En el sitio del Centro de Prensa de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos se publica un comunicado fechado el 13 de julio, titulado “Expertos de la ONU instan a Uruguay a priorizar el uso del agua para el consumo humano” (consultado el 21 de julio). El texto aparece en un sitio de la organización mundial encabezado por la frase “Bienvenidos a las Naciones Unidas”, con el membrete de la OHCHR, y, como vimos, en su título dice que quienes opinan son “Expertos de la ONU”. Sería razonable concluir que quien habla es la ONU. Pero no.
Los llamados “Expertos de la ONU” no pertenecen a la ONU. Se trata de Relatores Especiales que, explica el sitio, “forman parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos”. Estos Procedimientos Especiales son “el mayor cuerpo de expertos independientes en el sistema de derechos de la ONU”. Luego sigue: “Los expertos de Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria, no son personal de la ONU y no reciben un salario. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan en su capacidad individual”.
Muy interesante, ¿pero, cuando la ONU selecciona a determinadas personas, recibe sus opiniones y las publica en su sitio web bajo su logo, acaso no es también responsable?
El Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó un Código de Conducta “para los titulares de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos” que define “las normas de comportamiento ético y conducta profesional que deberán observar”.
Esas reglas incluyen, “Tratar siempre de establecer los hechos sobre la base de información objetiva y fidedigna que dimane de fuentes pertinentes y creíbles, y que hayan contrastado debidamente en el mayor grado posible”; “Tener en cuenta de forma íntegra y oportuna la información, en particular aquella proporcionada por el Estado de que se trate”; “Dar a los representantes del Estado de que se trate la oportunidad de formular sus observaciones sobre las evaluaciones hechas por los titulares de mandatos y responder a las denuncias formuladas contra dicho Estado, y adjuntar a sus informes un resumen de las respuestas por escrito del Estado”.
Antes de emitir informes, entonces, deberían “establecer los hechos”, recurrir a “información objetiva y fidedigna” suministrada por fuentes “pertinentes y creíbles”, y darle al Estado interesado la oportunidad de “formular sus observaciones sobre las evaluaciones”. También estaría la obligación de consultar a las oficinas de la organización mundial en el Estado correspondiente. Éstas son quienes mejor conocen la realidad local y serían fuentes más confiables de información.
El Gobierno uruguayo protestó. Hizo bien.
El coordinador residente de las Naciones Unidas y la Oficina de OPS/OMS se distanciaron del comunicado. La oficina de OPS dijo que “dicho comunicado fue elaborado con absoluta independencia de la OPS, que los hallazgos y enunciados del comunicado no fueron consultados con nuestra Oficina de país, y, por lo tanto, las recomendaciones emanadas de este comunicado son de exclusiva responsabilidad del Relator Especial, no comprometiendo la posición de la OPS en la materia.”
Muy claro. Pero el daño está hecho.