Argentina eliminó requisitos de test de covid y vacunación para el ingreso al país

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CAMBIOS

El vecino país flexibilizó las medidas sanitarias en las fronteras, cambiando los requisitos que se habían impuesto a raíz de la pandemia.

Tras la publicación en el Boletín oficial de la decisión administrativa 370/2022, Argentina flexibilizó las medidas sanitarias en las fronteras para el ingreso al país, ante una “situación epidemiológica favorable”.

La medida implica la eliminación de los requisitos de test de coronavirus (excepto para tripulantes con esquema vacunal incompleto) y de vacunación anticovid para el ingreso a Argentina, que se habían impuesto debido a la pandemia.

Según se informa en el sitio oficial del gobierno, el país "se encuentra transitando una situación epidemiológica favorable con 11 semanas consecutivas de descenso en el número de casos de covid-19 y con importantes avances en la estrategia de vacunación, que cuenta con niveles de cobertura del 89,4% en población general con primera dosis, y del 80,5% con esquemas completos".

Ante la situación, se actualizaron los requisitos de ingreso al país, como detalla el sitio:

- Los argentinos, argentinas o residentes deberán completar, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje, la declaración jurada electrónica (DDJJ) declarando su estado de vacunación.

- Las personas extranjeras no residentes deberán completar también, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje, la declaración jurada electrónica (DDJJ) declarando su estado de vacunación y deberán tener un seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios.

- Quedarán exceptuados de esta medida aquellos extranjeros de nacionalidad ucraniana, o provenientes de Ucrania, que hayan emigrado con motivo del conflicto bélico.

- Aquellas personas, sean residentes o extranjeros, que ingresen al territorio nacional por vía terrestre y por un plazo menor a 24 horas quedarán eximidas de lo solicitado anteriormente.

- Se recomienda a aquellas personas que no se encuentren vacunadas, o tengan su esquema de vacunación incompleto, la realización de una prueba diagnóstica de COVID-19 dentro de las 24 horas posteriores a su entrada al país.

- Los operadores de transporte, transportistas y tripulantes deberán también completar la declaración jurada electrónica (DDJJ) dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje. En el caso que sean extranjeros no residentes, deberán contar además con un seguro de salud COVID-19.

- Aquellos tripulantes no vacunados o con esquema de vacunación incompleto deberán acreditar su estado de salud con una prueba de antígenos realizada al menos 48 horas o PCR negativa realizada al menos 72 horas previas al abordaje.

- Se admite la “Libre Plática” de los buques internacionales emitida de modo remoto y se seguirá actuando conforme a lo establecido ante un brote de COVID-19 a bordo de un crucero internacional

- Se autoriza la salida del país de restos humanos de personas fallecidas a causa de covid-19 siempre que cumplan con las condiciones correspondientes para el trámite.

- Se determina una apertura programada y escalonada de los puntos de ingreso al territorio nacional no habilitados hasta el presente.

- Ya no será necesaria la habilitación de los puntos de ingreso al territorio nacional en carácter de “corredor seguro”, como tampoco deberá mediar intervención de la autoridad sanitaria para posteriores habilitaciones.

Por último, el texto señala que “si la situación epidemiológica lo requiere, las medidas de prevención podrán ser nuevamente instauradas”.

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