La representación empresarial en el Banco de Previsión Social (BPS) elaboró un proyecto de ley para derogar la obligación de que quienes brindan servicios personales no profesionales fuera de la relación de dependencia deban realizar sus anticipos al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) de acuerdo a la facturación mensual.
La propuesta responde a la complejidad que esto supone para los pequeños empresarios. Esto se suma a que los niveles de registro en el BPS para comenzar a ser incorporados al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) fueron bajos. Son titulares de empresas unipersonales e integrantes de sociedad de hecho o sociedad civil.
Según dijo a El País la representante empresarial en el directorio del BPS, Elvira Domínguez, a pocos días de que venza el plazo solo el 35% de unos 15.000 que debían inscribirse lo hicieron, a pesar de que ya fue extendida una prórroga hasta hoy. El registro es obligatorio dado que deben consignar quiénes serán beneficiarios de la cobertura mutual (en caso de que quieran incluir a familiares, como cónyuges o menores a cargo). Quienes no lo hagan serán multados.
Domínguez atribuyó la falta de acatamiento a la "desinformación" y "disconformidad". Por eso, se propuso que sea derogado el cambio en la forma de aportación al Fonasa. Explicó que la ley vigente determinó que deje de efectuarse el pago en base a un ficto de (6,5 Bases de Prestaciones y Contribuciones) para realizarse en función del ingreso real del mes. Esto implica calcular todos los meses el valor del monto a pagar.
Domínguez considera que esto adicionaría "un escollo" a la actividad empresarial de este colectivo y "una complicación extra que carece de sentido", según figura en la exposición de motivos del proyecto de ley que impulsará.
El documento señala que las micro y pequeñas empresas "carecen de una infraestructura administrativa adecuada" para cumplir con ese requisito, "no por negligencia del empresario, sino que por su rentabilidad la mayoría de las veces hace imposible contratar los profesionales adecuados para esta tarea, que irrogarían un costo adicional mes a mes, que cuestionaría en muchos casos la viabilidad económica de la propia empresa".
La directora entiende que este requisito conllevará a "importantes dificultades" para que algunos lo cumplan, lo que supondría correr el riesgo de que sean "expulsados del sistema formal".
La solución que propone el proyecto es derogar el inciso 2° del artículo 71 de la ley 18.211 de 2007 (creadora del SNIS) con la redacción dada por el artículo 15 de la ley 18.731 de enero de 2011 que incorporó a los nuevos colectivos al sistema. De esta manera, dejaría de existir una distinción en la forma de aportación de este colectivo y aquellos que brindan servicios donde se combina capital y trabajo (que hasta el momento siguen aportando por un ficto).