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En diez días empiezan a tomar declaración a las víctimas por el caso de Gustavo Penadés

Se harán con reserva de identidad y se distorsionarán sus voces.

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Juicio a Gustavo Penades
Fiscal Alicia Ghione.
Foto: Estefania Leal/Archivo El Pais

Las declaraciones anticipadas de ocho víctimas y un testigo en el caso Penadésfueron fijadas para el lunes 14 de este mes y se extenderán hasta el 18. Se preservará las identidades de las víctimas, habrá un distorsionador de voz para las mismas y se hará en Cámara Gesell, un recinto separado de los imputados.

El 27 de julio pasado, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno le dio la razón a la Fiscalía y ratificó el fallo de la jueza Marcela Vargas sobre la necesidad de mantener en reserva las identidades de ocho víctimas que declararon haber mantenido encuentros sexuales con el exsenador blanco Gustavo Penadés cuando eran menores de edad.

En su fallo, el Tribunal de Apelaciones recordó que, en el caso Penadés, la Fiscalía solicitó la prueba anticipada para víctimas de delitos sexuales “niños y/o adolescentes en el momento de los hechos”, algunos de los cuales en la actualidad son mayores de edad. También declarará en forma anticipada una persona que fue identificada con la letra I, y se trata de un testigo que es familiar directo de una de las víctimas.

En otro tramo de la sentencia, el Tribunal señaló que las declaraciones anticipadas de las víctimas podrán hacerse antes de que la Fiscalía de Delitos Sexuales de 6° Turno solicite la formalización de la investigación de Penadés por eventuales delitos de retribución o promesa de retribución a menores de edad para que ejecuten actos sexuales.

El tribunal también remarcó que los derechos de la defensa de Penadés no fueron vulnerados.

“Lejos de configurar una vulneración de derechos, la eventualidad de recibir declaraciones de víctimas o en su caso informes de peritos, inspecciones, reconocimientos y reconstrucciones que pueden ser considerados como actos definitivos y irreproducibles, llevadas a cabo en las condiciones previstas son una verdadera garantía procesal”, se sostuvo en el fallo al que accedió El País.

En suma, se indicó que recibir declaraciones anticipadas de supuestas víctimas de delitos sexuales, o de menores de 18 años o de personas con discapacidad hace que la etapa de las evidencias se abandone para transitar finalmente la de las pruebas.

El Tribunal de Apelaciones insistió, además, en que la posibilidad de recepcionar prueba anticipada -testimonios de víctimas y de testigos- “es válida” en el actual ordenamiento jurídico uruguayo.

El dinero

En otro tramo del expediente, la Fiscalía solicitó a la jueza el levantamiento del secreto bancario y reserva tributaria para el profesor Sebastián Mauvezín. Argumentó que viene investigando hechos relacionados a la “explotación de niños y adolescentes” por parte de hombres.

En ese marco, expresa el escrito de la fiscal, se investiga a Mauvezín, quien “cumpliría el rol de ‘reclutador’ de adolescentes que los contacta con distintos hombres mayores de edad a fin de su explotación sexual y a cambio de dinero”.

“De esa labor de ‘reclutamiento’ de los menores de edad, Mauvezín recibe intercambio de dinero de parte de los presuntos explotadores”, agrega el escrito de la fiscal.

Y sostiene: “Por esa razón es necesario proceder al levantamiento urgente del secreto bancario y de la reserva tributaria del mismo con la finalidad de poder reunir las evidencias sobre los hechos denunciados por niños y adolescentes”.

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