Un veto necesario

La decisión del presidente Luis Lacalle Pou de vetar el artículo 72 de la nueva ley de medios, puso fin a una discusión que nunca debió ocurrir y volvió a dejar claro cuál es la posición del gobierno en temas de libertad de prensa y de expresión.

Fue un veto necesario. El proceso que derivó en la aprobación de la ley llevó al veto.

La Cámara de Diputados pudo haber rechazado el cuestionado ar-tículo pero eso hubiera obligado a retroceder en el procedimiento parlamentario y ya no habría tiempo para contar con la nueva ley de medios en este período. Por eso, muchos diputados de la Coalición que discrepaban con el artículo, lo votaron con la esperanza de que el presidente lo vetara.

Se habla mucho sobre cuántos vetos interpuso el presidente a iniciativas promovidas por Cabildo. En este caso no se trata de poner a ese sector en víctima. Este artículo decididamente no podía pasar.

El presidente lo vetó por convicción y también para cuidar la imagen del país en lo referido el respeto de libertades fundamentales.

El artículo vetado decía: “Los servicios de difusión regulados por la presente ley tienen el deber de brindar a los ciudadanos información, análisis, opiniones, comentarios y valoraciones de manera completa, imparcial, seria, rigurosa, plural y equilibrada entre los actores políticos y respecto a los mismos”.

Y añadía: “Esta obligación comprende a todos los programas y espacios que emitan análisis, opiniones, comentarios, valoraciones e información de carácter político en el sentido más amplio del término, incluyendo contenidos de alcance gubernativo, parlamentario, legislativo, administrativo, partidario, jurídico, académico y electoral”.

Conviene aclarar por qué era necesario vetar este artículo. Si bien no preveía sanciones a quienes “incumplieran” la norma, daba pie a arbitrariedades grandes.

Mucha gente se pregunta que si la función del periodista es informar con imparcialidad, ¿qué hace cuestionable al artículo vetado?

La propia redacción del artículo lo dice al establecer que tanto la información como los análisis, opiniones y comentarios deben ser completos e imparciales.

La opinión es una forma periodística con impronta subjetiva. Quien opina es riguroso en la información que maneja pero está dando sus puntos de vista y por lo tanto, es absurdo pedirle imparcialidad.

Ni este editorial, ni las columnas firmadas en la página de opinión de nuestro diario, se podrían publicar si el artículo 72 rigiera y se aplicara a rajatabla.

No es esa la única objeción. El trabajo de un reportero siempre recorre terrenos de riesgo. Sus fuentes son los propios políticos que muchas veces brindan información interesada, sesgada e incompleta como parte de sus estrategias, por lo cual el periodista necesita verificar en otras fuentes que a su vez, le jugarán limpio o no.

Por lo tanto, es posible censurar con esta norma, a quienes trabajan en un terreno resbaloso y lleno de trampas no siempre fáciles de sortear.

Hay otro aspecto a tener en cuenta. ¿Quién decide que una información, un análisis o una opinión no es completa ni imparcial? ¿El presidente, los ministros, senadores y diputados? ¿Con qué autoridad? ¿Cómo puede alguien que no es parcial, casi por legítima naturaleza, exigirle parcialidad a otros?

Por eso el artículo vetado hubiera llevado al país a un terreno donde la arbitrariedad imperaría.

En estos tiempos de redes sociales, los jueces de la imparcialidad ajena, perseguirían a los periodistas de los grandes medios (diarios, radios y canales) pero no al cúmulo de disparates que a diario se lanzan por las redes. Estas seguirían impunes porque no hay radar que pueda con ellos.

La democracia necesita de un robusto debate de ideas y del flujo de información en la sociedad. Por eso debe haber un ámbito de amplia libertad de prensa y expresión, para que la información y la opinión corran sin restricción.

Mantener la medida como parte de la Ley de Medios hubiera sido una mella en el prestigio democrático de Uruguay. Hubiera retrocedido muchos lugares respecto al alto puntaje que tiene en todas las mediciones que se hacen para determinar cuáles son las democracias plenas.

Pero más que nada hubiera sido un cercenamiento a la libertad del ciudadano a acceder sin trabas a la información y comentarios que circulan en una sociedad abierta.

Hizo bien, pues, el presidente al vetar ese artículo.

Mantener la medida como parte de la Ley de Medios hubiera sido una mella en el prestigio democrático de Uruguay. Hubiera sido un cercenamiento a la libertad del ciudadano.

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