes 24, la fiscal del caso, Judith Rodríguez informó a la jueza de garantías, Blanca Rieiro, que iba a pedir el sobreseimiento para los tres imputados por el delito de abuso sexual y agregó que con uno de ellos había alcanzado un acuerdo para ir a un juicio abreviado por el delito de divulgación de imágenes eróticas.
Según el audio de la audiencia, al que accedió El País, la fiscal Rodríguez explicó a la magistrada que “agotadas” todas las posibilidades probatorias “no existe plena prueba” sobre que el hecho imputado a los tres jóvenes -esto es, la violación- “se haya cometido”.
La fiscal advirtió a la jueza Rieiro, así como a la defensa de la víctima, Juan Raúl Williman, y a los abogados de los imputados, Martín Frustaci y Rosana Flores, que la carpeta investigativa del caso de violación en el Cordón contó con un “copioso caudal” de evidencias recolectadas durante la investigación.
Y agregó que, luego de un exhaustivo análisis, se puede afirmar que los hechos denunciados por la víctima “no son posibles de acreditar” con el grado de certeza requerida por el Código de Proceso Penal.
La fiscal insistió en ese punto. El acervo de evidencias recogidas, dijo, “no revista el grado de eficacia” de plena prueba que permita “la continuación de las actuaciones” contra los tres indagados.
Para lograr una condena en un juicio penal, Rodríguez explicó que un fiscal requiere de “un grado de certeza” con el material de evidencias recogido durante la investigación que, a juicio del Ministerio Público, “no se ha logrado” en este caso.
Durante su exposición en la audiencia, la fiscal recordó a Rieiro que obtuvo evidencias de distintas naturalezas: testimonial, digital, audiovisual, informes técnicos y psicológicos y registros fílmicos.
Sin embargo, insistió Rodríguez, estas evidencias “no permiten probar en un juicio oral los hechos denunciados” porque las mismas “adolecen de fisuras por el momento insuperables”.
Demandas
Ante un panorama probatorio insuficiente, el fiscal está obligado por el Código de Proceso Penal a pedir el sobreseimiento de los indagados. “El instituto del sobreseimiento es un deber de la Fiscalía en el caso de las hipótesis previstas en el CPP”, dijo la fiscal Rodríguez.
Una de esas hipótesis se configura cuando no se alcanza la plena prueba contra los imputados tras agotar la etapa investigativa, explicó la fiscal.
Recordó que, en el momento de la formalización de la investigación para los tres imputados ocurrida el 3 de febrero de 2022, la Fiscalía sí contaba con elementos que tenían “el estándar de verosimilitud” exigido para esa etapa del proceso penal. Sin embargo, “el paso del tiempo y el resto de evidencias llegadas a la Fiscalía fueron informando de debilidades y fisuras que hacen que, al día de la fecha, no se cuenta con la certeza que exige el Código de Proceso Penal” para ir a un juicio oral.
La fiscal Rodríguez advirtió sobre los riesgos que enfrenta el Estado cuando los fiscales continúan con procesos penales sin tener suficientes evidencias para inculpar a los imputados.
Rodríguez señaló que la sociedad toda “se vería afectada” si ella “persistiese infundadamente” en la pretensión penal. “No solamente por la lesión que tal actitud ocasionaría a los pilares básicos del sistema de administración de Justicia sino también a la sociedad toda porque deberá enfrentar reclamaciones de los imputados”, advirtió.
Al final de su exposición, la fiscal dijo que, por todo lo expuesto solicitaba el sobreseimiento de los tres imputados por abuso sexual y que entregaría los celulares a dos de ellos.
Reexamen
Por su parte, el abogado de la víctima, Williman, solicitó a Rieiro el reexamen del caso por tres razones. La primera, dijo, es una garantía para la víctima otorgada por el Código de Proceso Penal que otro fiscal revalúe la carpeta investigativa.
Como segunda razón, Williman señaló que no compartía con la Fiscalía el hecho de que no existían suficientes pruebas para enfrentar un juicio oral.
Y como tercer razón, el abogado esgrimió que habían evidencias “sin diligenciar”, como ser las pericias de un celular de uno de los imputados y la declaración pendiente de la principal testigo. Los últimos dos puntos fueron refutados por la fiscal en la audiencia.
Williman insistió: “Hay un montón de evidencias recolectadas como para ir a juicio”.
Frustaci, defensor de los imputados, afirmó que “celebraba” que primara la sensatez en algún fiscal al día de hoy y más en causas de alta exposición como la que se dirimía en el juzgado.
“Y lo celebro en un momento en que hay componentes no jurídicos detrás de estos casos que empujan la cosa (acusación contra los indagados)”, dijo. Y agregó: “La garantía es para todos. No solo para la víctima. Si dejamos la manija suelta, a estos tres muchachos los condenan por diez años. La perspectiva de género no puede servir para cubrir ausencias probatorias”.
En su fallo, la jueza Rieiro tomó en cuenta el planteo de la fiscal del caso sobre que había “fisuras” y “debilidades” en la prueba y decretó el sobreseimiento de los tres jóvenes por el delito de abuso sexual. No hizo lugar al reexamen pedido por Williman. El abogado anunció que llevará el caso a un Tribunal de Apelaciones.
Se prorrogó indagatoria por seis meses
Al finalizar la audiencia judicial realizada el lunes 24, restaba por acordar el juicio abreviado para uno de los jóvenes sindicado de incurrir en un delito de divulgación de imágenes íntimas sin el consentimiento de la víctima.
Como no tenía suficientes pruebas para continuar con ese caso, la fiscal Judith Rodríguez pidió a la jueza Blanca Rieiro la extensión del plazo de la investigación para luego presentar la acusación. En ese momento de la audiencia, el abogado del imputado, Martín Frustaci, recordó que si prosperaba la apelación impulsada por el abogado de la víctima, Juan Raúl Williman, un fiscal podía reexaminar el caso y decidir revocar el sobreseimiento de los tres imputados. Es decir, existe una posibilidad de que ese fiscal resuelva que sí hay pruebas para ir a un juicio oral.
Frustaci explicó que si acordaba un juicio abreviado con la Fiscalía en la audiencia del lunes 24, había una posibilidad de que su cliente sufriera una doble condena.
Williman propuso extender el plazo para toda la investigación y no solo suscribir la prórroga al caso de divulgación de imágenes íntimas sin el consentimiento de la víctima.
Según Williman, el plazo de la investigación de llamado caso de violación en el Cordón finaliza el próximo martes -3 de mayo-. “Lo que hay que hacer es prorrogar la investigación para tener plazo suficiente para alcanzar un juicio abreviado o que un fiscal subrogante realice un reexamen del expediente”, propuso el abogado penalista.
La fiscal pidió a la jueza que le otorgara un plazo de seis meses para avanzar en toda la investigación. Tras la solicitud de la Fiscalía y al ver que había conformidad entre todas las partes -defensas de los imputados y de la denunciante-, Rieiro amplió el plazo de la investigación por seis meses más (3 de noviembre de 2023).