¿Vuelta a la sensatez?

La Ley de Puertos ha sido aplicada por seis gobiernos de todos los partidos, con claros beneficios para el desarrollo económico y la seguridad estratégica de nuestro país. La Ley y sus decretos reglamentarios son un ejemplo exitoso de una política de Estado aplicada en el largo plazo por sucesivos gobiernos y administraciones portuarias.

Es cierto que existen y siempre existirán fluctuaciones en el movimiento portuario (como es el caso de la caída en el movimiento de contenedores en tránsito o transbordo) y que surgirán desafíos (como asegurar de una vez por todas el dragado a - 14,00 metros). Pero estos episodios son inevitables en industrias transnacionales tan dinámicas como el transporte marítimo y los puertos. Especialmente en el caso de los nuestros que exportan servicios al resto de la región. El factor decisivo en ese escenario es la capacidad de reaccionar en forma constructiva, la resiliencia del sistema, ante los desafíos y oportunidades. Y la ley, con su combinación entre la acción del Estado y la acción del sector privado, les asegura la capacidad de enfrentar esos desafíos.

Por eso, sorprendió la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos del 20 de junio pasado. Aprobada solamente con los votos de los dos directores del Frente Amplio y con el voto contrario del representante de la oposición, el nacionalista Jorge Gandini, la disposición de carácter administrativo y limitado intenta modificar (aunque sea en la práctica) elementos clave de la Ley de Puertos. Todo ello, como expresó Gandini en la fundamentación de su voto: “Sin ningún estudio previo, análisis o evaluación”. Se eligió primero a las personas y casi dos meses después se trajo al Directorio el proyecto de Resolución “con las funciones y tareas que estas personas deben hacer”.

La Resolución creó una División Planificación Estratégica y Portuaria que, dice, “actuará de consuno con el Directorio de la ANP”. De consuno significa, recordemos, “juntamente, en unión, de común acuerdo”. Es decir, el gerente a cargo de la División actuará junto, “de común acuerdo” con el Directorio compuesto por tres directores de designación política. Lo que no está en armonía con el principio de jerarquía ni con lo que dispone la Ley de Puertos. Es el Directorio de la ANP quien tiene “los poderes jurídicos necesarios para el cumplimiento de sus cometidos”. Y las responsabilidades que emanan de ello.

Entre otras originalidades, la Resolución elimina la sabia distribución de funciones entre el Poder Ejecutivo (Ministerio de Transporte y Obras Públicas - MTOP) y la ANP; asigna a la División un ambicioso conjunto de tareas de aplicación inmediata que se extienden a la actividad pública y privada, abarcan las “propuestas y proyectos logísticos y portuarios a nivel nacional y regional”, e incluyen iniciativas impulsadas “por el sector público o privado dentro de las zonas de influencia directa de los puertos”; y le otorga a la División tareas o cometidos que la ANP no posee (por ejemplo, formular políticas) y que la Ley de Puertos depositó en el MTOP.

La nota sobre la ANP de Eduardo Barreneche, publicada en El País del jueves pasado, sugiere que el gobierno y la ANP buscan desandar ese equivocado camino. Es lo sensato. Ahora el organismo podrá concentrarse en los desafíos que realmente importan.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

premium

Te puede interesar