Los padres antivacunas de una niña de dos años y medio de Carmelo (Colonia) resolvieron, finalmente, que se le brinde a la menor todas las dosis obligatorias correspondientes a su edad, en cumplimiento de un reciente fallo judicial que les exigió hacerlo bajo riesgo de perder de potestad si no acataban, confirmó el abogado de la familia, Cipriano Curuchet, a El País.
De las 16 dosis que debe recibir a su edad, la niña solo había adquirido la vacuna de la BCG, que se da al nacer, dijo su padre a El País en marzo, y aseguró que esto se había llevado adelante sin su consentimiento. “¿Por qué jugar una ruleta rusa con nuestra hija?”, había dicho en ese entonces, a poco de que un fallo judicial de fines de febrero los intimara a cumplir con la inmunización en 15 días.
Los padres se resistieron al pedido y presentaron hace dos meses recursos de reposición y apelación para evitar la vacunación de la niña. Sin embargo, este pedido fue desestimado el 8 de mayo por un Tribunal de Apelaciones. “Hubo un fallo y la familia decidió cumplirlo”, afirmó Curuchet.
Las dosis pendientes no las podría obtener en un solo acto, sino que se seguirá un protocolo del Ministerio de Salud Pública (MSP) que marca una inmunización paulatina, dijo el abogado.
Este caso se remonta a un año atrás cuando los padres inscribieron a la niña en un Centro de Atención a la Primera Infancia (CAPI) de Carmelo. Allí les pidieron el certificado de vacunación de la menor, tal como ocurre para la inscripción en Inicial y Primaria, y también en otros niveles.
El padre —según contó él mismo a El País— respondió que “lo único” que estaba dispuesto a entregar era un “carné de aptitud física”, porque no la habían vacunado. Pese a incurrir en la falta, el CAPI permitió la inscripción de la menor, y que esta concurra a clases, para evitar un mayor perjuicio a la niña.
No obstante, la institución solicitó a la familia que presentara una constancia médica en la que se detallara por qué no había sido vacunada. Una pediatra, luego, derivó a los padres a una asistente social, quien a su vez les planteó que iba a pasar el caso a la Justicia.
La jueza subrogante Judith Álvarez intimó el 25 de junio a los padres al cumplimiento de “la vacunación preceptiva que la ley impone en todo el territorio nacional, en un plazo de 10 días (...), bajo apercibimiento de incurrir en la omisión de los deberes inherentes a la patria potestad”.
Álvarez basó su decisión judicial en el decreto ley 15.272, de 1982, que creó el Programa Nacional de Vacunación (PNV) y estableció la obligatoriedad de vacunas que son de acceso universal y gratuito en todo el país.
La familia de la niña recurrió la definición judicial, pero un Tribunal de Apelaciones respaldó el 6 de diciembre de 2024 lo determinado por la jueza Álvarez, y el 20 de febrero de este año la familia fue notificada.
A pesar de estas definiciones, los padres recurrieron la medida en marzo, asegurando que la niña estaba “sana”. Sin embargo, esto fue desestimado hace menos de una semana, tras lo cual resolvieron “acatar” y vacunar a la niña como fijó la Justicia meses atrás, dijo su abogado. El País intentó, sin éxito, acceder a la sentencia judicial.
El padre manifestó en marzo que no se consideraban antivacunas, pese a estar en contra de brindárselas a su hija, tal como recomiendan las autoridades sanitarias y expertos médicos. “Acá no es un tema de vacunas, sino un tema de fondo que es nuestro derecho como padres a ejercer la patria potestad sobre nuestra hija", dijo el padre.
Consultado en ese entonces si no estaban considerando cumplir con los fallos judiciales que exigían el cumplimiento de las dosis, el padre había dicho: “La verdad que no. No cambiamos la postura y creemos que estamos por buen camino”.