Por: Victoria Molnar/ Buenos Aires
En la vecina orilla los videos y fotografías de famosos en situaciones íntimas y hasta de alto contenido sexual hacen furor, se difundieron por doquier en la web, casi de forma viral, y coparon la atención de la TV y los medios gráficos.
La primera de la tanda fue la fotografía de la participante del certamen Bailando por un Sueño Silvina Escudero en su baño. Una desnudez nada inusual para la morocha que saltó a la polémica por sus detalles: un extraño líquido ubicado entre el mentón y el cuello del que ni los más expertos panelistas pudieron determinar el origen. La propia morocha destacó a la foto como "mala leche".
A las aguas turbulentas se sumó -otra vez- la pareja de Juana Viale y Gonzalo "Manguera" Valenzuela en unas fotos de alto voltaje erótico no sólo en el baño sino también en el dormitorio. Sin embargo, la exposición de la nieta de Mirtha Legrand y del chileno enseguida quedó opacada por lo que fue sin duda el hit de esta saga de prohibidos: el video casero de la ex Gran Hermano Silvina Luna manteniendo relaciones sexuales con su novio Martín Vari al aire libre y en lo que a simple vista parece ser un viñedo.
Sin dudas fue el gran tema de discusión en los programas de chimentos de la TV vernácula y, de hecho, "Silvina Luna` + `video" fue la clave de búsqueda más popular de los argentinos en Google durante la última semana e incluso trascendió fronteras. Por ejemplo, rápidamente se posicionó en el primer puesto del ranking al ser publicado por el sitio estadounidense Egotastic, que se especializa en retratar a las estrellas internacionales ligeras de ropa. Además, el video ofició de disparador en lo que significó la subida de más fotos de Luna desnuda en una playa.
Despuntando agosto, apareció un video de la niña mimada de la TV argentina y flamante esposa del cantante canadiense Michel Bublé: Luisana Lopilato. Las imágenes son viejas pero circularon por Twitter y YouTube y muestran desnuda a una muchacha parecida a la actriz en momentos en que se está probando ropa en un vestidor.
¿Son o se hacen? En todos los casos los afectados expusieron se trató de cámaras, celulares o computadoras robadas. "Sí, soy yo", aseguró Silvina Luna antes de partir, lejos de todo, rumbo a unas oportunas vacaciones y tras denunciar que fue víctima de un chantaje en el que le pidieron 50.000 pesos argentinos -unos 250.000 pesos uruguayos- para no difundir el video en la web. Sin duda fue la más afectada.
Viale y Valenzuela llamaron a respetar su intimidad en lo que es un año muy duro para la pareja, a la vez que confirmaron que las escenas les pertenecían. Sin embargo, agregaron que no todas eran verdaderas e, increíble coincidencia, las fotos se difundieron a días de que "Manguera" estrenara en Chile un programa sobre sexo llamado "Karma" y no fueron pocos los que se preguntaron si se trataba de una estrategia de prensa.
Una victimizada Silvina Escudero fue más allá. No sólo aseguró que le habían robado las fotografías sino que la misma estaba trucada - "Si en una película pueden mostrar dinosaurios vivos, pueden hacer cualquier cosa", argumentó-
Por su parte, Luisana ni se inmutó y continuó con su vida de princesa junto al cantante canadiense. Pero sus hermanos Daniela y Darío Lopilato salieron al cruce y señalaron que a la joven actriz "no le importa este video porque no es ella".
Promocionales o no, lo cierto es que al carro de las imágenes prohibidas se subieron más mediáticos como: Romina Ricci, Alejandra Pradón, Jésica Cirio, Karina Jelinek y hasta una embarazada Karina Mazzocco.
Recursos legales. Tanto Juana Viale como Silvina Luna decidieron recurrir a la Justicia para ordenar que las fotos no sigan siendo difundidas. "Según la ley argentina, todas las personas, aún las públicas, tienen derecho a ser dejados en paz en su vida íntima. El Código Civil prevé especialmente el derecho a la intimidad de las personas y quien vulnere ese derecho debe responder por daños y perjuicios", expuso a Sábado Show la Dra. Macarena Pereyra Rozas, quien trabaja como abogada y socia del estudio jurídico Carranza Torres & Asociados.
La letrada expuso que frente a una situación en la que una persona se vea vulnerada en ese derecho las acciones legales que se pueden realizar tienen que ver, por un lado, con el cese o abstención en la difusión, por el otro, con los daños que esa difusión conlleva.
Para el cese de la difusión en la web la estrategia legal puede contemplar "medidas cautelares autónomas o medidas cautelares previas a un proceso de daños u a otra acción judicial", explicó la Dra. Pereyra Rozas y agregó que "las mismas medidas rigen para los medios de comunicación (TV y gráficos) a los que se les puede indicar que no se difundan las imágenes consideradas dañosas y violatorias del derecho a ser dejado en paz".
La abogada destacó que "en todos los casos lo importante es identificar de modo claro y concreto los sitios en los que se publican o difunden las imágenes para que si se dicta la medida sean ejecutadas por los buscadores". Se trata de una tarea titánica y que sólo podrá ser finiquitada por un verdadero Zeus informático dispuesto a bucear por las profundidades de la red de redes, oleajes informativos de la TV y las revistas incluido.
Al ser consultada por Sábado Show sobre en qué medida sirven las cartas documento -tan mencionadas por los mediáticos a la hora de las peleas-, la abogada señaló que "las mismas no son efectivas per se como instrumento reparatorio, ya que quien las recibe no está obligado a acatar lo que se le indica en una carta documento enviada por un particular damnificado". Sin embargo, señaló que: "Si el alertado vía carta documento, no toma en consideración su contenido, luego no podrá alegar desconocimiento del daño que produciría con la difusión de imágenes que claramente corresponde al ámbito de la vida íntima de las personas, aún cuando fueren públicas".
En la Argentina los antecedentes jurídicos para este tipo de casos fueron lo resuelto por la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires en relación al fallo en el caso de la ex Bandana Virginia Da Cunha, y por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal en el caso de Wanda Nara. Ambos exitosos contra los buscadores Yahoo! y Google, que ordenaron bloquear cualquier vinculación que efectuaran entre su nombre o imagen y páginas pornográficas o simplemente difamatorias. Además ambas figuras tras años de querella obtuvieron indemnizaciones de cientos de miles de pesos argentinos.
Por último, sobre el derecho a la Libertad de Expresión de los medios de comunicación la abogada consideró que en estos casos "en modo alguno estos principios y derechos constitucionales implican impunidad por parte de quienes optan deliberadamente por violar la intimidad de las personas y ocasionarles un daño".