Dentro de la lista de prestaciones del Banco de Previsión Social (BPS), el organismo brinda una ayuda extraordinaria para personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo que necesitan cubrir algunos costos específicos. Para este 2026 se actualizaron los montos que pueden cobrar los beneficiarios, con un aumento.
La partida económica tiene el objetivo de contribuir para solventar gastos destinados a:
- Institutos de rehabilitación, escuelas e institutos habilitados por ANEP que realicen integración o instituciones recreativas o deportivas cuyas actividades propendan a la rehabilitación, sin importar si son públicas o privadas.
- Transporte para el beneficiario o boletos para el acompañante, hacia y desde las referidas escuelas, institutos e instituciones, incluidas las normales de enseñanza preescolar, primaria, secundaria y terciaria.
La lista de los institutos habilitados para Montevideo e interior del país se pueden ver a través de este enlace. En tanto, los transportistas habilitados se pueden visualizar en este enlace.
A quiénes incluye la ayuda extraordinaria de BPS
La partida aplica para personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo, previa comprobación por parte del equipo técnico de BPS, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Hijos o menores a cargo de trabajadores de la actividad privada, a tributarios del BPS, perciban o no asignación familiar.
- Beneficiarios de pensión por invalidez, pensión para hijos de victimas fallecidas por violencia doméstica y pensión para hijos de víctimas de delitos violentos.
- Pacientes de la unidad de atención ambulatoria, Crenadecer.
- Hijos o menores a cargo de funcionarios de BPS.
- Beneficiarios de programas de proximidad del Mides (Uruguay Crece Contigo, Cercanías).
- Niños y adolescentes que se encuentren dentro del sistema de protección de 24 horas de INAU, en centros de residencia y acogimiento familiar. Acceden, únicamente, a instituto.
- Hijos de funcionarios del sector público por ley n.º 19.924, hasta la mayoría de edad.
BPS además indica que, en el caso de que haya convenios con Mides e INAU, esta ayuda económica se tramita mediante estos organismos.
Montos a percibir en 2026
Los pagos de esta ayuda extraordinaria se realizan de manera mensual al apoderado del beneficiario. El BPS además ofrece la opción de que esa persona autorice que las partidas económicas se transfieran al transportista o al instituto. Estas son las ayudas que ofrece BPS y los distintos montos a cobrar por parte de las personas que reciban esta prestación:
- Instituto: $ 8.575,05 (vigente desde enero de 2026) para la cuota mensual de institutos de rehabilitación privados, habilitados por BPS.
- Transporte: $ 4.341,55 (vigente desde julio de 2026) para el traslado del beneficiario efectuado por transportistas autorizados por BPS. Esta contribución también alcanza a aquellos que concurran a escuelas o institutos normales, tanto públicos como privados, sean estos preescolares, escolares o liceales.
- Boletos: $ 4.341,55 (vigencia desde julio de 2026) para los boletos del acompañante del beneficiario.
El pago se realiza mensualmente al apoderado del beneficiario, quien puede autorizar que este se transfiera al transportista o al instituto, según BPS.
Trámite de la prestación ante BPS
BPS ofrece varios enlaces para tramitar esta prestación económica. Se puede acceder a los mismos haciendo clic aquí, donde también se incluye información adicional para beneficiarios.
Para solicitar la ayuda extraordinaria por primera vez, acceda a través de este enlace. Para renovarla, se puede realizar a través de este enlace.