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Megaminería y transparencia

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Resulta inexplicable la actitud del Gobierno ante la solicitud de una empresa extranjera de explotar los yacimientos de hierro en la zona de Valentines.

Resulta inexplicable la actitud del Gobierno ante la solicitud de una empresa extranjera de explotar los yacimientos de hierro en la zona de Valentines.

Desde el principio asumió una postura más propia de socios que de administrador de los recursos naturales del país, perdiendo objetividad, mediante la promoción y el respaldo público que realizó de este proyecto de megaminería, mucho antes siquiera de conocerse las evaluaciones de impacto ambiental que el propio estado está obligado a realizar.

Cuando a la empresa los plazos se le vinieron encima, se activó la prórroga hasta el pasado 28 de febrero, prevista por la ley. Pero no fue suficiente. Entonces, el Poder Ejecutivo elevó al Parlamento -donde tiene mayorías- un proyecto de ley que modificó el art. 24 de la Ley de Minería de Gran Porte (Nº 19.126), concediéndole al privado un año de plazo adicional para firmar el contrato con el Estado, y así no perder los derechos sobre esos yacimientos.

Esta prórroga le significó a la empresa un claro beneficio económico.

La viabilidad del proyecto está muy comprometida por el descenso que ha experimentado el precio internacional de hierro, y por las dificultades de financiación manifestadas por la empresa. Propuso achicar el proyecto y ha dejado de pagar la servidumbre y el canon de superficie a los propietarios de los padrones denunciados.

Mientras tanto, en una actitud difícil de comprender, el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) se ha aferrado a no brindar la información del proyecto de Aratirí, como lo garantiza la Ley de Derecho de Acceso a la Información Pública.

Organizaciones civiles han tenido que recurrir a la justicia, la cual ya intimó en dos ocasiones al MIEM a entregar la información. La justificación de la secretaría de estado es la confidencialidad que le asigna a un amplio volumen del expediente para proteger sus derechos frente a potenciales competidores, lo que parece muy exagerado.

En noviembre de 2014 la Organización No Gubernamental Uruguay Libre de Minería inició una acción de amparo ante la negativa de la Dirección de Minería y Geología de permitir acceso a la información del expediente. La justicia intimó al MIEM quien recusó la decisión y luego el Tribunal de Apelaciones confirmó el fallo inicial, ante lo cual el ministerio entregó solo una parte de lo solicitado (resumen), por ejemplo sin incluir nada de lo referido a la terminal portuaria.

Ante ello y pasada la feria judicial, la ONG le solicitó al juzgado que el MIEM le entregue a la Justicia toda la información y esta decida si el criterio de confidencialidad aplicado por el organismo es el correcto, según establece la ley. El juez estuvo de acuerdo y ante su intimación el ministerio apeló. Días atrás el juez rechazó la apelación por improcedente obligándolo a remitirle toda la información.

¿Con este comportamiento, el ministerio demuestra la neutralidad que debe tener todo administrador público, como lo marca la Constitución de la República?

¿Se trata de ocultar algo declarando confidencial cientos de hojas del expediente de un proyecto de explotación de un recurso natural?

La transparencia es la mayor garantía que debe exhibir el administrador público, en especial en un proyecto que se sabe tendrá impactos socioambientales grandes.

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Hernán Sorhuet Gelós

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